RESOLUCIÓN 55 2018 VICEJEFATURA DE GOBIERNO

Síntesis:

SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN 28-AVJG-17 - PROGRAMA POTENCIATE - CONCURSO POTENCIATE GASTRONOMICO - DIRECCIÓN GENERAL POLÍTICAS DE JUVENTUD - SECRETARÍA DESARROLLO CIUDADANO - MODIFICACIÓN DEL TOPE DE EDAD - 29 A 35 AÑOS

Publicación:

17/05/2018

Sanción:

11/05/2018

Organismo:

VICEJEFATURA DE GOBIERNO


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) sus modificatorias, el Decreto N°

363/15 sus modificatorios, N° 578/16, las Resoluciones N° 73-AVJG/16, su

modificatoria N° 28-AVJG/17, el Expediente Electrónico N°-13456997-DGJP/18 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el actuado citado en el Visto la Dirección General Políticas de Juventud,

dependiente de la Secretaría Desarrollo Ciudadano propicia la modificación de la

Resolución N° 28-AVJG/16, a fin de ampliar la franja etaria del Programa

#POTENCIATE;

Que como antecedente procede destacar que a través de la Resolución N° 73-

AVJG/16 y su modificatoria N° 28-AVJG/17 se creó el Programa #POTENCIATE en el

ámbito de la Dirección General de Políticas de Juventud a fin de promover el trabajo

de jóvenes emprendedores entre quince (15) y veintinueve (29) años de edad a través

de actividades formativas, concursos y selección de proyectos para su estímulo o

premiación;

Que por su parte, mediante el Decreto N° 578/16 se estableció que el titular de la

Vicejefatura de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder

Ejecutivo aprueban los Programas de Gestión en el marco de sus respectivas

competencias;

Que en este marco, la Dirección General Políticas de Juventud mediante su Informe

IF-2018-13470281-DGPJ manifiesta que atendiendo a la experiencia recabada desde

la creación del Programa #POTENCIATE, resulta conveniente y compatible con el

rango etario la modificación del tope de edad previsto en veintinueve (29) a treinta y

cinco (35) años de modo de ampliar el universo de personas beneficiarias de los

objetivos oportunamente trazados en el marco de la política pública definida en el

mentado programa;

Que en un todo de acuerdo a lo hasta aquí expuesto, resulta procedente el dictado del

presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el art. 1° del Decreto N°578 /16,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

RESUELVE

Artículo 1°.- Modificase el apartado a) del Artículo 1° de la Resolución N° 28-AVJG/17,

que quedará redactado de la siguiente forma:

a) Generar, incentivar, fomentar, promocionar y fortalecer talentos; iniciativas

laborales, de emprendimiento, integración, voluntariado y de formación; expresiones

artísticas; desarrollo educacional, a través de concursos, festivales, ferias, eventos,

talleres, capacitaciones y asesoramiento a jóvenes de entre 15 a 35 años.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Políticas de

Juventud. Santilli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 55-AVJG-18 modifica el apartado a) del Art. 1 de la Resolución 28-AVJG-17.</p>