RESOLUCIÓN 93 2018 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
CREA - EDITORIAL DE AUDITORES DEL ESTADO - ESCUELA DE AUDITORES DEL ESTADO - SINDICATURA GENERAL - EDICIÓN PUBLICACIONES ACADÉMICAS - JURISDICCIONES - ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA Y DESCENTRALIZADA
Publicación:
02/07/2018
Sanción:
15/06/2018
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70 (BOCBA
N° 539), la Resolución N° 31-SGCBA/17 (BOCBA N° 5.122), y el Expediente
Electrónico N° 16.573.395-MGEYA-GGTALSGCBA/18, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de
las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa
y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) fijó los Sistemas de Gestión,
Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y
estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que el artículo 119 de la Ley citada en los considerandos precedentes determina que
la Ciudad de Buenos Aires cuenta con un modelo de control integral e integrado;
Que este modelo de control comprende el control interno y externo del sector público,
que opera de manera coordinada en la elaboración y aplicación de sus normas;
Que el artículo 130 inciso 2) de la Ley citada, otorga al/a la Síndico/a General las
atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura
General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de
personal;
Que el Sistema de Control Interno comprende el plan de organización y todos los
métodos y procedimientos que en forma coordinada adopta el Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires en todas las jurisdicciones que componen la administración central y
descentralizada, cualquiera fuera su modalidad;
Que la implantación de un Sistema de Control Interno de las características previstas
en la Ley citada en los considerandos precedentes exige un enfoque interdisciplinario
para el logro de una gestión eficiente y eficaz;
Que para la consecución de dicho objetivo devino necesario conformar un ámbito de
estudio, investigación, seguimiento, evaluación y propuestas de políticas vinculadas al
Control, locales y comparadas, aplicadas y/o aplicables en la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante Resolución N° 31-SGCBA/17 se creó la Escuela de Auditores del
Estado en el ámbito de la Sindicatura General de la Ciudad como espacio de
asesoramiento académico, de reflexión y producción académica en los temas de
administración pública y control gubernamental;
Que dicha Escuela tiene, entre otra funciones, la de "Actuar como organismo editor en
todas las publicaciones de esta y especialmente en la Revista de Auditores del Estado
y los Informes Temáticos de Auditoría";
Que la Revista de Auditores del Estado que emite la Escuela se nutre del desarrollo de
estudios, investigaciones, publicaciones, así como también del estudio del desarrollo
de programas de formación académica y perfeccionamiento técnico, en materia de
administración pública, control interno y auditoría gubernamental;
Que en razón de lo expuesto, resulta conveniente la implementación de un sello
editorial propio a través de la creación de la Editorial de Auditores del Estado en el
ámbito de la Escuela de Auditores del Estado de la Sindicatura General de la Ciudad
de Buenos Aires;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 16.781.835-
GGTALSGCBA/18.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 70 (texto consolidado
por Ley N° 5.666),
LA SÍNDICA GENERAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°.- Créase la "Editorial de Auditores del Estado", que funcionará en la órbita
de la Escuela de Auditores del Estado de la Sindicatura General de la Ciudad.
Artículo 2°.- Establécese que la Editorial de Auditores del Estado tendrá como objeto la
edición de todas las publicaciones académicas de esta Sindicatura General y de las
jurisdicciones y/o entidades que componen la administración centralizada y
descentralizada del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que
así lo soliciten.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al/a la Síndico/a General Adjunto/a, a la Unidad de Auditoría Interna, a la
Gerencia General Auditoría Jurisdicción I, a la Gerencia General Auditoría Jurisdicción
II, a la Gerencia General Auditoría de Comunas, a la Gerencia Relaciones
Institucionales y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General
Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda