RESOLUCIÓN 217 2018 SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 86-SECISYU-16 - FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA VIVIENDA Y COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL - SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS CON COOPERATIVAS DE TRABAJO - TRAMITACIÓN - PAGO - APROBACIÓN - TAREAS DE MANTENIMIENTO - BARRIOS 31 - 31 BIS - SAN MARTÍN - VILLAS

Publicación:

15/06/2018

Sanción:

08/06/2018

Organismo:

SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 3.343, N°

5.460, el Decreto N° 363/GCABA/15 (texto actualizado) y sus modificatorio N°

154/GCABA/18, la Resolución N° 86/SECISYU/16, el Expediente N° 16267477-2018-

MGEYA-SECISYU, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 17

establece, que la Ciudad desarrolla políticas sociales coordinadas para superar las

condiciones de pobreza y exclusión mediante recursos presupuestarios, técnicos y

humanos;

Que, el artículo 31 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

reconoce el derecho a un hábitat adecuado;

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promueve la

participación y desarrollo de las organizaciones no gubernamentales, cooperativas,

mutuales y otras que tiendan al bienestar general;

Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires;

Que dentro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la Unidad de Gestión de

Intervención Social tiene la responsabilidad de formular, implementar y ejecutar

programas y planes habitacionales en orden a las villas, núcleos habitacionales

transitorios y barrios vulnerables, así como organizar, ejecutar y supervisar las obras

de solución, mejoramiento habitacional, mantenimiento del hábitat en las situaciones

de emergencia en villas y barrios vulnerables e integrarlos a la trama de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que en virtud de las responsabilidades descriptas, la Unidad de Gestión de

Intervención Social implementó el Desarrollo de Tareas de Saneamiento y

Mejoramiento en Villas, Asentamiento, Núcleos Habitacionales Transitorios y Barrios

Carenciados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instrumentado a través de

convenios con Cooperativas de Trabajo;

Que el Decreto N° 363/GCABA/15 (texto actualizado) creó en el ámbito de la Jefatura

de Gabinete de Ministros, a la Secretaría de Integración Social y Urbana, teniendo

entre sus responsabilidades primarias, coordinar el Plan de Urbanización Integral

Retiro - Puerto, promoviendo la interconectividad e integración del entramado urbano

entre las Villas 31 y 31 bis, la zona portuaria y la Ciudad, con la responsabilidad de

ejecutar y supervisar las obras de solución, mejoramiento habitacional y

mantenimiento del hábitat, en el ámbito de las mismas;

Que mediante Resolución N° 86/SECISYU/16 se delegó en la entonces Subsecretaría

de Planeamiento y Gestión Comunitaria la facultad para suscribir convenios con

Cooperativas de Trabajo en el marco de las acciones de Desarrollo de Tareas de

Saneamiento y Mejoramiento en Villas en el ámbito de los asentamientos de las Villas

31, 31 Bis y Barrio San Martín;

Que en virtud de las modificaciones introducidas en la estructura organizativa de la

Secretaría de Integración Social y Urbana por el Decreto N° 154/GCABA/18,

corresponde a la Gerencia Operativa Gestión Territorial dependiente de la

Subsecretaría de Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental, la

coordinación y control de la prestación efectiva de los servicios de mantenimiento en

las Villas 31 y 31 Bis y San Martín;

Que, a fin de adecuar los procedimientos al actual nivel de organización de la

Secretaría a cargo del suscripto, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución N°

86/SECISYU/16 mediante el dictado de un nuevo acto administrativo que delegue en

la Subsecretaría de Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental la

facultad de suscribir convenios con la Cooperativas de Trabajo en el ámbito de los

Barrios 31, 31 Bis y San Martín, así como encomendar la instrumentación de los

trámites de pago y su aprobación.

Por ello, en uso de las facultades que les son propias,

EL SECRETARIO DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA

RESUELVE

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 86/SECISYU/16, en función de lo

expuesto en los considerandos de la presente.

Artículo 2°.- Facúltese a la Subsecretaría de Infraestructura, Vivienda y Coordinación

Gubernamental para suscribir convenios con Cooperativas de Trabajo, tramitar su

pago y aprobación, en el marco de las acciones de desarrollo de tareas de

mantenimiento prestados en el ámbito de los Barrios 31, 31 Bis y San Martín.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Subsecretarías de Infraestructura, Vivienda y Coordinación

Gubernamental y de Integración Social y Económica, y a efectos de continuidad del

trámite gírese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de

Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 217-SECISYU-18 deja sin efecto la Resolución 86-SECISYU-16.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 2 Resolución 217-SCISYU-18 faculta a la Subsecretaría de Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental suscribir convenios con Cooperativas de Trabajo, tramitar su pago y aprobación, en el marco de las acciones de desarrollo de tareas de mantenimiento prestados en el ámbito de los Barrios 31, 31 Bis y San Martín, previstas por Ley 3343. </p>