RESOLUCIÓN 28 2017 VICEJEFATURA DE GOBIERNO
Síntesis:
SE MODIFICA Y APRUEBA - BASES Y CONDICIONES - PROGRAMA #POTENCIATE - OBJETO - REQUISITO - CATEGORÍAS - A LA CARTA - COMIDA AL PASO - A DOMICILIO - DESARROLLO DEL CONCURSO - JURADO - PREMIOS - ENTREGA DE FONDOS - GANADORES - CRITERIOS DE EVALUACIÓN - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EJECUTORES - DELEGA FACULTADES - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE LA JUVETUD - DICTADO DE NORMAS ACLARATORIAS - INSTRUMENTALES - INTERPRETATIVAS - COMPLEMENTARIAS - JOVENES EMPRENDEDORES - ENTRE 18 Y 29 AÑOS - ACTIVIDADES FORMATIVAS - PROYECTOS - INICIATIVAS - CAPACITACIONES - ACTIVIDADES - CREACIÓN DE UN CONCURSO GASTRONÓMICO - CONCURSO POTENCIATE GASTRONÓMICO - INSCRIPCION - GASTOS Y RESTRICCIONES DE GASTOS DEL PROYECTO - DERECHO DE IMAGEN PROPIEDAD INTELECTUAL
Publicación:
30/03/2017
Sanción:
27/03/2017
Organismo:
VICEJEFATURA DE GOBIERNO
VISTO:
La Ley N° 5.460 su modificatoria, el Decreto N° 363/15 sus modificatorios, el Decreto
N° 578/16, la Resolución N° 73/AVJG/16, el Expediente Electrónico N° 7428472-
DGJP/17 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado citado en el Visto la Dirección General Políticas de Juventud
propicia la modificación de la Resolución N° 73-AVJG/16, a fin de ampliar el espectro
del Programa #POTENCIATE, y englobar distintos enfoques con el objeto de
establecer un nuevo esquema, generando acciones tendientes a la igualdad real de
oportunidades a todos los ámbitos aplicables a la juventud;
Que como antecedente del caso procede destacar que mediante la aludida Resolución
N° 73-AVJG/16 se creó el Programa #POTENCIATE en el ámbito de la Dirección
General Políticas de Juventud, a fin de promover el trabajo de jóvenes emprendedores
entre dieciocho (18) y veintinueve (29) años de edad a través de actividades
formativas, concursos y selección de proyectos para su estímulo o premiación;
Que por su parte cabe destacar que mediante el Decreto N° 578/16 se estableció que
el titular de la Vicejefatura de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del
Poder Ejecutivo aprueban los Programas de Gestión en el marco de sus respectivas
competencias;
Que en este marco, la Dirección General Políticas de Juventud manifiesta mediante su
Informe N° 7477159-DGJP/17, que de la experiencia recabada por el aludido
Programa #POTENCIATE y del relevamiento de información aportado por la "Encuesta
Joven 2016", surge que resulta conveniente y propicio ampliar y modificar el espectro
del programa en cuestión;
Que en este contexto la mentada Dirección General propone modificar las Bases y
Condiciones aprobadas mediante el artículo 1° de la citada Resolución N° 73-
AVJG/16, dándole un formato global e inclusivo de las diversas iniciativas, concursos,
capacitaciones y demás actividades conexas que se enmarcarán dentro del aludido
Programa #POTENCIATE;
Que asimismo, la Dirección General Políticas de Juventud propicia la creación de un
Concurso Gastronómico dentro del Programa #POTENCIATE, denominado "Concurso
Potenciate Gastronómico";
Que el aludido "Concurso Potenciate Gastronómico", tiene por objeto el fomento de la
juventud emprendedora, proactiva y creativa en lo gastronómico, a fin de apoyarla en
sus ideas y proyectos con impacto social positivo, propiciando a la inserción laboral;
Que se ha imputado el gasto que resultará del aludido concurso, a la partida
presupuestaria del ejercicio en vigor;
Que en un todo de acuerdo a lo hasta aquí expuesto, resulta procedente el dictado del
presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por artículo 1° del Decreto N° 578/16,
Artículo 1°.- Modifícanse las Bases y Condiciones del Programa #POTENCIATE,
aprobado mediante la Resolución N° 73-AVJG/16, en el ámbito de la Dirección
General Políticas de Juventud, las que quedarán redactadas de la siguiente forma:
"El Programa #POTENCIATE tendrá los siguientes objetivos:
a) Generar, incentivar, fomentar, promocionar y fortalecer talentos; iniciativas
laborales, de emprendimiento, integración, voluntariado y de formación; expresiones
artísticas; desarrollo educacional, a través de concursos, festivales, ferias, eventos,
talleres, capacitaciones y asesoramiento a jóvenes de entre 15 a 29 años.
b) Planificar, gestionar e implementar mecanismos de articulación entre los jóvenes
con Organismos Locales, Nacionales e Internacionales; Públicos Privados y/o del
Tercer Sector.
c) Convocar entidades e Instituciones Públicas o Privadas, con el objeto de desarrollar
y viabilizar acciones tendientes a la integración de los jóvenes en el ámbito académico,
artístico, recreacional, educacional y laboral."
Artículo 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones del Concurso denominado
"Concurso Potenciate Gastronómico", las que se agregan como Anexo I (IF-7549571-
AVJG/17), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.-El gasto que demande la implementación de las Bases y Condiciones del
"Concurso Potenciate Gastronómico", aprobadas mediante el artículo 2° de la presente
Resolución, será imputado en la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 4°.- Delégase en la Secretaría de Desarrollo Ciudadano la facultad de dictar el
correspondiente acto administrativo otorgando los premios a quienes resultaren
ganadores del Concurso aprobado mediante el artículo 2° de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Políticas de Juventud.
Santilli
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5098