DISPOSICIÓN 28 2018 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO

Síntesis:

SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - SORTEO PÚBLICO - EMPLAZAMIENTO DE VEHÍCULOS GASTRONÓMICOS EN EL ESPACIO PÚBLICO - FOOD TRUCKS - VENTA DE COMIDAS - OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARTICULARES DE USO PRECARIO PARA LA ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ALIMENTOS  - HABILITACIÓN - REGISTRO - DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRONÓMICO

Publicación:

16/05/2018

Sanción:

11/05/2018

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO


VISTO:

Ley 5707, La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), Resolución N°

RESFC-2017-1-MAYEPGC, los Decretos 363/15 y modificatorios, Resolución N°

RESDI-2018-150-LOTBA, N° 2018- 68-SSAGUEP, el expediente electrónico N° 2018-

13467657- DGDGAS, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el actuado citado en el Visto, tramita la aprobación del Procedimiento de

sorteo público de locaciones para el emplazamiento de vehículos gastronómicos en el

espacio público;

Que la Ley N° 5.707 establece el marco regulatorio para la habilitación general de

vehículos gastronómicos y el otorgamiento de permisos particulares de uso precario

para la elaboración y comercialización de alimentos y/o bebidas en dichos módulos;

Que la Agencia Gubernamental de Control es la autoridad de aplicación de la

habilitación general de vehículos gastronómicos, pudiendo establecer otros

requerimientos, obligaciones y/o sanciones en el marco del otorgamiento de la

habilitación general, de conformidad con lo establecidos por el art. 10 ley N° 5707;

Que, en este orden de ideas la Dirección General de Desarrollo Gastronómico

dependiente de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano tiene a su cargo el registro

de Habilitación General de Vehículos Gastronómicos, y la asignación de los

emplazamientos por los procedimientos que se designen;

Que en tal inteligencia, se designó al Ministerio de Ambiente y Espacio Público como

autoridad a cargo del otorgamiento de permisos particulares de uso precario - art. 15

ley 5707;

Que mediante la Resolución N° 2018- 68-SSAGUEP, la Subsecretaría de

Administración General y Uso del Espacio Público fijó los lineamientos mediantes los

cuales los permiso particulares de uso precario;

Que mediante la Resolución N° RESFC-2017-1-MAYEPGC se aprobó el

procedimiento relativo a la habilitación general de vehículos gastronómicos y el

otorgamiento de permisos particulares de uso precario para la elaboración y

comercialización de alimentos y/o bebidas en vehículos gastronómicos en el marco de

la Ley N° 5.707;

Que mediante la Resolución N° RESDI-2018-150-LOTBA de fecha 27 de abril de

2018, Lotería de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el Reglamento de Sorteos LOTBA

para Terceros;

Que al día de la fecha se encuentran vehículos gastronómicos que cuentan con la

habilitación general correspondiente, ante esta Dirección General, que han declarado

formal interés en ejercer su actividad comercial en la vía pública sin perjuicio de su

actividad en el sector privado;

Que por tanto, resulta conveniente a los efectos del desarrollo de la actividad de los

vehículos gastronómicos en la Ciudad de Buenos Aires, delimitar el procedimiento por

el cual se asignarán los emplazamientos en los que los vehículos gastronómicos

podrán ejerce su actividad en la vía pública;

Que por tal, razón deviene necesario implementar el procedimiento de selección que

garantizarse la transparencia, publicidad, celeridad y seguridad en todas las etapas de

asignación de conformidad con la normativa vigente;

Por todo ello, y en uso de sus facultades,

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO GASTRONÓMICO

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruebese el "Procedimiento de sorteo público de emplazamiento de

vehículos gastronómicos en el espacio público" que se detalla en el Anexo I (IF2018-

13473416-DGDGAS), el cual forma parte integrante de la presente Disposición.-

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal de la Vicejefatura de Gobierno. Villar Sánchez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5374

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 28-DGDGAS-18 aprueba el Procedimiento de sorteo público de emplazamiento de vehículos gastronómicos en el espacio público, que la integra como Anexo I, en el marco de la regulación establecida por la Ley 5707.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 33-DGDGAS-18 prorroga la convocatoria efectuada por Disposición 28-DGDGAS-18.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Anexo I de la Disposición 29-DGDGAS-18 aprueba las Bases y Condiciones particulares del Sorteo de emplazamiento de Foodtrucks.</p><p>Art.  2 del Anexo II aprueba las especificaciones técnicas para los emplazamientos denominados PP.A y PP.B. </p><p>Art. 3 declara abierta la convocatoria para la ejecución del sorteo público para la asignación de emplazamientos.</p><p>Art. 4 establece el período de inscripción.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 Disposición 55-DGADGAS-18 aprueba Bases y Condiciones particulares del Sorteo de emplazamiento de Foodtrucks, de acuerdo con el Procedimiento de sorteo público de locaciones para el emplazamiento de vehículos gastronómicos en el espacio público, aprobado por art. 1 Disposición 28-DGDGAS-18.</p>