RESOLUCIÓN 284 1998 SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS DE SALUD

Síntesis:

SECRETARIA DE SALUD. CRÉASE LA COMISIÓN ASESORA DE MEDICINA NUCLEAR

Publicación:

19/05/1998

Sanción:

30/03/1998

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS DE SALUD


Visto la importancia que presentan actualmente las acciones referidas a Medicina Nuclear en la salud de la población y;

CONSIDERANDO:

Que las actividades referidas al uso de material radioactivo en los Servicios, de Medicina Nuclear requiere el Concurso y la Coordinación de los especialistas de los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires, para procurar el mejor resultado de las mismas;

Que la atención del paciente en general y el requerimiento terapéutico en particular conlleva un problema de altos costos y consecuente necesidad de normatización;

Que asimismo, es conveniente establecer un asesoramiento idóneo de las Secretaria de Salud en los temas de prevención, protocolarización y accesibilidad;

Que es conveniente por lo expuesto la creación de una Comisión Asesora de Medicina Nuclear integrada por los especialistas de los establecimientos asistenciales de la Ciudad;

Que asimismo, requiere consideración específica de la organización de los servicios con enfoque de red; en el marco que establece la Resolución N° 361/SS/96;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

Art. 1° - Créase la Comisión Asesora de Medicina Nuclear de la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, que dependerá funcionalmente de la Dirección General de Atención de la Salud.

Art. 2° - La Comisión Asesora estará integrada por los siguientes profesionales:

Coordinador:

Dr. Osvaldo Abella- Hospital Maria Curie

Miembros:

Dr. Guillermo Bruno-Hospital Elizalde.

Dra. Mabel Miremberg-Hospital Gutiérrez

Dr. Rubén Plotkin- Hospital Fernández

Dra. Elba Schieff- Hospital Pirovano

Sra. Susana Savere- Hospital Alvarez

Dr. Juan Ceriani- Hospital Ramos Mejía

Dra. Ana María Fadel- Hospital Durand

Dr. Oscar Casado- Hospital Penna

Dr. Juan Bosco Loaisa- Hospital Rivadavia

Art. 3° - Serán funciones de la Comisión Asesora:

a) La elaboración y actualización permanente de los criterios y normas de atención de la especialidad, a fin de procurar su generalización en todos los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires.

b) El asesoramiento a la Secretaría de Salud ante su requerimiento, sobre temas de incumbencia de la especialidad.

Art. 4° - Las Comisiones podrán conformar subgrupos de trabajo e invitar a personalidades vinculadas con la materia de su incumbencia, para el cumplimiento de sus funciones.

Art. 5° - Créase la Comisión de Red de Medicina Nuclear en el marco de la Resolución N° 361/SS/96.

Art. 6° - La Comisión de Red estará integrada por los siguientes profesionales:

Coordinador:

Dr. Juan Ceriani- Hospital Ramos Mejía

Miembros:

Dra. Mabel Miremberg- Hospital Gutiérrez

Dra. Susana Savere- Hospital Alvarez

Dr. Osvaldo, Abella- Hospital María Curie

Art. 7°- La Comisión de Red de Medicina Nuclear tendrá por objetivo la formulación, implementación, coordinación y supervisión de la red de Servicios de Medicina Nuclear de los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo contar con la colaboración de los demás integrantes de la Comisión Asesora creada por la presente Resolución.

Art. 8° - La Comisión de Red de Medicina Nuclear deberá cumplimentar las actividades previstas en la Resolución N° 361/SS/96, Artículos 5°, 7°, y 8°, en la materia de su competencia.

Art. 9° - La Dirección General de Atención de la Salud cursará invitación a la Asociación de Médicos Municipales para incorporar representantes a las Comisiones creadas por la presente Resolución.

Art. 10 - Regístrese, publíquese, comuníquese a los profesionales enumerados en los artículos 2° y 6°, a la Dirección General de Atención de la Salud y a las Direcciones de los establecimientos asistenciales. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Artículos 5°, 7°, 8°