RESOLUCIÓN 8648 1997 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO CELEBRADA POR LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EXMUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, CON MARÍA QUINTÁS Y OTROS

Publicación:

07/05/1998

Sanción:

07/08/1997

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 194-CVDExMCBA-96 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación que las señoras Ana María Quintás, por sí y en representación de las personas cuyo poder se adjunta, y Nélida Suárez como administradora provisional de los bienes que se tramitan en los autos “Quintás, Ramón s/sucesión Ab-intestato", hicieran ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que efectuada la revisión deí crédito reclamado y analizada la disposicíon financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 07 de abril de 1997 las locadoras en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a pesos dieciocho mil rlovecientos ($18.900,00);

Que en la misma fecha las señoras Ana María Quintás y Nólida Suárez, aceptan la opción consistente en tina deducción del treinta, por ciento (30%) de la suma verificada, en consecuencia, se les reconoce en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96 la suma de pesos trece mil doscientos treinta ($ 13.230,00), a abonarse en dos cuotas iguales y consecutivos, sin Interés, pagaderas a los treinta (30) y sesenta (60), días posteriores a la firma del Acta Acuerdo pertinente;

Que cada cuota se Instrumentará con pagarés Decreto N° 225-GCBA-96 con cláusula "sin protesto" emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor del acreedor descontando de la primera de ellas la retención del Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieren corresponder;

Que a los 03 días del mes de julio de 1997 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a labrar el acta correspondiente.

Que la Procuractón General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el Art. 8° de la citada norma;

Por lo expuesto y en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96, en su Art. 9°;

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 03 de julio de 1997, por la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y las señoras Ana María Quintás, por sí y en representación de las personas cuyo poder se adjunta, y Nélida Suárez como administradora provisional de los bienes que se tramitan en los atrios "Quintás, Ramón s/sucesión Ab-intestato", que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Art. 2° - Notifíquese a la Dirección General de Contaduría General a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 3° - Regístrese, pubifquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestada, Contaduría General, Tesorería General, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.


ANEXOS

Anexo I

ACTA ACUERDO

Entre: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por funcionarios de la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (Dto. N° 225-GCBA-96), designados por Resolución N° 7 S.H.yF. del 07/10/96, con domicilio en Avda. de Mayo 525, Capital Federal, por una parte y las señoras Ana María Quintás, por sí y en representación de las personas cuyn poder se adjunta, y Nélida Suárez como administradora provisional de los bienes que se tramitan en los autos "Quintás, Ramón s/sucesión Ab-intestato", en adelante “Las Acreedoras", titufares del contrato de locación que suscribiera con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en la calle Membrillar 275, piso 6°, Depto. "B", de esta Capital Federal, por la otra.

Antecedentes: “Las Acreedoras" solicitaron al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N° 225-GCBA-96.

Cumplidas las intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7° de aquella norma, la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:

Artículo 1° - En el Anexo I, que suscripto por separado forma parte Integrante de la presente, se detalla la suma considerada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente acuerdo, la cual asciende a pesos dieciocho mil novecientos treinta ($ 18.930,00).

Artículo 2° - “Las Acreedoras" han aceptado la propuesta oportunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aceptando la opción consistente en una deducción del treinta por ciento (30%) sobre el monto consignado en el artículo anterior.

Artículo 3° - En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a “Las Acreedora", en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, la suma de pesos trece mil doscientos treinta ($ 13.230,00), que será abonado en dos cuotas iguales y consecutivas con vencimiento a los treinta (30) y sesenta (60) días de la firma de la presente acta, respectivamente, descontando de esta la retención de Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieren corresponder.

Cada cuota se instrumentará con pagarés con cláusula “sin protesto" emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4° - “Los Acreedores" expresamente consienten la liquidación formulada y la forma de pago acordada en la presente, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con presuntas o reales acreencias de las que se considere titular frente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, originadas en períodos anteriores a la fecha de firma de la presente Acta, renunciando además expresamente a las acciones y derechos respectivos.

Artículo 5° - Las partes constituyen los domicilios que se indican en el presente acuerdo y declaran que cualquier cuestión derivada de la interpretación o ejecución del mismo será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, o los que los sustituyan en el futuro, renunciando las partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

Artículo 6° - Conforme lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, esta Acta Acuerdo se suscribe "Ad referéndum" del señor Secretario de Hacienda y Finanzas, en la Ciudad de Buenos Aires a los 03 días del mes de julio de 1997.

En prueba de conforrnidad, se firman cuatro (4) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados.

Se informa a los interesados que podrán consultar sobre la documentación publicada en el Departamento de Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, sito en avenida de Mayo 525 4° piso.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA