RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 87 2018 LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. LOTBA S.E. LEY 5785
Síntesis:
SE APRUEBA PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES - ÁMBITO DE APLICACIÓN - NORMATIVA APLICABLE - CONDICIONES PARA SER OFERENTE - IMPEDIMIENTOS - INSCRIPCIÓN - CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO - COMPETENCIA JUDICIAL - DECLARACIÓN JURADA - LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E.
Publicación:
12/03/2018
Sanción:
06/03/2018
Organismo:
LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. LOTBA S.E. LEY 5785
Estado:
No vigente
VISTO:
las Leyes N° 70, N° 538, N° 2095 (textos consolidado por Ley N° 5666) y N° 5785, la
Resolución de Directorio N° 47-LOTBA/17 y el Expediente Electrónico EX-2018-
03116006-MGEYA-LOTBA y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.785 se creó la Sociedad del Estado denominada Lotería de la
Ciudad de Buenos Aires S.E. (en adelante "LOTBA S.E."), como Autoridad de
Aplicación de la Ley N° 538, cuyo objeto es la autorización, organización, explotación,
recaudación, administración y control de los juegos de azar, destreza y apuestas
mutuas, y actividades conexas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el Artículo 3° de dicha Ley se estableció que LOTBA S.E se rige en su gestión
administrativa, financiera, patrimonial, contable y de control por lo establecido en la
Ley de Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de
la Ciudad N° 70 y la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires N° 2.095 (textos consolidado por Ley N° 5666) o normas que en futuro
las reemplacen;
Que por medio de la Resolución de Directorio N° 47-LOTBA/17 fue aprobado el
"Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones", el cual es de aplicación obligatoria
en todo el ámbito de LOTBA S.E;
Que el Reglamento citado ut supra, dispone en su Artículo 7°, inciso b) que LOTBA
S.E. tiene la facultad de adecuar el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
en sus formas a la organización propia de la Sociedad;
Que la aprobación de un Pliego Único de Bases y Condiciones Generales que en sus
formas se adapte a la organización propia de LOTBA S.E permitirá optimizar los
procedimientos de contrataciones que lleve a cabo esta Sociedad del Estado;
Que las Gerencias Administrativa y Técnica y de Asuntos Legales y Capital Humano
han tomado intervención en ejercicio de sus misiones y funciones;
Por ello, y en uso de las facultades emergentes del Artículo 15 del Estatuto de LOTBA
S.E. aprobado por Decreto N° 88/17;
Artículo 1°.- Apruébase el "Pliego Único de Bases y Condiciones Generales", que
como Documento Oficial PLIEG-2018-04657219 -LOTBA, forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Establécese que el Pliego Único citado en el Artículo precedente será de
aplicación obligatoria en todo el ámbito de LOTBA S.E., a partir de su aprobación por
la presente Resolución.
Artículo 3°.- Por Secretaría General comuníquese a las distintas dependencias de la
Sociedad y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Pando -
Alberdi - Pujol - Díaz Alberdi - García Santillán