DECRETO 49 2018

Síntesis:

SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY  5732 - PLAN INTEGRAL - AUTÓDROMO OSCAR Y JUAN GÁLVEZ - APRUEBA CONTRATO DE FIDEICOMISO - PERÍODO DE TRANSICIÓN - ADECUACIÓN DE LOS SISTEMAS - PROCEDIMIENTOS - DOCUMENTACIÓN - REGISTRO DEL AUTÓDROMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - TOMA DE POSESIÓN DEL PREDIO - ASAMBLEA DE FIDUCIANTES - UPE AUTÓDROMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PLAN INTEGRAL

Publicación:

08/02/2018

Sanción:

07/02/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 5.732, los Decretos Nros. 34/16 y 477/17, la Resolución N° 471/MJGGC/17

y el Expediente Electrónico EX-2017-24753302-MGEYA-DGPAPP, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.732, tiene por objeto el desarrollo de un plan integral, social, cultural,

deportivo y comercial, tendiente a la integración, urbanización, recuperación,

reposicionamiento y jerarquización del Autódromo "Oscar y Juan Gálvez" de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, con impacto económico y cultural en beneficio del Área de

Desarrollo Sur de la Ciudad;

Que el artículo 3° de la mencionada Ley dispone la creación de un fideicomiso en los

términos del Capítulo 30, Título IV, Libro Tercero del Código Civil y Comercial de la

Nación, mediante el aporte de los derechos de uso, goce y explotación del predio

Autódromo "Oscar y Juan Gálvez" de dominio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y de aportes que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

realice;

Que el desarrollo del Plan Integral que se llevará a cabo en el Autódromo reviste vital

importancia dado su impacto económico y cultural en beneficio del Área de Desarrollo

Sur de la Ciudad;

Que el citado proyecto se inscribe como una apuesta para desarrollar la región sur de

la Ciudad, en consonancia con la relevancia que presenta para el desarrollo de las

actividades deportivas susceptibles de ser llevadas adelante en el Autódromo "Oscar y

Juan Gálvez";

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 6° de la referida Ley, resulta

necesario aprobar el modelo de Contrato de Fideicomiso que deberá ser suscripto con

el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, quien asume la propiedad fiduciaria, conserva,

administra, grava y dispone de los bienes fideicomitidos, de conformidad con lo que se

establezca en el Contrato de Fideicomiso;

Que, con el fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por la Ley N° 5.732, corresponde

dictar el acto administrativo que apruebe su reglamentación;

Que con el objeto de impulsar el desarrollo del proyecto del Autódromo, mediante el

Decreto N° 477/17 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Autódromo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires como Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita de

la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno;

Que, por el artículo 1° del Decreto N° 34/16 se estableció que, en caso de ausencia o

vacancia del Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, el reemplazante es

el Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte;

Que, por Resolución N° 471/MJGGC/17 se encomendó al Ministro de Desarrollo

Urbano y Transporte la atención de los asuntos y firma del despacho del Sr. Ministro

de Modernización, Innovación y Tecnología desde el día 9 de diciembre de 2017,

hasta la designación del funcionario a cargo de esa cartera Ministerial;

Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que resulta de su

competencia, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto consolidado por

Ley N° 5.666).

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento de la Ley N° 5.732, que como Anexo I (IF-2018-

04552724-DGTALMMIYT) forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Apruébase el texto del Contrato de Fideicomiso a suscribirse con el Banco

de la Ciudad de Buenos Aires, el que como Anexo II (IF-2018-04552736-

DGTALMMIYT) forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología a

suscribir el Contrato de Fideicomiso aprobado por el artículo 2° del presente Decreto,

estando, asimismo, facultado para acordar los cambios que resulten necesarios.

Artículo 4°.- Establécese que la constitución de la Asamblea de Fiduciantes estará

supeditada a la incorporación de, por lo menos, un (1) Fiduciante B. Hasta tanto no se

suscriban los correspondientes contratos de adhesión, la toma de decisiones queda

encomendada integralmente al Comité de Gestión.

Artículo 5°.- Establécese un período de transición para la adecuación de los sistemas,

procedimientos, documentación y demás elementos que faciliten la aplicación de las

disposiciones relativas a la toma de posesión del predio Autódromo "Oscar y Juan

Gálvez" por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El período de transición se extenderá desde la fecha de suscripción del contrato de

fideicomiso hasta la efectiva adjudicación mediante procedimiento de selección por

parte del Comité de Gestión de los respectivos espacios a locar.

Artículo 6°.- La Autoridad de Aplicación trabajará conjuntamente con la Unidad de

Proyectos Especiales (UPE) Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la

cual se encargará de velar por el cumplimiento del Plan Integral, y llevará adelante la

gestión del "Registro del Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de

Modernización, Innovación y Tecnología, de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete

de Ministros.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología y a Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia p/p - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5312

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 49-18 aprueba el Reglamento de la Ley 5732, que lo integra como Anexo.</p><p>Art. 2 aprueba texto del Contrato de Fideicomiso a suscribirse con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, que como Anexo II integra el Decreto.</p>