RESOLUCIÓN 158 2018 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

CREA - SEGUNDA CONVOCATORIA - PARTICIPACIÓN PROGRAMA - PRUEBA PILOTO DE BUSES DE TECNOLOGÍA LIMPIA - PLAN DE MOVILIDAD LIMPIA - PLAZO 1 AÑO - APRUEBA REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES - BUSES NUEVOS - SIN USO - TOTALMENTE ELÉCTRICOS - HÍBRIDOS NO ENCHUFABLES - PRESENTACIÓN DE PROPUESTA - TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - CARÁCTER URBANO - SUBSECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 

Publicación:

23/03/2018

Sanción:

20/03/2018

Organismo:

SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE


"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

VISTO:

La Ley N.° 2.095 (texto consolidado por Ley N.° 5.666), el Decreto 363/15 y sus

modificatorios, y el Expediente Electrónico N.° EX-2018-08476167- -MGEYA-

SSTYTRA; y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita el Programa de Prueba Piloto de Buses de

Tecnología Limpia, en el marco del Plan de Movilidad Limpia, a realizarse en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que es política de esta Subsecretaría instrumentar políticas, planes y proyectos de

ordenamiento y mejora del sistema de transporte de pasajeros y de carga para

promover la movilidad saludable;

Que, dado que los medios de transporte una de las principales fuentes de emisiones

de gases de efecto invernadero y de gases tóxicos, resulta fundamental ahondar en el

estudio de alternativas que busquen reducir su impacto sobre el medio ambiente y la

salud de la población urbana;

Que los vehículos pesados a diésel, entre los que se encuentran los colectivos de

línea (transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano) que

funcionan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, son dentro del sector transportista

la principal fuente de emisión de agentes contaminantes del aire, como óxidos nitrosos

y material particulado;

Que en los últimos años el transporte en general y los colectivos en particular han

experimentado avances tecnológicos considerables, dentro de los cuales se

encuentran los vehículos híbridos, eléctricos, Euro 6, entre otros;

Que estos desarrollos tecnológicos resultan de interés para abordar la problemática de

emisión de gases contaminantes en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y buscar alternativas que permitan solucionarla, manteniendo o incluso

mejorando los servicios brindados al usuario;

Que, en línea con lo expuesto, los colectivos eléctricos e híbridos son una de las

alternativas potencialmente viables, cuyo uso traería aparejado una reducción notoria

en la emisión de gases en uso en caso de los híbridos y ninguna emisión de gases en

su uso en el caso de los eléctricos;

Que estos últimos, a su vez, reducirían considerablemente la contaminación sonora

asociada al sector del transporte;

Que, asimismo, unidades de este tipo ya han sido puestas en funcionamiento en

materia de transporte público en diversas ciudades europeas, norteamericanas y

asiáticas, donde se demostró todo su potencial y los beneficios que se generan para

los habitantes de dichas ciudades;

Que teniendo en consideración todo lo expuesto, la Subsecretaría de Tránsito y

Transporte comenzó a evaluar la posibilidad de promover un programa que colabore

para que esta tecnología pueda ser implementada en el transporte público que opera

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

Que, en ese contexto, se consideró que para fomentar la eventual implementación de

tecnología de transporte de este tipo en la Ciudad resulta imprescindible realizar a

priori un estudio de factibilidad técnico-económica de dichas unidades en condiciones

reales de operación;

Que, por todo lo expuesto, y ante el objetivo de tender a la mejora del transporte y del

ambiente en la Ciudad, se propicia la creación de un programa por el que se

implementará una prueba piloto de uso de buses eléctricos e híbridos en distintas

líneas de transporte público de pasajeros con parte de su recorrido dentro de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires para poder evaluar su viabilidad técnica, operativa,

económica y ambiental de los mismos;

Que el programa tiene como principal objetivo fomentar la eventual penetración de

estas tecnologías en el transporte público de pasajeros por automotor que funciona en

el ámbito local contando con la debida intervención de los organismos tanto nacionales

como locales competentes, cuyo éxito conllevaría a un impacto significativo en los

niveles de emisión de gases del sector de transporte público, mejorando así la calidad

del aire y reduciendo el efecto invernadero;

Que para la concreción del programa, se convoca públicamente por la presente a los

interesados en participar del programa que cuenten con vehículos con estas

características, para que presenten una propuesta mediante la cual se pongan a

disposición sus unidades, nuevas y sin uso cien por ciento (100%) eléctricas y/o

híbridas no enchufables, para su funcionamiento en una línea operadora de transporte

público de pasajeros por automotor de carácter urbano, con parte de su recorrido en la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las condiciones establecidas en el Anexo I;

Que el programa de Prueba Piloto de Buses de Tecnología Limpia es sin costo para el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, asimismo, y para la efectiva puesta en marcha de este programa, se ha dado

intervención a las áreas competentes en el ámbito nacional en materia de transporte

público de pasajeros por automotor y el gobierno nacional publicó el Decreto 51/2018

por el cual se establece un Derecho de Importación Extrazona igual a 0% para 50

buses eléctricos que tengan como destino pruebas piloto según lo determine el

Ministerio de Transporte de la Nación;

Que a través de la Resolución N.° 634/SECTRANS/17 se llamó a una primera

convocatoria de buses de tecnología limpia, la cual fue de exitosa participación;

Que el desempeño de los buses será evaluado con la asistencia de la Corporación

Andina de Fomento (CAF), y esta evaluación abarcará la viabilidad técnica, operativa y

económica del funcionamiento de estos buses, tanto en temperaturas de invierno

como de verano;

Que esta información será puesta a disposición del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires para entender el comportamiento de estas tecnologías y sus costos para poder

estudiar su beneficio para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los usuarios del

Transporte Público, y así generar las condiciones para incentivar el uso de las mismas

con intervención de las áreas competentes.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 363/15 y sus

modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

Artículo 1°. - Créase la segunda convocatoria para participar del Programa de Prueba

Piloto de Buses de Tecnología Limpia, en el marco del Plan de Movilidad Limpia en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el lapso de un (1) año desde la

efectiva puesta en circulación de los buses de esta tecnología.

Artículo 2°. - Apruébese el Reglamento de Bases y Condiciones que como Anexo I (IF-

2018-08503311- - SSTYTRA) forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°. -Invítase a los interesados que cuenten con buses nuevos y sin uso cien

por ciento (100%) eléctricos y/o híbridos no enchufables a participar del programa,

para lo cual deberán presentar una propuesta para poner a disposición sus vehículos

vinculados con una línea de transporte público de pasajeros por automotor de carácter

urbano propuesta por éstos, de acuerdo a las condiciones detalladas en el Anexo I.

Artículo 4°.- Todos los interesados en participar del programa deberán presentar sus

propuestas de acuerdo a lo previsto en el Anexo I (Reglamento de Bases y

Condiciones) en la Subsecretaria de Tránsito y Transporte sita en Av. Martin García

346 1° el día 20 de mayo de 2018 a las 12:00 hs.

Artículo 5°. - El presente programa no tiene ningún costo para el Gobierno de la

Ciudad de Buenos. Asimismo, el GCABA no tiene ningún tipo de responsabilidad

sobre la relación entre la empresa proveedora de buses eléctricos y/o híbridos y la

línea de transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, al Ministerio de Desarrollo

Urbano y Transporte, al Ministerio de Transporte de la Nación y a la Secretaría de

Industria de la Nación. Galuzzi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5341

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 Resolución 158-SECTRANS-18 crea la segunda convocatoria para participar del Programa de Prueba Piloto de Buses de Tecnología Limpia, en el marco de la Resolución 634-SECTRANS-17. </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 168-SSTYTRA-18 convoca a todos los interesados en participar de la segunda convocatoria del Programa de Prueba Piloto de Buses de Tecnología Limpia, creado por Resolución 158-SSTYTRA-18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 357-SSTYTRA-18 fija nueva fecha de presentación de propuestas para participar de la segunda convocatoria del Programa de Prueba Piloto de Buses de Combustibles Alternativos, creada atraves de la Resolución 158-SSTYTRA-18.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 424-SSTYTRA-18 fija como nueva fecha de presentación de propuestas para participar de la segunda convocatoria del Programa de Prueba Piloto de Buses de Tecnología Limpia, creada por Resolución 158-SSTYTRA-18.</p>