RESOLUCIÓN 379 2018 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE APRUEBA - PROSECUCIÓN DEL PROGRAMA FORMACIÓN DE ADOLESCENTES PROMOTORES EN DERECHOS - DURANTE EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE LOS MESES DE MARZO Y DICIEMBRE DEL AÑO 2018 - ASIGNÁNDOSE - BECAS - CARÁCTER NO REMUNERATIVAS - PARTICIPANTES - PARTIDA PRESUPUESTARIA - EJERCICIO 2018 - VICEPRESIDENCIA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Publicación:

23/04/2018

Sanción:

11/04/2018

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO:

La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666), la Resolución N°

361/CDNNyA/2013 y sus modificatorias, la Resolución N° 425/CDNNyA/2017, el

Expediente Electrónico N° 38.219.714/MGEyA-DGPDES/2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que por la Resolución N° 361/CDNNyA/2013 y sus modificatorias se aprobó la

creación del Programa "Formación de Adolescentes Promotores en Derechos" bajo la

órbita del Departamento de Capacitación, Promoción y Participación Ciudadana,

entonces dependiente de la Dirección General de Programas Descentralizados de este

Consejo, el que tiene por objeto promover el desarrollo de las capacidades y

habilidades de los adolescentes en materia de derechos humanos, basado en

actividades de participación que se llevan a cabo en distintas instituciones de las

Comunas, proponiendo crear un espacio territorial de reflexión y discusión entre pares;

Que por la Resolución N° 425/CDNNyA/2017 se modificaron las dependencias de las

distintas áreas de la Sede Central de este Consejo, transfiriéndose el mencionado

Departamento de Capacitación, Promoción y Participación Ciudadana al área de

Presidencia del organismo;

Que mediante IF N° 10.312.118/DGLTACDN/2018 se solicitó arbitrar los medios a fin

de garantizar la continuidad del Programa "Formación de Adolescentes Promotores en

Derechos" durante el período comprendido entre los meses de marzo y diciembre de

2018, aclarándose al respecto que se cuenta con un presupuesto total anual de

PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-) a fin de solventar las becas no remunerativas

para quienes participen en el mencionado Programa;

Que por su parte, mediante Informe IF N° 10.320.237/DGLTACDN/2018, la Dirección

Operativa de Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica

y Administrativa, tomó intervención en el ámbito de su competencia e informó que

existe crédito suficiente para afrontar el gasto en cuestión, al tiempo que efectuó la

correspondiente afectación preventiva del gasto mediante la Solicitud de Gastos N°

2.120, conforme surge del DOCFI N° 10.320.658/DGLTACDN/2018;

Que por las consideraciones vertidas precedentemente, resulta procedente dictar el

acto administrativo por el que se apruebe la prosecución del Programa "Formación de

Adolescentes Promotores en Derechos" durante el período comprendido entre los

meses de marzo y diciembre de 2018, asignándose para las becas de carácter no

remunerativas otorgadas a los participantes del mencionado Programa un presupuesto

total anual de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-);

Que encontrándose ausente la señora Presidente de este Consejo, corresponde que

la señora Vicepresidente la reemplace en el ejercicio de sus funciones, de conformidad

con lo establecido por el artículo 56, inciso a), de la Ley N° 114 (texto consolidado por

Ley N° 5.666);

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado

por Ley N° 5.666) y el Decreto N° 32/GCABA/2016,

LA VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO

DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébese la prosecución del Programa "Formación de Adolescentes

Promotores en Derechos" durante el período comprendido entre los meses de marzo y

diciembre del año 2018, asignándose para las becas de carácter no remunerativas

otorgadas a los participantes del mencionado Programa un presupuesto total anual de

PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-).

Artículo 2.- El presente gasto fue imputado a la partida presupuestaria correspondiente

al ejercicio 2018.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y demás efectos,

pase a la Dirección Operativa de Gestión Financiera, dependiente de la Dirección

General Legal, Técnica y Administrativa, y comuníquese al Departamento de

Capacitación, Promoción y Participación Ciudadana. Cumplido, archívese. Martínez

Bedini

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la resolución 379- CDNNYA-2018, apruéba la prosecución del Programa Formación de Adolescentes Promotores en Derechos durante el período comprendido entre los meses de marzo y diciembre del año 2018, el cual fue creado por Resolución 361-CDNNYA-2013.</p>