RESOLUCIÓN 570 2003 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y PLANEAMIENTO URBANO
Síntesis:
SANEA LA RESOLUCIÓN N° 502/SMAYPU/03 S/ CESANTÍA AGENTE ENRIQUE SATURNINO MEDRANO F. N ° 227448
Publicación:
31/07/2003
Sanción:
21/07/2003
Organismo:
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y PLANEAMIENTO URBANO
Visto el Expediente N° 73.590/2000 y la Resolución N° 502/SMAYPU/2003, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada en el Visto tramita el Sumario N° 621/00, en el que según lo aconsejado por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen N° 40.233, correspondía ...sancionar con cesantía al agente Enrique Saturnino Medrano, ficha N° 227.488, quien revista en la Dirección General de Higiene Urbana.;
Que en tal sentido, se emitió la Resolución N° 502/SMAYPU/03, respetando la jurisdicción de prestación de servicios mencionada por dicha Procuración General, cuando en realidad el agente en cuestión presta servicios efectivos en el Ente de Higiene Urbana de la misma Secretaría;
Que por tal motivo y con carácter previo a la notificación del acto administrativo, se hace necesario sanear el mismo, tal como establece el artículo 19 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1.510/GCBA/97, y confirmar lo resuelto en la Resolución ya mencionada;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Sanéase la Resolución N° 502/SMAYPU/03, entendiéndose que la repartición de prestación de servicios del agente Enrique Saturnino Medrano, ficha N° 227.448 es el Ente de Higiene Urbana de la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano, confirmándose en todos sus otros términos el mencionado acto administrativo.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Recursos Humanos y, para su conocimiento y fehaciente notificación del agente en causa gírese al Ente de Higiene Urbana, repartición que deberá practicar la notificación simultánea de ambos actos administrativos. Cumplido, y a los efectos indicados en el artículo 2° de la Resolución N° 502/SMAYPU/03 in fine, remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Epszteyn