DISPOSICIÓN 54 2018 DIRECCION GENERAL DISTRITOS ECONOMICOS
Síntesis:
CONVOCATORIA UNIVERSIDADES - PARTICIPACIÓN PROGRAMA A PRESENTAR - DIRECCIÓN GENERAL DE DISTRITOS ECONÓMICOS - SUSCRIPCIÓN ACTA COMPROMISO - LLAMADO - PRESENTACIÓN DE CANDIDATOS - REQUISITOS - PUBLICACIÓN - PLAZO DE PRESENTACIÓN - DISTRITO TECNOLÓGICO - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - RESOLUCIÓN CONJUNTA 1-MDEGC-2014 - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL - DISTRITO TECNOLÓGICO - PLAZO SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO - 30 DE ABRIL DE 2018
Publicación:
22/03/2018
Sanción:
16/03/2018
Organismo:
DIRECCION GENERAL DISTRITOS ECONOMICOS
VISTO:
las Leyes N° 2.972, N° 5.460; los Decretos N° 78/GCBA/14, N° 129/GCBA/13, N°
184/GCBA/13, N° 163/15, N° 675/17; la Resolución de Firma Conjunta N° RESFC-
2014-1-MDEGC; el Expediente Electrónico N° 2018-5222825-DGDECO, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 2.972 (modificada por Ley N° 5.927 BOCBA N° 5.292 del
11/01/2018) se creó el Distrito Tecnológico de la Ciudad de Buenos Aires en el área
comprendida entre las Avenidas Sáenz, Boedo, Chiclana, Sánchez de Loria y Brasil,
las calles Alberti y Manuel García y la Avenida Amancio Alcorta en ambas aceras;
Que la finalidad del Distrito ha sido fomentar la radicación de empresas que realicen
actividades relacionadas con las Tecnologías de la Información y la Comunicación
(TIC), a fin de posicionar a la Ciudad como un centro de excelencia para la producción
y el desarrollo de dichas tecnologías;
Que, por el art. 4°, se designó al ex Ministerio de Desarrollo Económico -actual
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología- como autoridad de aplicación
en la materia que se regula;
Que, por su parte, el art. 28 prevé la creación de un Programa de Capacitación de
Formación Técnico Profesional que tiene como objetivo abastecer las diferentes
necesidades de calificaciones del Distrito Tecnológico;
Que establece la Ley que el Ministerio de Educación y el ex Ministerio de Desarrollo
Económico -actual Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología- serán
quienes administren y ejecuten, de forma conjunta, el referido Programa;
Que mediante Decreto N° 129/GCBA/13 se creó el `Programa de Capacitación de
Formación Técnico Profesional en el Distrito Tecnológico\\\\\\' en el marco de lo
establecido por el art. 28 de la Ley;
Que dicho Decreto establece que ambos Ministerios dictarán, en el ámbito de sus
competencias, las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que sean
necesarias para la idónea implementación del Programa;
Que, mediante Resolución de Firma Conjunta RESFC-2014-1-MDEGC (BOCBA N°
4.485 de fecha 22/09/2014), el ex Ministerio de Desarrollo Económico -actual
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología- y el Ministerio de Educación
establecieron el procedimiento para una eficiente implementación del Programa;
Que el art. 1° -ANEXO I- de la Resolución RESFC-2014-1-MDEGC establece que
"...las instituciones educativas (...) inscriptas en el Distrito Tecnológico, que deseen
participar del Programa de Capacitación de Formación Técnico Profesional en el
Distrito Tecnológico (el Programa) deberán suscribir el Acta Compromiso con la
Dirección General de Gestión de Inversiones";
Que, asimismo, el art. 2° -ANEXO I- de la Resolución dispone que "...la Dirección
General de Gestión de Inversiones realizará, de conformidad con la partida
presupuestaria que se asignare para cada ejercicio, el llamado para la presentación de
candidatos al Programa";
Que por Ley N° 5.460 (BOCBA N° 4.779 del 10/12/2015) se aprobó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la cual se
estableció, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Modernización,
Innovación y Tecnología;
Que mediante Decreto N° 363/GCBA/15 (BOCBA N° 4.783 del 16/12/2016) se aprobó
la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, determinando que la ex Dirección General de Gestión de Inversiones
-actual Dirección General de Distritos Económicos-depende del actual Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología;
Que por medio del Decreto N° 675/GCBA/16 (BOCBA N° 4.883 del 16/05/2016) se
estableció a la Dirección General Distritos Económicos como Autoridad de Aplicación
de la Ley N° 4.353;
Que, habiéndose asignado partida presupuestaria tendiente a la implementación del
`Programa de Capacitación de Formación Técnico Profesional en el Distrito
Tecnológico\\\\\\' para el año 2018 mediante imputación 63.11.000.5.1.9.32, se encuentran
configurados los antecedentes necesarios para proceder a la apertura del mismo;
Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por el art. 2° -ANEXO I- de la
Resolución Conjunta RESFC-2014-1-MDEGC,
EL DIRECTOR GENERAL DE DISTRITOS ECONÓMICOS
DISPONE
Artículo 1°.- Convócase a las Universidades interesadas en participar del Programa a
presentarse ante esta Dirección General de Distritos Económicos, a fin de suscribir el
"Acta Compromiso" pertinente, en la medida en que cumplan con lo dispuesto por el
art. 1° -ANEXO I- de la RESFC-2014-1-MDEGC. El plazo para la suscripción del citado
convenio, se extenderá hasta el día 30 de abril de 2018.
Artículo 2°.- Llámese a la presentación de candidatos al Programa, debiendo éstos
acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en el art. 3°
-ANEXO I- del Decreto N° 129/GCBA/13.
Artículo 3°.- Publíquese la convocatoria durante el curso del mes de mayo de 2018,
por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por un (1) día en un
diario de gran circulación y por diez (10) días en la página web del Ministerio de
Educación -http://www.buenosaires.gob.ar/areas/educacion/.
Artículo 4°.- Establécese el término del plazo de presentación de candidatos al
Programa, contando éste desde la publicación del presente en el boletín oficial y por
quince (15) días hábiles posteriores.
Artículo 5°.- Dése intervención a la actual Subsecretaría de Coordinación Pedagógica
y Equidad Educativa -ex Subsecretaría Pedagógica del Ministerio de Educación-,
conforme lo previsto en el art. 2° -ANEXO I- de la RESFC-2014-1-MDEGC.
Artículo 6°.- Autorízase el gasto que demande el cumplimiento de la presente
Disposición, el cual se imputará a la respectiva partida presupuestaria del año en
curso de esta Dirección General de Distritos Económicos.
Artículo 7°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Seco