RESOLUCIÓN 14 2019 SECRETARIA DE SEGURIDAD

Síntesis:

SE MODIFICA ORGANIZACIÓN OPERATIVA INTERNA - DIRECCIÓN AUTÓNOMA DE ANÁLISIS E INFORMACIÓN DELICTUAL  - DEPARTAMENTO ANÁLISIS DELICTUAL  - ANTITERRORISMO  - DIVISIÓN PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA  - ELABORACIÓN MAPA DEL DELITO - OPERACIONES  - ANALISIS  - TECNOLOGIAS APLICADAS A LA SEGURIDAD - PROTECCIÓN ELECTRÓNICA - OPERACIONES JUDICIALES - CONTRAMEDIDAS   - EXTERIORES DE VIDEO - ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS - ANÁLISIS DE IMÁGENES - ANÁLISIS Y DETECCIÓN DE RIESGOS - ENTRECRUZAMIENTO DE REGISTROS TELEFÓNICOS - DESPACHO  - EXPEDIENTES JUDICIALES  - SUPERINTENDENCIA DE OPERACIONES  - COMANDO Y CONTROL  - OPERACIONES Y SERVICIOS PREVENTIVOS  - INFORMACIÓN INTEGRADA DE INCIDENCIAS URBANAS  - ORDEN PÚBLICO - COMANDO DE FUERZAS ESPECIALES  - ESCUADRON ANTIBOMBAS  - OPERACIONES ANTIDISTURBIOS - EMERGENCIAS POLICIALES  - SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS  - DESPACHO Y APOYO OPERATIVO  -  911 - ANILLO DIGITAL  - CENTRO DE MONITOREO URBANO  - DIRECCIÓN AUTÓNOMA DE ASUNTOS JURÍDICOS - ASESORÍA LEGAL POLICIAL  - ASUNTOS PENALES Y DISCIPLINARIOS  - CONTROL Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA  - POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

21/01/2019

Sanción:

08/01/2019

Organismo:

SECRETARIA DE SEGURIDAD


VISTO:

Las Leyes Nros. 5.460 modificada por Ley N° 5.960 y 5.688 (texto consolidado según

Ley N° 6.017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución N°

34/SECS/18 y sus modificatorias, el Expediente N° 2019-02414415-SJPCDAD, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 5.460, modificada por Ley N° 5.960 se aprobó la Ley de Ministerios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017) regula el Sistema Integral

de Seguridad Pública, estableciendo las bases jurídicas e institucionales

fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que a través del artículo 68 de la precitada Ley se creó la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires, que cumple con las funciones de seguridad general, prevención,

conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes,

y de auxiliar de la Justicia;

Que, asimismo su artículo 12 establece que el Ministerio de Justicia y Seguridad es

responsable de la planificación estratégica de las políticas de seguridad pública y la

dirección superior de la Policía de la Ciudad, a través de las dependencias que

determine su estructura;

Que, por su parte, el artículo 80 dispone "... El ámbito de actuación territorial y la

esfera de actuación funcional de las unidades operacionales de la Policía de la

Ciudad, así como su composición, dimensión y despliegue son establecidas por el

Ministerio de Justicia y seguridad, sobre la base de la descentralización territorial

prevista en la Ley N° 1.777 (texto consolidado por Ley 6.017)...";

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa,

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que conforme el citado Decreto y sus modificatorios la Secretaría de Seguridad tiene

entre sus responsabilidades primarias "Ejercer la dirección, coordinación y supervisión

de la Policía de la Ciudad mediante la planificación, formulación y ejecución de

estrategias policiales de control de delito y la violencia, como así también "Asistir al

Ministro de Justicia y Seguridad en el diseño logístico del sistema de seguridad

metropolitano, dirigiendo y coordinando junto con el Jefe Policial, la actuación y las

actividades generales y específicas de la Policía de la Ciudad";

Que por Resolución N° 34/SECS/18 y modificatorias, se aprobó la estructura

organizativa interna de la Policía de la Ciudad;

Que, surge de los presentes actuados que el señor Subjefe de la Policía de la Ciudad

ha propuesto al suscripto la modificación a la organización interna para el personal de

la Policía de la Ciudad;

Que, atento lo solicitado, las actuales necesidades organizativas, funcionales y

operativas, y por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario para

el funcionamiento de la Policía de la Ciudad, aprobar su organización interna;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase la organización operativa interna de la Policía de la Ciudad de

acuerdo con el Anexo I (Organigrama), identificado como IF-2019-02416657-SECS,

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese, a la Secretaría Administración de Seguridad, a la Dirección General

Administrativa y Legal de Seguridad, y a la Dirección General de Administración de

Recursos Humanos de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad y remítase a la

a la Policía de la Ciudad a fin de efectuar las comunicaciones internas de rigor.

Cumplido, archívese. Dalessandro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5541

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 14-SECS-19 modifica a organización operativa interna de la Policía de la Ciudad, aprobada por Resolución 34-SECS-18.</p>