DECRETO 74 2018

Síntesis:

ESTABLECE INCREMENTO - TARIFA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO EN LA VÍA PÚBLICA - CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO - COMIENZA A REGIR - 14 DE MARZO DE 2018 - VALOR DE LA TARIFA - PESOS DIEZ LA HORA

Publicación:

13/03/2018

Sanción:

12/03/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Leyes Nros 6, 210 y 1.218 (textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos

Nros. 363/15 y sus modificatorios, 677/16 y 2/18, el Expediente Electrónico N°

30005770-DGTYTRA/17, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la recomposición de la

tarifa de estacionamiento medido en la vía pública correspondiente a los espacios

integrantes de la Concesión del Servicio Público;

Que el estacionamiento medido tarifado es una herramienta de Ingeniería de Tránsito

cuyo principal objetivo es ampliar la oferta de estacionamiento en zonas de elevada

demanda de vía pública, en base a un aumento de rotación de los vehículos

estacionados evitando de esta manera que se perpetúen en sus lugares y a la vez

minimizar la circulación de los usuarios que llegan en busca de espacios, lo cual

impacta en el tránsito y en el medio ambiente;

Que el comportamiento del público usuario resulta sensible al valor horario del

estacionamiento tarifado en vía pública, lo cual hace que tal variable adquiera

fundamental importancia como mecanismo de uso racional de la vía pública;

Que, a la fecha, la tarifa que resulta aplicable a dicho Servicio Público, se encuentra

fijada por el Decreto N° 677/16, en el valor de pesos ocho ($ 8.00) la hora;

Que en dicho marco, la Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de

Desarrollo Urbano y Transporte, ha analizado detalladamente la evolución de los

ingresos y los costos involucrados en la explotación de la actividad, tomando en

cuenta la evolución de los precios de cada uno de los factores que inciden en la

prestación de dicho servicio;

Que asimismo, se advirtió que el incremento del valor en las playas de

estacionamiento privadas producido por el incremento de costos ha hecho que la tarifa

del estacionamiento medido en la vía pública relativamente cada vez más baja genere

un comportamiento de estacionamiento muy cercano a lo que se denominaría libre;

Que en consecuencia, se detectó un atraso en la tarifa actualmente vigente respecto a

otras alternativas con que cuenta el usuario para estacionar su vehículo;

Que, a los fines de llevar adelante la recomposición de la tarifa, la Dirección General

de Transito y Transporte, de la Subsecretaría de Transito y Transporte, dependiente

de la Secretaría de Transporte, ha propuesto su incremento a pesos diez ($ 10.00.-) la

hora, de manera de atenuar el impacto en el público usuario;

Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes Nros. 6 y 210, se dictó el

Decreto N° 2/18, convocando a Audiencia Pública para el tratamiento de la referida

modificación de la tarifa;

Que dicha Audiencia se celebró el día 15 de febrero de 2018 en el Teatro de la Ribera,

sito en Av. Don Pedro de Mendoza N° 1875 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires produjo su informe respecto de lo tratado en la mencionada Audiencia, el

cual fue aprobado por el Directorio del Ente mediante Resolución N 7/ERSP/18;

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario determinar una razonable

recomposición de la tarifa a los fines de restablecer la viabilidad y la calidad en la

prestación del servicio en cuestión;

Que la Procuración General ha tomado la intervención que le corresponde según la

competencia asignada por la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666).

Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Establécese un incremento de la tarifa de estacionamiento medido en la

vía pública de los espacios integrantes de la Concesión del Servicio público, la que

comenzará a regir a partir de las cero (0:00) horas del día Miércoles 14 de Marzo de

2018 con el siguiente valor: - Valor de la tarifa: pesos diez ($ 10.00.-) la hora.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo

Urbano y Transporte, Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Articulo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Gestión Comunal, quien

comunicará al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y a la Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 1° del Decreto N° 74/18 establece  un incremento de la tarifa de estacionamiento medido en la vía pública de los espacios integrantes de la Concesión del Servicio público, la cual se encuentra fijada por el Decreto N° 1110/08.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° Decreto Nº 160-19 establece un incremento de la tarifa de estacionamiento medido en la vía pública a partir de las cero (0:00) horas del día 4 de mayo de 2019, quedando modificado lo establecido en el Decreto Nº 74-18.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 74 establece un incremento de la tarifa de estacionamiento medido en la vía pública de los espacios integrantes de la Concesión del Servicio público, la cual fuera fijada por el Decreto 677-16.</p>