RESOLUCIÓN 74 2018 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

REORGANIZACIÓN DE ESTRUCTURA INTERNA DE SECRETARIAS GENERALES - ASUNCIÓN DE COMPETENCIAS PENALES - INCREMENTO CUALITATIVO Y CUANTITATIVO DE CASOS - ASIGNA LA COORDINACIÓN GENERAL DE LAS FISCALÍAS ESPECIALIZADAS DE DELITOS Y CONTRAVENCIONES INFORMÁTICAS A LA SECRETARÍA GENERAL DE GESTIÓN - FISCALÍA GENERAL - MANTIENE FACULTADES EN ÁMBITO DE LA FISCALÍA GENERAL ADJUNTA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS - CUESTIONES DE COMPETENCIA NEGATIVA - DELITOS Y CONTRAVENCIONES INFORMÁTICAS - MINISTERIO PÚBLICO FISCAL

Publicación:

01/03/2018

Sanción:

23/02/2018

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO:

Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

las leyes N° 7, 1903 y 3318; las resoluciones FG n° 501/12, 444/13, 233/14, 5/15,

482/17;

Y CONSIDERANDO:

-I-

Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

reconoce la autonomía funcional y autarquía del Ministerio Público, lo que es

receptado por la Ley 1903, Orgánica del Ministerio Público.

Que conforme lo dispone el artículo 3 de la Ley 1903, el gobierno y administración del

Ministerio Público están a cargo de sus titulares, señalando su artículo 18 que les

corresponde a cada uno dentro de su respectiva esfera, ejercer los actos que resulten

necesarios para el cumplimiento de las funciones encomendadas (inc. 2°).

Que de manera más específica la mencionada ley permite que el Fiscal General fije

normas de carácter general tendientes a regular la distribución del trabajo dentro del

Ministerio Público Fis-cal y supervisar su cumplimiento (inc. 4 del art. 31).

Que en el marco de dichas atribuciones el Ministerio Público Fiscal ha realizado una

profunda transformación organizacional tendiente a mejorar el sistema de

administración de justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tanto en el fuero

penal, contravencional y de faltas como en el contencioso administrativo y tributario.

En el contexto de las modificaciones paulatinamente dispuestas, por Resolución FG n°

501/12 se aprobó como prueba piloto el proyecto de implementación del Equipo Fiscal

"A" de la Unidad Fiscal Este actualmente, la Fiscalía n° 12- especializado en delitos y

contravenciones informáticas, vinculadas con el daño de sistemas o programas

informáticos y la difusión de contenidos informáticos por internet.

Luego de transcurrido el período de la prueba piloto, por Resolución FG n° 444/13 se

la aprobó y se convirtió en definitiva la asignación exclusiva de competencia en

materia de delitos y contravenciones informáticas al mencionado equipo fiscal.

Los resultados exitosos de la referida especialización y el aumento del volumen de

denuncias vinculadas con el tema, motivó que por Resolución FG n° 233/14 se

ampliara la cantidad de Fiscalías con competencia especial para intervenir en casos

de contravenciones y delitos informáticos a tres Fiscalías n° 7, 12 y 30-.

Asimismo, en esa oportunidad se procedió a asignar al Fiscal General Adjunto en lo

Penal, Contravencional y de Faltas la función de coordinador general de las

mencionadas fiscalías especializadas, con atribuciones relacionadas con las

contiendas negativas de competencia, la determinación de los turnos mensuales y

distribución general del trabajo y la elaboración de instructivos de trabajo del personal

del Cuerpo de Investigaciones Judiciales y de las fisca-lías especializadas.

En función de lo así dispuesto, por Resolución FG n° 5/15 se establecieron diversas

reglas relativas a la asignación de los casos y se habilitó al Cuerpo de Investigaciones

Judiciales el registro en el sistema kiwi del ingreso de los casos de delitos y

contravenciones informáticas derivados del convenio suscripto con el National Center

for Missing & Exploited Children los demás provenientes de denuncias, fuerzas de

seguridad, incompetencia o cualquier otra agencia ingresan por la Unidad Fiscal Este-,

con facultades de análisis para definir su asignación, incompetencia o archivo, según

pautas establecidas por las fiscalías especializadas. En los casos en que en que se

estimara que corresponde disponer el archivo, se estableció la remisión del mismo a la

Fiscalía General Adjunta en lo Penal, Contravencional y de Faltas, para decidir el

archivo o la asignación a la fiscalía de turno.

-II-

Por otra parte, en el marco de diversas modificaciones dispuestas recientemente y en

parte motivadas por la inminente asunción de competencias penales que habrán de

provocar un importante incremento cualitativo y cuantitativo de casos en los que el

Ministerio Público Fiscal deberá intervenir, por Resolución FG n° 482/17 se

implementó una reorganización de la estructura interna de las secretarias generales,

por la que se modificó el nombre y las funciones de la entonces Secretaría General de

Seguimiento de Políticas Públicas y Penitenciarias, por el de Secretaría General de

Gestión, que mantuvo las funciones que aquélla tenía, a la vez que se le sumaron las

de coordinación y estandarización de criterios de gestión con los fiscales de las

diversas instancias, así como de supervisión de las unidades fiscales mediante la

intervención de la Secretaría de Apoyo a la Función Judicial.

-III-

Que en función de ello, con el objeto de propender a un óptimo aprovechamiento de

los recursos humanos y materiales y teniendo en miras una mejor distribución de las

funciones a cargo de las diversas áreas vinculadas con la labor jurisdiccional, se

advierte la conveniencia de trasladar las funciones oportunamente encomendadas a la

Fiscalía General Adjunta en lo Penal, Contravencional y de Faltas en relación con los

casos vinculados con delitos y contravenciones informáticos y las fiscalías

especializadas en la materia, a la Secretaría General de Gestión.

En tal sentido, se habrá de asignar a la Secretaría General de Gestión lo relativo a las

funciones de coordinación general de las fiscalías especializadas en materia de delitos

y contravenciones informáticas, incluyendo la determinación de las reglas de trabajo -

también aquellas vinculadas a la actuación del Cuerpo de Investigaciones Judiciales

en los casos respectivos-, su distribución y los turnos mensuales a las que se refieren

los arts. 5, 6 y 7 de la Resolución FG n° 233/14-, así como la decisión acerca del

eventual archivo de los casos analizados por el Cuerpo de Investigaciones Judiciales -

contemplados en el art. 8 de la Resolución FG n° 5/15-.

No obstante lo anterior, se considera conveniente mantener en cabeza de la Fiscalía

General Adjunta en lo Penal, Contravencional y de Faltas la facultad de dirimir las

cuestiones de con-tienda de competencia negativa que se susciten entre las fiscalías

especializadas en delitos y contravenciones informáticas o entre éstas y las demás

fiscalías -a la que se hace referencia en el art. 4 de la Re-solución FG n° 233/14-, de

modo tal de unificar en aquélla la atribución de decidir las contiendas entre fiscales en

general, en línea con lo establecido por Resolución FG n° 183/15, para los casos de

recusación y excusación, y por Resolución FG 215/15, para los casos de

discriminación.

Por las razones expuestas, en función de la autonomía asignada al Ministerio Público

Fiscal por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de acuerdo con

las facultades derivadas de la Ley n° 1903,

EL FISCAL GENERAL ADJUNTO A CARGO

DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Asignar a la Secretaría General de Gestión la coordinación general de las

fiscalías especializadas en materia de delitos y contravenciones informáticas, con los

alcances señalados en el Considerando III.

Artículo 2°: Mantener en el ámbito de la Fiscalía General Adjunta en lo Penal

Contravencional y de Faltas la facultad de dirimir las cuestiones de contienda de

competencia negativa que se susciten entre las fiscalías especializadas en delitos y

contravenciones informáticas o entre éstas y las demás fiscalías.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet del Ministerio

Público Fiscal, comuníquese por nota al Sr. Fiscal General Adjunto en lo Penal,

Contravencional y de Faltas y al Sr. Secretario General de Gestión. Oportunamente,

archívese. Cevasco

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 74-MP-18 asigna a la Secretaría General de Gestión la coordinación general de las fiscalías especializadas en materia de delitos y contravenciones informáticas, en marco de lo establecido por Resolución 482-FG-17.</p>