RESOLUCIÓN 11 2018 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

ESTABLECE CANTIDADES - UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS MENSUALES - PERÍODO 2018 - JEFATURA DE GOBIERNO - VICEJEFATURA - SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS - JEFATURA DE GABINETE - HACIENDA - DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO - MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

Publicación:

07/03/2018

Sanción:

28/02/2018

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos N° 363/15 y

modificatorios, N° 675/16 y N° 468/17, y el Expediente Electrónico N° 6322668-

MGEYA-DGDSCIV/2018, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Decreto N° 675/16 se modificó la referida estructura;

Que por el artículo 15 del precitado Decreto se creó el Régimen Modular

Extraordinario de Plantas de Gabinete, por el período comprendido entre el 1° de

enero y el 31 de diciembre de 2017;

Que a través del Decreto N° 468/17, se prorrogó por un (1) año el citado régimen

modular, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y 31 de diciembre

de 2018;

Que el artículo 17 del Decreto N° 675/16 establece que corresponde al señor Ministro

de Hacienda y del señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la

cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las jurisdicciones que

correspondan.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Decreto N°

675/16,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establécese que las Unidades Retributivas Extraordinarias asignadas a

las jurisdicciones detalladas en el Anexo (IF-2018- 06362063-DGDSCIV), que a todos

sus efectos forma parte integrante de la presente resolución, por el período

comprendido entre el 1° de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018, lo son

conforme a las cantidades consignadas en el mismo.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios, Secretarías y

Subsecretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos

Aires, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la

Dirección General Administración y Liquidación de Haberes. Cumplido, archívese.

Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5329

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Nº 12-MJGGC-MEFGC-18 sustituye el Anexo de la Resolución Conjunta N° 11/MJGGC/18,  a partir del 27 de abril de 2018.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 11-MJGGC-MHGC-18 establece cantidades de Unidades Retributivas Extraordinarias, en el marco del Art. 15 del Decreto 675-16 (prorrogado por Decreto 468-17).</p>