RESOLUCIÓN 8659 1997 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO CON LA SRA. GRACIELA C. V. IRIART BELLICCHI DE GRIGONI Y OTROS

Publicación:

08/05/1998

Sanción:

08/08/1997

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 232-CVDExMCBA-96 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación que los señores Graciela Claudia Victoria Irlart Bellicchi de Grigoni, Viviana Eva Iriart Bellicchi de Huck, Miguel S. Iriart y Arroues y Luis M. Iriart y Arroues, hicieran ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en su carácter de propietarios locadores del inmueble sito en la calle Quito 4059 de esta ciudad, destinado a diversas dependencias de la Secretaría de Educación;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 07 de marzo de 1997 los locadores en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a pesos tres mil cuatrocientos cuarenta y nueve con noventa y dos ctvs. ($ 3.449,92);

Que en la misma fecha los señores Graciela Claudia Victoria Iriart Bellicehi de Grigoni, Viviana Eva Iriart Bellicchi de Huck, Miguel S. Iriart y Arroues y Luis M. Iriart y Arroues aceptan la opción consistente en una deducción del treinta por ciento (30%) sobre el monto consignado precedentemente, en consecuencia, se les reconoce en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96 la suma de pesos dos mil cuatrocientos catorce con noventa y dos ctvs. ($ 2.414,92), a abonarse en dos (2) cuotas mensuales y consecutivas, sin interés, con vencimiento a los treinta (30) y sesenta (60) días posteriores a la firma del acta acuerdo pertinente;

Que el pago de las cuotas citadas con anterioridad se instrumentará con pagarés decreto N° 225-GCBA-96 con cláusula “sin protesto" emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor del acreedor descontando de la primera de ellas la retención del Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder;

Que a los 23 días del mes de julio de 1997 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a labrar el acta correspondiente.

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el Art. 8° de la citada norma;

Por lo expuesto y en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96, en su Art. 9°;

EL SECRETARIO

DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°- Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 23 de julio de 1997, por la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y los señores Graciela Claudia Victoria Irlart Bellicchi de Grigoni, Viviana Eva Iriart Bellicehi de Huck, Miguel S. Iriart y Arroues y Luis M. Iriart y Arroues, que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Art. 2° - Notifíquese a la Dirección General de Contaduría General a los efectos de los Arts, 10 y 11 del Decreto N° 225­-GCBA-96.

Art. 3°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestada, Contaduría General, Tesorería General, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.


ANEXOS

ANEXO I

ACTA ACUERDO

Entre: Gobiemo de la Ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por funcionarios de la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (Dto. N° 225-GCBA-96), designados por Resolución N° 7 S.H.yF. Del 07/10/96, con domicilio en Avda, de Mayo 525, Capital Federal, por una parte y los señores Graciela Claudia Victoria Irlart Bellicchi de Grigoni, Viviana Eva Iriart Bellicchl de Huck, Miguel S. Iriart y Arroues y Luis M. Iriart y Armues, en adelante “Los Acreedores", titulares de los contratos que suscribieran con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en la calle Libertad 5370, piso 4°, de esta Capital Federal, por la otra.

Antecedentes: “Los Acreedores" solicitaron al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N° 225-GCBA-96.

Cumplidas las Intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7° de aquella norma, la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:

Artículo 1°- En el Anexo I, que suscriplo por separado forma parte integrante de la presente, se detalla la suma considerada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente acuerdo, la cual asciende a pesos tres mil cuatrocientos cuarenta y nueve con noventa y dos ctvs. ($ 3.449,92).

Artículo 2°- “Los Acreedores” han aceptado la propuesta oportunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aceptando la opción consistente en una deducción del treinta por ciento (30%) sobre el monto consignado en el artículo anterior.

Artículo 3°- En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a “Los Acreedores", en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, la suma de pesos dos mil cuatrocientos catorce con noventa y dos ctvs. ($ 2,414,92), que será abonado en dos cuotas Iguales y consecutivas con vencimiento a los treinta (30) y sesenta (60) días de la firma de la presente acta acuerdo, respectivamente, descontando de la misma la retención de Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder.

Cada cuota se instrumentará con pagarés con cláusula "sin protesto" emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4°- "Los Acreedores" expresamente consienten la liquidación formulada y la forma de pago acordada en la presente, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con presuntas o reales acreencias de las que se considere titular frente al Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, originadas en períodos anteriores a la fecha de firma de la presente Acta, renunciando además expresamente a las acciones y derechos respectivos.

Artículo 5°: Una vez aprobada la presente Acta Acuerdo mediante Resolución por parte del Secretario de Hacienda y Finanzas, y para los vencimientos que se produzcan a partir de ese momento, se procederá a abonar el 100% de la prestación.

Desde la firma del presente convenio y hasta la fecha en que quede debidamente aprobado el Acta Acuerdo mediante Resolución del Secretario de Hacienda y Finanzas, se seguirán efectuando pagos a cuenta conforme al Decreto N° 225-GCBA-­96.

Los saldos pendientes de cancelación que se devenguen durante este período que media entre la fecha de suscripción del Convenio y la Resolución aprobatoria del mismo, se Anexo I cancelarán íntegramente dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, computados a partir de esta última fecha.

Artículo 6°- Las partes constituyen los domicilios que se indican en el presente acuerdo y declaran que cualquier cuestión derivada de la interpretación o ejecución del mismo será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, o los que los sustituyan en el futuro, renunciando las partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

Artículo 7°- Conforme lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, esta Acta Acuerdo se suscribe “Ad referéndurn" del Señor Secretario de Hacienda y Finanzas, en la Ciudad de Buenos Aires a los 23 días del mes de julio de 1997.

En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha Indicados.

Se informa a los interesados que podrán consultar sobre la documentación publicada en el Departamento de Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, sito en avenida de Mayo 525 4° piso.

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