RESOLUCIÓN 634 2017 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
CREA PROGRAMA DE PRUEBA PILOTO - BUSES DE TECNOLOGÍA LIMPIA - PLAN DE MOVILIDAD LIMPIA - ÁMBITO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - APRUEBA REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES
Publicación:
10/11/2017
Sanción:
08/11/2017
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto 363/15 y sus
modificatorios, y el Expediente Electrónico N° EX-2017- 17349873- -MGEYA-
SECTRANS y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el Programa de Prueba Piloto de Buses de
Tecnología Limpia, en el marco del Plan de Movilidad Limpia, a realizarse en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto 363/15 y sus modificatorios establecen que es responsabilidad
primaria de la Secretaría de Transporte "entender en los aspectos relacionados con el
transporte, la circulación peatonal y vehicular, con base en las políticas de desarrollo
económico, ambiental y social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que asimismo determina la responsabilidad de esta Secretaría respecto de la
instrumentación de "políticas, planes y proyectos de ordenamiento y mejora del
sistema de transporte de pasajeros y de carga";
Que también señala que este organismo estará encargado de "entender en el diseño e
implementación de las políticas para promover la movilidad saludable";
Que la Dirección General de Tránsito y Transporte mediante IF N°2017-17462686-
DGTYTRA propicia la realización del programa;
Que siendo los medios de transporte una de las principales fuentes de emisiones de
gases de efecto invernadero y de gases tóxicos, resulta fundamental ahondar en el
estudio de alternativas que busquen reducir su impacto sobre el medio ambiente y la
salud de la población urbana;
Que los vehículos pesados a diésel, entre los que se encuentran los colectivos de
línea (transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano) que
funcionan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, son dentro del sector transportista
la principal fuente de emisión de agentes contaminantes del aire, como óxidos nitrosos
y material particulado;
Que en los últimos años el transporte en general y los colectivos en particular han
experimentado avances tecnológicos considerables, dentro de los cuales se
encuentran los vehículos híbridos, eléctricos, Euro 6, entre otros;
Que estos desarrollos tecnológicos resultan de interés para abordar la problemática de
emisión de gases contaminantes en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y buscar alternativas que permitan solucionarla, manteniendo o incluso
mejorando los servicios brindados al usuario;
Que en la línea de lo expuesto, los colectivos eléctricos e híbridos son una de las
alternativas potencialmente viables, cuyo uso traería aparejado una reducción notoria
en la emisión de gases en uso en caso de los híbridos y ninguna emisión de gases en
su uso en el caso de los eléctricos;
Que estos últimos, a su vez, reducirían considerablemente la contaminación sonora
asociada al sector del transporte;
Que asimismo, unidades de este tipo ya han sido puestas en funcionamiento en
materia de transporte público en diversas ciudades europeas, norteamericanas y
asiáticas, donde se demostró todo su potencial y los beneficios que se generan para
los habitantes de dichas ciudades;
Que teniendo en consideración todo lo expuesto, esta Secretaría de Transporte
comenzó a evaluar la posibilidad de promover un programa que colabore para que
esta tecnología pueda ser implementada en el transporte público que opera en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en ese contexto, se consideró que para fomentar la eventual implementación de
tecnología de transporte de este tipo en la Ciudad resulta imprescindible realizar a
priori un estudio de factibilidad técnico-económica de dichas unidades en condiciones
reales de operación;
Que, por todo lo expuesto, y ante el objetivo de tender a la mejora del transporte y del
ambiente en la Ciudad, se propicia la creación de un programa por el que se
implementará una prueba piloto de uso de buses eléctricos e híbridos en distintas
líneas de transporte público de pasajeros con parte de su recorrido dentro de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires para poder evaluar su viabilidad técnica, operativa,
económica y ambiental de los mismos;
Que el programa tiene como principal objetivo fomentar la eventual penetración de
estas tecnologías en el transporte público de pasajeros por automotor que funciona en
el ámbito local contando con la debida intervención de los organismos tanto nacionales
como locales competentes, cuyo éxito conllevaría a un impacto significativo en los
niveles de emisión de gases del sector de transporte público, mejorando así la calidad
del aire y reduciendo el efecto invernadero;
Que para la concreción del programa, se convoca públicamente por la presente a los
interesados en participar del programa que cuenten con vehículos con estas
características, para que presenten una propuesta mediante la cual se ponga a
disposición sus unidades, nuevas y sin uso cien por ciento(100%) eléctricas y/o
híbridas no enchufables, para su funcionamiento en una línea operadora de transporte
público de pasajeros por automotor de carácter urbano, con parte de su recorrido en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las condiciones establecidas en el Anexo I;
Que el programa de Prueba Piloto de Buses de Tecnología Limpia es sin costo para el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a excepción de las obras y
trámites necesarios para la instalación de la infraestructura de carga para el caso de
transportes eléctricos, para lo que se realizará el proceso licitatorio correspondiente;
Que asimismo, y para la efectiva puesta en marcha de este programa, esta Secretaría
ha dado intervención a las áreas competentes en el ámbito nacional en materia de
transporte público de pasajeros por automotor y se encuentra realizando gestiones con
determinados organismos nacionales en lo que respecta a eventuales regímenes
favorables referidos a tributos de nacionalización de buses e infraestructura de carga y
otorgamiento de subsidios, tal como surge de los antecedentes agregados al
expediente;
Que en este sentido y con estos fines, se enviaron diversas notas externas al
Ministerio de Transporte de la Nación y a la Secretaría de Industria de la Nación, a
modo de establecer en el programa suficientes incentivos para los potenciales
participantes;
Que el desempeño de los buses será evaluado mediante una consultoría externa de la
Corporación Andina de Fomento (CAF), cuya evaluación abarcará la viabilidad técnica,
operativa y económica del funcionamiento de estos buses, tanto en temperaturas de
invierno como de verano;
Que esta información será puesta a disposición del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires para entender el comportamiento de estas tecnologías y sus costos para poder
estudiar su beneficio para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los usuarios del
Transporte Público, y así generar las condiciones para incentivar el uso de las mismas
con intervención de las áreas competentes;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado su debida
intervención en virtud de la Ley N 1.218.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 363/15 y sus
modificatorios,
Artículo 1°. - Créase el Programa de Prueba Piloto de Buses de Tecnología Limpia, en
el marco del Plan de Movilidad Limpia en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, por el lapso de un año desde la efectiva puesta en circulación de los buses de
esta tecnología.
Articulo 2°. - Apruebase el Reglamento de Bases y Condiciones que como Anexo I (IF-
25963277-SECTRANS-2017) forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°. -Invítase a los interesados que cuenten con buses nuevos y sin uso cien
por ciento (100%) eléctricos y/o híbridos no enchufables a participar del programa,
para lo cual deberán presentar una propuesta para poner a disposición sus vehículos
vinculados con una línea de transporte público de pasajeros por automotor de carácter
urbano propuesta por éstos, de acuerdo a las condiciones detalladas en el Anexo I.
Artículo 4°.- Todos los interesados en participar del programa deberán presentar sus
propuestas de acuerdo a lo previsto en el Anexo I (Reglamento de Bases y
Condiciones) en la Secretaria de Transporte sita en Av Martin Garcia 346 1° el día 8 a
las enero de 2018 a las 12hs
Artículo 5°. - El presente programa no tiene ningún costo para el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires a excepción de las eventuales obras y trámites necesarios
para la instalación de la infraestructura de carga para el caso de buses eléctricos, para
lo que se realizará un proceso licitatorio. Asimismo, el GCABA no tiene ningún tipo de
responsabilidad sobre la relación entre la empresa proveedora de buses eléctricos y/o
híbridos y la línea de transporte público de pasajeros por automotor de carácter
urbano.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, al Ministerio de Desarrollo
Urbano y Transporte al Ministerio de Transporte de la Nación y a la Secretaría de
Industria de la Nación. Méndez
ANEXOS