DECRETO 1211 1999
Síntesis:
SE CREA LA COMISIÓN DE RELACIONES LABORALES QUE EJERCERA LA REPRESENTACIÓN EMPLEADORA DEL GCBA EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA CON TODOS LOS SINDICATOS REPRESENTATIVOS DE LOS AGENTES PÚBLICOS DE LA CIUDAD
Publicación:
18/06/1999
Sanción:
07/06/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Visto el Capítulo Décimo Cuarto, Título Segundo, del Libro Primero, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 43 de dicha Ley Fundacional garantiza un régimen de empleo público que asegure la estabilidad y capacitación de sus agentes, fundado en su idoneidad funcional, reconociéndoles a los trabajadores estatales el derecho de negociación colectiva y procedimientos imparciales de solución de conflictos;
Que, por otra parte, el Art. 44 del mismo cuerpo legal reafirma los principios y derechos de la seguridad social de la Constitución Nacional;
Que, con relación al personal que se desempeña en el ámbito de esta Administración resulta necesario que el Gobierno cuente con un organismo altamente especializado en técnicas de negociación de las condiciones laborales, del salario, de la capacitación y de todo aquello vinculado con esa temática;
Que, además, resulta conveniente modernizar las relaciones laborales entre el Gobierno y los Sindicatos representativos de sus agentes, a fin de tener mejoras en sus condiciones y medio ambiente de trabajo, en sus niveles de capacitación técnica, productividad higiene y seguridad y en general en la calidad de vida en el trabajo;
Que, a tal fin, deben arbitrarse las medidas tendientes a la consecución de esos objetivos, por medio de la creación de un organismo altamente especializado;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
Artículo 1° Créase la Comisión de Relaciones Laborales, que ejercerá la representación empleadora del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la Negociación Colectiva con todos los Sindicatos representativos de los agentes públicos de la ciudad.
Art. 2° La Comisión de Relaciones Laborales funcionará en el ámbito de la Secretaría de Gobierno.
Art. 3° Dicha Comisión será presidida por el señor Carlos Luis Ulrich, D.N.I. N° 10.132.333, e integrada por los señores Javier Slodky, D.N.I. N° 8.162.264 y Rubén Cortina, D.N.I. N° 11.350.921.
Art. 4° La Comisión indicada en el artículo precedente se integrará, en su caso con un representante ad-hoc designado por la Secretaría competente en razón de la materia indicada.
Art. 5° Derógase el Decreto N° 455-GCBA-96.
Art. 6° La Dirección General de Planificación Presupues-taria arbitrará las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.
Art. 7° El presente decreto será refrendado por todos los señores Secretarios del órgano Ejecutivo.
Art. 8° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las Secretarías y a la Subsecretaría de Reforma del Estado, y remítase a la Secretaría de Gobierno, cumplido, archívese.