DISPOSICIÓN 139 2018 DIRECCIÓN GENERAL HABILITACIÓN DE CONDUCTORES Y TRANSPORTES

Síntesis:

AUTORIZA - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - DICTAR CURSOS DE CAPACITACIÓN - OBTENCIÓN LICENCIAS DE CONDUCIR CATEGORÍAS A Y B - PERSONAL EN FUNCIONES TRANSFERIDO O A INCORPORARSE - POLICÍA DE LA CIUDAD - AUTORIZA CONTENIDOS - DIRECCIÓN GENERAL HABILITACIÓN DE CONDUCTORES Y TRANSPORTES - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

Publicación:

27/04/2018

Sanción:

12/04/2018

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL HABILITACIÓN DE CONDUCTORES Y TRANSPORTES


"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

VISTO:

La Ley N° 2.148 (según texto consolidado por ley N° 5.666) y el Decreto N° 498/08, el

Decreto 675/16, el Decreto 345/17, las Resoluciones N° 912/MJYSGC/16 y N°

344/MJYSGC/2010, el EX-2018-10405182-MGEYA-DGHCT y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente EX-2018-10405182-MGEYA-DGHCT, el Comisario

Claudio Peralta, Jefe Departamento Especialización Policial de la Policía

Metropolitana, solicita que se le amplíe al Instituto Superior de Seguridad Pública la

validez de los cursos de capacitación al personal en funciones, transferido o a

incorporarse a la Policía de la Ciudad, para las categorías de Licencias de conducir A

y B.

Que la Resolución N° 912/MJYSGC/16 establece que el " Reglamento para el

Otorgamiento y Uso de la Licencia de Conducir Vehículos de la Policía Metropolitana"

aprobado mediante la Resolución N° 1183/MJYSGC/2009 y el "Reglamento para el

Uso de Vehículos de la Policía Metropolitana" aprobado mediante la Resolución N°

344/MJYSGC/2010 son aplicables a la Policía de la Ciudad a partir del 1° de enero de

2017;

Que el art. 3.2.8 del Código de Tránsito y Transporte Ley N° 2.148 (según texto

consolidado por Ley 5.666) establece: Requisitos para la obtención por primera vez,

inciso I) "Para su obtención por primera vez o en los casos especiales que determina

este Código, concurrir al curso de capacitación dictado por la entidad otorgante o por

quien esta decida...".

Que por facultades conferidas por el Decreto N° 498/08, el Decreto 675/16 y el

Decreto 345/17, corresponde a esta Dirección General autorizar los cursos luego de

evaluarlos competentes y autorizar el contenido incorporado en los anexos

correspondientes.

Que resulta necesario ampliar la autorización del Instituto Superior de Seguridad

Pública a dictar los cursos de capacitación para el personal en funciones, transferido o

a incorporarse a la Policía de la Ciudad, para la obtención de la licencia de conducir

categorías A y B.

EL DIRECTOR GENERAL HABILITACION DE CONDUCTORES Y TRANSPORTES

DISPONE

Artículo 1°: Autorizar al Instituto Superior de Seguridad Pública a dictar los cursos de

capacitación para obtener las licencias de conducir categorías A y B, al personal en

funciones, transferido o a incorporarse a la Policía de la Ciudad.

Artículo 2°: Autorizar los contenidos a dictarse en los cursos incorporados como Anexo

IF-2018-10433055-DGHCT e IF-2018-10438603-DGHCT en el expediente EX-2018-

10405182-MGEYA-DGHCT.

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y remítase a la Dirección General Habilitación de Conductores y Transportes quien

notificará al interesado. Cumplido, archívese. Nilles


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5363

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 139-DGHCT-18 autoriza al Instituto Superior de Seguridad Pública dictar cursos de capacitación para obtener  licencias de conducir categorías A y B, al personal en funciones, transferido o a incorporarse a la Policía, en el marco del Art. 3.2.8 de la Ley 2148</p><p>Art. 2 autoriza los contenidos a dictarse en los cursos.</p>