RESOLUCIÓN 34 2018 SECRETARIA DE SEGURIDAD
Síntesis:
APRUEBA ORGANIZACIÓN OPERATIVA INTERNA DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - NUEVA ORGANIZACIÓN - COMISARÍAS COMUNALES - ENTRADA EN VIGENCIA - 1 DE ABRIL 2018 - SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD COMUNAL - DIRECCIÓN SEGURIDAD EN EL TRANSITO INTERCOMUNAL - ORDEN URBANO - LUCHA CONTRA EL TRÁFICO Y VENTA ILEGAL DE DROGAS - SUPERINTENDENCIA DE INVESTIGACIONES - DIRECCIÓN DE OPERACIONES ANTICRIMEN - INVESTIGACIONES COMUNALES AREA I SUR - INVESTIGACIONES COMUNALES AREA II NORTE - ASUNTOS JUDICIALES Y DE COORDINACIÓN CON EL MINISTERIO PUBLICO - PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN DE DELITOS TECNOLOGICOS - SUPERINTENDENCIA VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GENERO - SUPERINTENDENCIA DE OPERACIONES - DIRECCIÓN DE COMANDO Y CONTROL - OPERACIONES Y SERVICIOS PREVENTIVOS - DEPARTAMENTO ESCUADRÓN ANTIBOMBAS - COMANDO DE FUERZAS ESPECIALES - OPERACIONES ANTIDISTURBIOS - SUPERINTENDENCIA DE POLICIA CIENTIFICA - DIRECCIÓN DE IDENTIFICACIONES Y REGISTROS BIOMETRICOS - CRIMINALISTICA - SUPERINTENDENCIA DE COORDINACION Y PLANEMIENTO DEL DESARROLLO POLICIAL - DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PERSONAL POLICIAL - PLANEAMIENTO - SECRETARIA DE SEGURIDAD
Publicación:
24/01/2018
Sanción:
19/01/2018
Organismo:
SECRETARIA DE SEGURIDAD
VISTO:
Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado según Ley N° 5.666), 5.688, el Decreto N°
363/15 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 6/MJYSGC/17, 22/MJYGSC/18 y
55/MJYSGC/18, el Expediente Electrónico N° 2018-03158275-MGEYA-SECS, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que la Ley N° 5.688 regula el Sistema Integral de Seguridad Pública, estableciendo
las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través del artículo 68 de la precitada Ley se creó la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires, que cumple con las funciones de seguridad general, prevención,
conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes,
y de auxiliar de la Justicia;
Que, asimismo su artículo 12 establece que el Ministerio de Justicia y Seguridad es
responsable de la planificación estratégica de las políticas de seguridad pública y la
dirección superior de la Policía de la Ciudad, a través de las dependencias que
determine su estructura;
Que, por su parte, el artículo 80 dispone "... El ámbito de actuación territorial y la
esfera de actuación funcional de las unidades operacionales de la Policía de la
Ciudad, así como su composición, dimensión y despliegue son establecidas por el
Ministerio de Justicia y seguridad, sobre la base de la descentralización territorial
prevista en la Ley N° 1.777 (texto consolidado por Ley 5.454)...";
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa,
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose al Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que conforme el citado Decreto y sus modificatorios la Secretaría de Seguridad tiene
entre sus responsabilidades primarias "Ejercer la dirección, coordinación y supervisión
de la Policía de la Ciudad mediante la planificación, formulación y ejecución de
estrategias policiales de control de delito y la violencia, como así también "Asistir al
Ministro de Justicia y Seguridad en el diseño logístico del sistema de seguridad
metropolitano, dirigiendo y coordinando junto con el Jefe Policial, la actuación y las
actividades generales y específicas de la Policía de la Ciudad";
Que por Resolución N° 6/MJYSGC/17, modificada por las Resoluciones Nros.
22/MJYSGC/18, y 55/MJYSGC/18, se modificó la estructura organizativa interna de la
Policía de la Ciudad;
Que, surge de los presentes actuados que el señor Subjefe de la Policía de la Ciudad
ha propuesto al suscripto la organización operativa interna para el personal de la
Policía de la Ciudad;
Que, atento lo solicitado, las actuales necesidades organizativas, funcionales y
operativas, y por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario para
el funcionamiento de la Policía de la Ciudad, aprobar su organización operativa
interna;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la organización operativa interna de la Policía de la Ciudad de
acuerdo con el Anexo (Organigrama), identificado como IF-2018-3241015-SECS, el
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Déjase establecido que la nueva organización de las Comisarías
Comunales entrará en vigencia a partir del 1 de abril del año en curso, salvo que un
acto administrativo disponga su vigencia con anterioridad a esa fecha. El servicio de
Comisarías y Circunscripciones seguirá funcionando con la actual organización de
Circunscripciones, 54 Comisarías de Policía Federal Argentina transferidas a la órbita
de la Ciudad y 3 Comisarías Comunales de la ex Policía Metropolitana y sus
respectivos Jefes se mantendrán en funciones hasta el momento de entrada en
vigencia.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Policía de la Ciudad, a la Secretaría Administración de Seguridad, a
la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad, y a la Dirección General de
Administración de Recursos Humanos de Seguridad del Ministerio de Justicia y
Seguridad. Cumplido, archívese. Dalessandro