RESOLUCIÓN 49 2018 SUBSECRETARIA DE COMUNICACION
Síntesis:
AMPLIA PLAZO ESTABLECIDO - BASES Y CONDICIONES - CONCURSO - PROGRAMA INTEGRAL DE RECONOCIMIENTOS - VAMOS LOS VECINOS - ESA ES MI CUADRA - SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN - COMUNICACIÓN DE ADMISIÓN - 10 DE ABRIL DE 2018 - PROCESO DE INSCRIPCIÓN - 16 DE ABRIL DE 2018 - ESTABLECE PERÍODO DE LAS MEDICIONES DEL ÍNDICE DE LIMPIEZA - 17 DE ABRIL Y 24 DE AGOSTO DE 2018
Publicación:
25/04/2018
Sanción:
12/04/2018
Organismo:
SUBSECRETARIA DE COMUNICACION
VISTO:
La Resolución N° 19-SSCOMUNIC-2018, la Resolución Conjunta N°1-2018-
SSCOMUNIC y los Expedientes Administrativos N° EX- 2018-05010347-SSCOMUNIC
y N° EX-2018-05355109-SSCOMUNIC, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución N° 19-SSCOMUNIC-2018 se creó el Programa Integral de
Reconocimientos "Vamos los Vecinos", en el ámbito de la Subsecretaría de
Comunicación;
Que dicha Resolución estableció que la Subsecretaría de Comunicación será la
encargada de la implementación y desarrollo de los distintos concursos que se creen
en el ámbito del referido programa integral;
Que en tal sentido, la citada norma, en su artículo 3°, estableció "que todos los
concursos que se desarrollen en el marco del Programa creado por el artículo 1° de la
presente, se regularán por las correspondientes Bases y Condiciones, las que serán
aprobadas, previa intervención de las áreas competentes en cada caso";
Que en mérito de lo señalado, se dictó la Resolución Conjunta N°1-2018-
SSCOMUNIC, creando el concurso "Esa Es Mi Cuadra";
Que esta última Resolución, con la firma conjunta del Subsecretario de Comunicación
y el Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos, en su artículo 2° aprobó, bajo
el Nro. IF-2018-06208731-SSCOMUNIC, las Bases y Condiciones que reglamentan el
concurso, las que obran en el Anexo I de la mencionada resolución;
Que dichas Bases y Condiciones, fueron oportunamente publicadas en el sitio Web
www.buenosaires.gob.ar/vamoslosvecinos, para conocimiento de los vecinos,
potenciales participantes del concurso;
Que en su artículo 4°, las indicadas Bases y Condiciones establecen: "La vigencia del
presente CONCURSO se extiende desde las cero (00:00) horas del día 23 de Febrero
de 2018 hasta las veinticuatro (24) horas del día 10 de Septiembre de 2018. Aquellos
propietarios y/u ocupantes de inmuebles ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (detallados en los Anexos I y II) que deseen postular su CUADRA deberán
hacerlo entre el día 23 de Febrero de 2018 y el día 23 de Marzo de 2018 (inclusive),
por medio de las páginas buenosaires.gob.ar/participacionciudadana o
www.buenosaires.gob.ar/vamoslosvecinos o en los puntos de inscripción habilitados
específicamente a tal fin. Hasta el día 3 de abril inclusive el ORGANIZADOR
comunicará a los postulantes si su CUADRA ha resultado seleccionada para participar
del CONCURSO. En caso afirmativo, los postulantes vecinos de CUADRAS
seleccionadas, tendrán plazo hasta el día Martes 10 de Abril inclusive para completar
el proceso de inscripción. Luego de esa fecha los postulantes que no hayan
completado el formulario no podrán participar del CONCURSO. Las mediciones a las
que refiere el artículo 10 de las presentes BASES, se llevarán a cabo a partir del día
11 de abril de 2018 y hasta el día 24 de Agosto de 2018. El día lunes 10 de septiembre
será publicado, en buenosaires.gob.ar/participacionciudadana y en cualquier otro
medio que el ORGANIZADOR considere conveniente, el listado de CUADRAS
ganadoras del CONCURSO. La decisión del ORGANIZADOR será irrecurrible. Entre
los días lunes 10 y viernes 28 de septiembre regirá el período de constatación de
requisitos de los participantes inscriptos por cada una de las cuadras ganadoras según
lo estipulado en las presentes BASES en los Artículos 10 y 11";
Que el citado artículo, con relación al período de inscripción de los participantes al
concurso, una vez postulada su cuadra, determina que "hasta el día 3 de abril inclusive
el ORGANIZADOR comunicará a los postulantes si su CUADRA ha resultado
seleccionada para participar del CONCURSO. En caso afirmativo, los postulantes
vecinos de CUADRAS seleccionadas, tendrán plazo hasta el día Martes 10 de Abril,
inclusive, para completar el proceso de inscripción. Luego de esa fecha los postulantes
que no hayan completado el formulario no podrán participar del CONCURSO";
Que visto la marcha del concurso y la significativa cantidad de vecinos de los distintos
barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que han postulado sus cuadras, se
estima conducente ampliar el plazo indicado en el párrafo anterior, a efectos de
conceder mayor tiempo a los vecinos para poder completar el proceso de inscripción al
concurso, fomentando así la participación ciudadana, eje principal del Programa
Integral de Reconocimientos "Vamos Los Vecinos";
Que en virtud de lo señalado deviene necesario ampliar también el período de
mediciones del Índice de Limpieza de las cuadras seleccionadas para participar del
concurso;
Que habiendo sido creado el concurso en el marco del referido programa, corresponde
adoptar las medidas conducentes para la más eficaz implementación de los mismos;
Por todo ello, en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Amplíase el plazo establecido oportunamente en las Bases y Condiciones
que rigen el concurso "Esa Es Mi Cuadra", hasta el día 10 de abril de 2018 para
comunicar a los postulantes la admisión o no de su cuadra.
Artículo 2°.- Amplíase el plazo establecido oportunamente en las Bases y Condiciones
que rigen el concurso "Esa Es Mi Cuadra", hasta el día 16 de abril de 2018 a las
veintitrés horas, cincuenta y nueve minutos y cincuenta y nueve segundos (23:59:59),
para completar el proceso de inscripción.
Artículo 3°.- Establézcase que el período de las mediciones del Índice de Limpieza de
las cuadras que resultaron seleccionadas para participar del concurso, se extenderá
entre los días 17 de abril y 24 de agosto de 2018, ambos inclusive.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la Secretaría
Legal y Técnica. Di Benedetto