DISPOSICIÓN 28 2018 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO
Síntesis:
SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - SORTEO PÚBLICO - EMPLAZAMIENTO DE VEHÍCULOS GASTRONÓMICOS EN EL ESPACIO PÚBLICO - FOOD TRUCKS - VENTA DE COMIDAS - OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARTICULARES DE USO PRECARIO PARA LA ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ALIMENTOS - HABILITACIÓN - REGISTRO - DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRONÓMICO
Publicación:
16/05/2018
Sanción:
11/05/2018
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO
VISTO:
Ley 5707, La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), Resolución N°
RESFC-2017-1-MAYEPGC, los Decretos 363/15 y modificatorios, Resolución N°
RESDI-2018-150-LOTBA, N° 2018- 68-SSAGUEP, el expediente electrónico N° 2018-
13467657- DGDGAS, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado citado en el Visto, tramita la aprobación del Procedimiento de
sorteo público de locaciones para el emplazamiento de vehículos gastronómicos en el
espacio público;
Que la Ley N° 5.707 establece el marco regulatorio para la habilitación general de
vehículos gastronómicos y el otorgamiento de permisos particulares de uso precario
para la elaboración y comercialización de alimentos y/o bebidas en dichos módulos;
Que la Agencia Gubernamental de Control es la autoridad de aplicación de la
habilitación general de vehículos gastronómicos, pudiendo establecer otros
requerimientos, obligaciones y/o sanciones en el marco del otorgamiento de la
habilitación general, de conformidad con lo establecidos por el art. 10 ley N° 5707;
Que, en este orden de ideas la Dirección General de Desarrollo Gastronómico
dependiente de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano tiene a su cargo el registro
de Habilitación General de Vehículos Gastronómicos, y la asignación de los
emplazamientos por los procedimientos que se designen;
Que en tal inteligencia, se designó al Ministerio de Ambiente y Espacio Público como
autoridad a cargo del otorgamiento de permisos particulares de uso precario - art. 15
ley 5707;
Que mediante la Resolución N° 2018- 68-SSAGUEP, la Subsecretaría de
Administración General y Uso del Espacio Público fijó los lineamientos mediantes los
cuales los permiso particulares de uso precario;
Que mediante la Resolución N° RESFC-2017-1-MAYEPGC se aprobó el
procedimiento relativo a la habilitación general de vehículos gastronómicos y el
otorgamiento de permisos particulares de uso precario para la elaboración y
comercialización de alimentos y/o bebidas en vehículos gastronómicos en el marco de
la Ley N° 5.707;
Que mediante la Resolución N° RESDI-2018-150-LOTBA de fecha 27 de abril de
2018, Lotería de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el Reglamento de Sorteos LOTBA
para Terceros;
Que al día de la fecha se encuentran vehículos gastronómicos que cuentan con la
habilitación general correspondiente, ante esta Dirección General, que han declarado
formal interés en ejercer su actividad comercial en la vía pública sin perjuicio de su
actividad en el sector privado;
Que por tanto, resulta conveniente a los efectos del desarrollo de la actividad de los
vehículos gastronómicos en la Ciudad de Buenos Aires, delimitar el procedimiento por
el cual se asignarán los emplazamientos en los que los vehículos gastronómicos
podrán ejerce su actividad en la vía pública;
Que por tal, razón deviene necesario implementar el procedimiento de selección que
garantizarse la transparencia, publicidad, celeridad y seguridad en todas las etapas de
asignación de conformidad con la normativa vigente;
Por todo ello, y en uso de sus facultades,
Artículo 1°.- Apruebese el "Procedimiento de sorteo público de emplazamiento de
vehículos gastronómicos en el espacio público" que se detalla en el Anexo I (IF2018-
13473416-DGDGAS), el cual forma parte integrante de la presente Disposición.-
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal de la Vicejefatura de Gobierno. Villar Sánchez