RESOLUCIÓN 1663 2018 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

AUTORIZA LINEAMIENTOS Y CRITERIOS GENERALES - CAPACITACIÓN LABORAL -  OFERTAS -  FORMATO CURRICULAR - PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS - CERTIFICACIÓN - VIGENCIA - EVALUACIÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL

Publicación:

12/04/2018

Sanción:

27/03/2018

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058, las Resoluciones del Consejo

Federal de Educación Nros. 13/07, 115/10 y 288/16, el Expediente Electrónico N°

04714530/ MGEYA-SSCDFTP/18, y

CONSIDERANDO:

Que la Educación Técnica Profesional tiene entre sus fines y objetivos, desarrollar

oportunidades de formación específica propia de la profesión u ocupación abordada y

prácticas profesionalizantes dentro del campo ocupacional elegido;

Que la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058 establece que el Ministerio de

Educación, a través del Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET) y con

participación de las jurisdicciones, promoverá el desarrollo, la planificación estratégica,

la promoción de la educación técnica profesional a nivel de todos los ámbitos de la

Educación Técnico Profesional y la articulación entre los mismos, favoreciendo el

desarrollo de trayectorias formativas profesionalizantes a lo largo de la vida activa de

los sujetos;

Que la Ley de Educación Técnico Profesional define a la Formación Profesional como

el conjunto de acciones cuyo propósito es la formación sociolaboral para y en el

trabajo, dirigida tanto a la adquisición y mejora de las cualificaciones como a la

recualificación de los trabajadores, y que permite compatibilizar la promoción social,

profesional y personal con la productividad de la economía nacional, regional y local;

Que la Resolución CFE N° 13/07, define y ordena los tipos de títulos y certificados de

la Educación Técnico Profesional en general y las certificaciones de Formación

Profesional Inicial, la Formación Profesional Continua y Certificados de Capacitación

Laboral, en el ámbito específico de la Formación Profesional;

Que la Resolución CFE N° 115/10 establece los lineamientos y criterios para la

organización institucional y curricular de la Educación Técnica Profesional

correspondiente al ámbito de la Formación Profesional;

Que la Resolución CFE N° 288/16 establece orientaciones y criterios para el desarrollo

de la Formación Profesional Continua y la Capacitación Laboral, que está constituida

por las acciones formativas orientadas al desarrollo de las capacidades de las

personas para que puedan adaptarse a las exigencias de un puesto de trabajo

particular, sin tener como condición un requerimiento particular de una calificación

profesional previa;

Que la misma Resolución establece también que las acciones formativas

correspondientes a la Capacitación Laboral forman parte del ámbito específico de la

Formación Profesional y son de definición de cada jurisdicción;

Que en virtud de lo expuesto, y de la identificación de las demanda resulta necesario

aprobar los lineamientos y criterios generales para la Capacitación laboral en el ámbito

del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires; como parte del proceso de

ordenamiento y planificación de la oferta jurisdiccional de Formación Profesional;

Que ha tomado debida intervención la Subsecretaria de Carrera Docente y Formación

Técnica Profesional;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébanse los "Lineamientos y criterios generales para la Capacitación

Laboral del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" que a

todos sus efectos forman parte de la presente resolución en el Anexo I (IF-2018-

09099235-SSCDFTP).

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Carrera

Docente y Formación Técnica Profesional; Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa; de Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones Generales de

Planeamiento e Innovación Educativa, a la Dirección General de Gestión Estatal y de

Gestión Privada y a las Gerencias Operativas de Formación Laboral y de Curriculum.

Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5352

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 670-MEDGC/22 deja sin efecto la Resolución N° 1663-MEGC/18.</p>