RESOLUCIÓN 312 2018 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA INTERNA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS  - JEFATURA DE POLICIA - SUBJEFATURA - SUPERINTENDENCIA DE INVESTIGACIONES - VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO -  OPERACIONES Y ORDEN URBANO - SEGURIDAD COMUNAL -  POLICÍA CIENTÍFICA - DIRECCIÓN AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD GUBERNAMENTAL - ANÁLISIS E INFORMACIÓN DELICTUAL - SECRETARÍA GENERAL - CONTROL DESEMPEÑO PROFESIONAL -  COORDINACIÓN Y ENLACE CON EL ISSP - TECNOLOGÍAS APLICADAS A LA SEGURIDAD -  CONTRALOR SERVICIOS POLICIALES COMPLEMENTARIOS -  AVIACIÓN POLICIAL - ASESORÍA LEGAL POLICIAL - DEPARTAMENTO EVALUACION Y JUNTAS DE CALIFICACIONES - EVALUACIÓN NECESIDADES DE BIENES Y RECURSOS POLICIALES - ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL -  POLICÍA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

14/03/2018

Sanción:

07/03/2018

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado según Ley N° 5.666), 5.688, el Decreto N°

363/15 y sus modificatorios y el N° 34/16, las Resoluciones Nros. 6/MJYSGC/17,

84/MJGGC/18, 22/MJYSGC/18 y 55/MJYSGC/18, 84/MJGGC/18 el Expediente

Electrónico N °EX-2018-07250446-SECS, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, la cual establece en su artículo 2° entre los Ministerios del

Poder Ejecutivo, al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa,

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que la Ley N° 5.688 regula el Sistema Integral de Seguridad Pública, estableciendo

las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad

Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que entre los principios rectores del mentado sistema establecidos en el artículo 9° de

la ley citada, se encuentra el de Gobierno Civil por medio del control civil sobre la

gestión institucional y el proceso de formación y capacitación de los actores del

Sistema Integral de Seguridad Pública y garantizando el acceso a la información;

Que a través de su artículo 68 se creó la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, que

cumple con las funciones de seguridad general, prevención, conjuración, investigación

de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la Justicia;

Que, por su parte, mediante el artículo 70 del mismo cuerpo normativo, se establece

que la Policía de la Ciudad depende jerárquica y funcionalmente del Jefe de Gobierno

a través del Ministerio de Justicia y Seguridad el cual, a su vez, es responsable de la

planificación estratégica de las políticas de seguridad pública y la dirección superior de

la Policía de la Ciudad, a través de las dependencias que determine su estructura,

como asimismo la gestión administrativa general de la Policía de la Ciudad en todo lo

que compete a la dirección de los recursos humanos, la reglamentación del servicio de

policía complementaria y del servicio complementario de prevención de incendios, etc.;

Que el artículo 78 de la ley faculta al Jefe de Policía proponer al Ministro de Justicia y

Seguridad la estructura orgánica de las dependencias;

Que, asimismo su artículo 12 establece que el Ministerio de Justicia y Seguridad es

responsable de la planificación estratégica de las políticas de seguridad pública y la

dirección superior de la Policía de la Ciudad, a través de las dependencias que

determine su estructura;

Que, en ejercicio de las facultades precedentemente transcriptas, mediante la

Resolución N° 6/MJYSGC/17 y sus modificatorias Nros. 22/MJYSGC/18 y

55/MJYSGC/18, se aprobó la estructura organizativa interna de la Policía de la Ciudad,

previéndose a la Superintendencia de Coordinación y Planeamiento del Desarrollo

Policial, dependiente de la Jefatura de la Policía de la Ciudad;

Que, las responsabilidades primarias allí atribuidas a la Superintendencia de

Coordinación y Planeamiento del Desarrollo Policial, se vinculan a con la gestión y

trámites relativos a los recursos humanos de la Policía de la Ciudad;

Que la Secretaría de Administración de Seguridad cuenta entre sus responsabilidades

primarias las de entender en las acciones de gestión administrativa, de registros,

sistematización de datos y aprovechamiento de recursos humanos de la Secretaría, de

la Secretaría de Seguridad y de la Policía de la Ciudad, y la de supervisar la

administración de bienes y recursos asignados a la Secretaría, Secretaría de

Seguridad y a la Policía de la Ciudad;

Que la Secretaría de Seguridad tiene como responsabilidad primaria la de "Adoptar y

supervisar las acciones necesarias para el cumplimiento de las funciones a cargo de la

fuerza policial";

Que para una mayor eficacia organizativa, funcional y operativa, corresponde que las

tareas desempeñadas por la Superintendencia de Coordinación y Planeamiento del

Desarrollo Policial se desarrollen en el ámbito de la Secretaría de Administración de

Seguridad;

Que, consecuentemente, la organización operativa interna de dicha Superintendencia

y el personal que en ella se desempeña serán destinados a la órbita de la Secretaría

de Administración de Seguridad, conservando éste su rango, jerarquía y antigüedad

en la Fuerza.

Que, con la misma finalidad, resulta necesario dejar establecido que los cambios de

destino del personal con y sin estado policial de la Policía de la Ciudad serán

dispuestos por la Secretaría de Administración de Seguridad, previa autorización o

requerimiento de la Secretaría de Seguridad;

Que la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad ha tomado intervención;

Que por Resolución N° 84/MJGGC/18 se encomendó la atención de los asuntos y

firma del despacho del Ministro de Justicia y Seguridad al Ministro de Ambiente y

Espacio Público desde el 05/03/18 al 09/03/18 inclusive.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por Resolución N° 84/MJGGC/18,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Modificar la estructura organizativa interna de la Policía de la Ciudad de

acuerdo con los Anexos I (Responsabilidades Primarias), identificado como IF-2018-

07251417-DGALS y II (Organigrama), identificado como IF-2018-07251426-DGALS,

los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Disponer que el personal de la ex Superintendencia de Coordinación y

Planeamiento del Desarrollo Policial, sea destinado a la órbita de la Secretaría de

Administración de Seguridad, sin que ello implique modificación alguna de su cargo,

jerarquía y antigüedad en la Fuerza, manteniéndose la organización operativa interna-

según Anexo III identificado como IF-2018-07251434-DGALS, el que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Dejar establecido que los cambios de destino del personal con y sin

estado policial de la Policía de la Ciudad serán dispuestos por la Secretaría de

Administración de Seguridad con autorización o a requerimiento de la Secretaría de

Seguridad.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Policía de la Ciudad, a la Secretaría

Administración de Seguridad, a la Dirección General Administrativa y Legal de

Seguridad, y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de

Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Macchiavelli


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5334

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 312-MJYSGC-18 modifica la estructura organizativa interna de la Policía de la Ciudad, aprobada por Resolución 6-MJYSGC-17.</p><p>Art. 2, dispone que el personal  de la ex Superintendencia de Coordinación y Planeamiento del Desarrollo Policial, sea destinado a la órbita de la Secretaría de Administración de Seguridad.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 486-MJYSGC-18 deja sin efecto art. 3 de la Resolución 312-MJYSGC-18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1153-MJYSGC-18 modifica el Anexo I, Responsabilidades Primarias, de la Resolución 312-MJYSGC-18 modificatoria de la Resolución 6-MJYSGC-17.</p>