CIRCULAR 1 2018 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
INFORME DE SEGUIMIENTO - OBSERVACIONES Y PLANES DE ACCIONES DE CORRECTIVAS DE DESVÍOS Y/O IRREGULARIDADES - SINDICATURA GENERAL - TITULARES DE AUDITORÍA INTERNA - PODER EJECUTIVO
Publicación:
24/01/2018
Sanción:
18/01/2018
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
A: Titulares de Unidades de Auditoría Interna de las distintas jurisdicciones yentidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,Síndico/a General Adjunto/a, Gerentes Generales Auditoría Jurisdicción I y II, GerenteGeneral Auditoría de Comunas y Gerentes Operativos de las Gerencias GeneralesAuditoría Jurisdicción I y II de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires.
REF: Informe de Seguimiento de Observaciones y Planes de Acciones de Correctivasde Desvíos y/o Irregularidades.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 133 de la Constitución de laCiudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666); vista laResolución N° 124-SGCBA/12 se emite la presente Circular.
Por medio del dictado de la Resolución N° 124-SGCBA/12 se aprobó el Instructivopara la confección de Planes de Acciones Correctivas de Desvíos y/o Irregularidades yse aprobó el Procedimiento para la Elaboración de Informes de Seguimiento deObservaciones y Planes de Acciones Correctivas de Desvíos y/o Irregularidades.
Tendiendo a lograr la mejora continua del Sistema de Control Interno, y en miras deuna mayor eficacia y eficiencia en el ejercicio del control por parte de este organismo yde las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción o entidad dependiente delPoder Ejecutivo de la Ciudad, deviene necesario establecer que las observaciones quehayan sido efectuadas en los Informes Finales de Auditoría emitidos hasta el 31 dediciembre de 2015 que no se encuentren regularizadas al momento de la presenteCircular, dejarán de formar parte de las tareas de seguimiento de observaciones querealizan semestralmente las Unidades de Auditoría Interna en los Informes deSeguimiento de Observaciones y Planes de Acciones Correctivas de Desvíos y/oIrregularidades, que forman parte de su planificación anual.
Por lo expuesto, las autoridades superiores de las jurisdicciones y entidades quecomponen la Administración Central y Descentralizada del Poder Ejecutivo deberánarbitrar, bajo su responsabilidad, las medidas necesarias para regularizar aquellasobservaciones que hayan quedado pendientes, anteriores al plazo establecido en elpárrafo precedente, debiendo a su vez informar periódicamente a la Unidad deAuditoría Interna que correspondiera en cada caso, sobre el avance de las accionescorrectivas efectuadas. Freda