RESOLUCIÓN 474 2018 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
RECTIFICA - ANEXO I RESOLUCIÓN 263-MSGC-18 - INCLUYE - PSICOPEDAGOGÍA - RESIDENCIAS PREVIAS - HABILITAN CONCURSAR - RESIDENCIA POSBÁSICA GENERAL INVESTIGACIÓN EN SALUD - LICENCIADOS EN - ENFERMERÍA - SOCIOLOGÍA Y PROFESORES EN ANTROPOLOGÍA - ENTRE PROFESIONES - HABILITAN CONCURSAR - RESIDENCIA BÁSICA INTERDISCIPLINARIA DE EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD - ENFERMERÍA - RESIDENCIAS COMPLETAS - HABILITAN CONCURSAR - RESIDENCIA POSBÁSICA GENERAL SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN SALUD - CONSIGNA TRES AÑOS COMO DURACIÓN DE LA FORMACIÓN - CONCURSO 2018 SISTEMA DE RESIDENCIAS Y CONCURRENCIAS
Publicación:
22/03/2018
Sanción:
08/03/2018
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Resolución N° 263/MSGC/18 y el Expediente N° 6674102/MGEYA-DGDIYDP/2018,
y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 263/MSGC/18 se llamó a Concurso para la provisión de
hasta 910 (novecientos diez) cargos de residentes de primer año para el Ciclo Lectivo
2018 de los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al Equipo de
Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el Anexo I (IF-2018-4584223-DGDIYDP) de la Resolución N° 263/MSGC/18 se
establecen particularmente las residencias y concurrencias ofertadas en el Concurso y
los requisitos de residencia previa, profesión o especialidad exigida para presentarse a
concursar en cada caso;
Que por un error involuntario se omitió consignar "Psicopedagogía" como una de las
residencias previas que permiten concursar para la residencia posbásica general
Investigación en Salud;
Que, asimismo, en el caso de la residencia básica Interdisciplinaria de Educación y
Promoción de la Salud no se consignó entre las profesiones habilitantes a los
"Licenciados en Enfermería", "Licenciados en Sociología" y "Profesores en
Antropología";
Que, por último, en la residencia posbásica general Sistemas de Información en Salud
no se incluyó a "Enfermería" entre las residencias completas habilitantes y se consignó
erróneamente su duración como de "2 años" cuando en realidad es de "3 años";
Que corresponde rectificar el Anexo I de la Resolución N° 263/MSGC/18 de acuerdo a
las consideraciones señaladas previamente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 96/12,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE
Artículo 1°.- Rectifícase el Anexo I (IF-2018-4584223-DGDIYDP) de la Resolución N°
263/MSGC/18, a fin de incluir "Psicopedagogía" entre las residencias previas que
habilitan a concursar para la residencia posbásica general Investigación en Salud.
Artículo 2°.- Rectifícase el Anexo I (IF-2018-4584223-DGDIYDP) de la Resolución N°
263/MSGC/18, a fin de incluir "Licenciados en Enfermería", "Licenciados en
Sociología" y "Profesores en Antropología" entre las profesiones que habilitan a
concursar para la residencia básica Interdisciplinaria de Educación y Promoción de la
Salud.
Artículo 3°.- Rectifícase el Anexo I (IF-2018-4584223-DGDIYDP) de la Resolución N°
263/MSGC/18, a fin de incluir "Enfermería" entre las residencias completas que
habilitan a concursar para la residencia posbásica general Sistemas de Información en
Salud y consignando "3 años" en lugar de "2 años" como duración de la formación.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional de este Ministerio de Salud, y a la Subsecretaría
de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Administración y
Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez