DECRETO 204 2018

Síntesis:

SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGÁNICA - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - VICEJEFE - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - VICEJEFATURA DE GOBIERNO -  SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO - SUBSECRETARÍA DE DEPORTES - DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL - BIENESTAR CIUDADANO - COORDINACIÓN Y PROMOCIÓN DE EVENTOS - MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS -   DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - DESARROLLO FAMILIAR - POLÍTICAS DE JUVENTUD - DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO - INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA - CONVIVENCIA EN LA DIVERSIDAD - COLECTIVIDADES - DESARROLLO SALUDABLE - DESARROLLO GASTRONÓMICO - DESARROLLO DE MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) AUTÓDROMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ÓRGANO GARANTE DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN (LEY N° 5.784) - JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 - CONSEJO ASESOR EN POLÍTICAS PÚBLICAS DE MEMORIA (LEY N° 4.929) - CONSEJO DE GESTIÓN DEL PARQUE DE LA MEMORIA Y DEL MONUMENTO A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO (LEY N° 3.078) - GERENCIA OPERATIVA DESARROLLO DEPORTIVO - GESTIÓN DE PROYECTOS E INFRAESTRUCTURA - UNIDAD ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS - COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL - COMPRAS Y CONTRATACIONES - CONTROL PATRIMONIAL Y GESTIÓN DE CONTRATOS - LEGALES - OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL - OGESE - RECURSOS HUMANOS - PLANIFICACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA JUVENTUD - FORMACIÓN Y EMPLEABILIDAD JUVENIL - ASUNTOS JURÍDICOS - PRESUPUESTO - CONTABILIDAD Y PATRIMONIO - PLANEAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS - INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL - SALUD Y PREVENCIÓN - CAPACITACIÓN E INCLUSIÓN PARA LA EMPLEABILIDAD - DESARROLLO PROFESIONAL - EVENTOS - EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE ESCOLAR - POLIDEPORTIVOS - CLUBES DE BARRIO Y FEDERACIONES - PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE DERECHOS - PRODUCCIÓN Y LOGÍSTICA - SUBGERENCIA OPERATIVA - ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS - DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL - COMPLEJO GOLF VELÓDROMO - PARQUE DOMINGO F. SARMIENTO - PARQUE MANUEL BELGRANO (EX “KDT”) - CLUBES DE BARRIO - FEDERACIONES - DIVERSIDAD DE GÉNERO - PROGRAMAS CULTURALES Y SOCIALES DE COLECTIVIDADES - POLÍTICAS ALIMENTARIAS Y NUTRICIONALES - ARTICULACIÓN DE POLÍTICAS SALUDABLES - FORTALECIMIENTO DE POLÍTICAS SALUDABLES - MERCADOS GASTRONÓMICOS - ÁMBITO ESCOLAR SALUDABLE - ESTACIONES SALUDABLES - CONTENIDOS Y CAPACITACIÓN - DESARROLLO DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DEL SECTOR COMERCIAL Y DE SERVICIOS - DESARROLLO DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DEL SECTOR COMERCIAL Y DE LA CONSTRUCCIÓN

Publicación:

26/06/2018

Sanción:

21/06/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria N° 5.960, los

Decretos Nros. 684/09, 363/15 y modificatorios, y 66/17 y el Expediente Electrónico N°

EX-2018-15796966-MGEYA-AVJG, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria N° 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la

Vicejefatura de Gobierno;

Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que mediante el Decreto N° 66/17 se modificó la estructura correspondiente al

régimen gerencial de la Vicejefatura de Gobierno, en sus dos niveles, Gerencia y

Subgerencia Operativa;

Que en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar

modificaciones en la estructura organizativa de la Vicejefatura de Gobierno, a los fines

de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia de sus

competencias;

Que asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen

Gerencial de la Vicejefatura de Gobierno, quedando modificado parcialmente el

Decreto N° 66/17.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°. - Modificase, a partir del 1° de junio de 2018, la estructura organizativa de

la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando

modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, de acuerdo con los

Anexos I (IF-2018-15827420-SECDCI) (Organigrama) y II (IF-2018-15827725-

SECDCI) (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos forman parte

integrante del presente Decreto.

Artículo 2°. - La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la

Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno deberá informar,

en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del

Ministerio de Economía y Finanzas la asignación de la dotación de la Vicejefatura de

Gobierno a las distintas gerencias y subgerencias operativas en virtud de lo

establecido en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 3°. - El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 4°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil,

ambas del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás

efectos, remítase a la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5401

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 204-18 modifica, a partir del 1 de junio de 2018, la estructura organizativa de la Vicejefatura de Gobierno, quedando modificado parcialmente el Decreto 363-15 y sus modificatorios.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 82-19 modifica  la estructura correspondiente al Régimen Gerencial de la Vicejefatura de Gobierno, quedando modificado parcialmente el Decreto 204-18.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 204-18 modifica Gerencias y Subgerencias de la Vicejefatura de Gabinete, quedando modificado el Decreto 363-15 y su modificatorio Decreto 66-17.</p>