DISPOSICIÓN 30 2018 DIRECCION GENERAL DE CIUDADANIA PORTENA
Síntesis:
ACTUALIZA MONTO - BENEFICIO - PROGRAMA CIUDADANÍA PORTEÑA - CON TODO DERECHO - PAGO JUNIO DE 2018 - VARIACIÓN CANASTA BÁSICA ALIMENTARIA - INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - INDEC - DIRECCIÓN GENERAL DE CIUDADANÍA PORTEÑA
Publicación:
05/07/2018
Sanción:
25/06/2018
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE CIUDADANIA PORTENA
VISTO:
La Ley N° 1878 (texto consolidado Ley N° 5666), el Decreto N° 249/2014, el Decreto
N° 363/15 y sus modificatorios y el Expediente Electrónico N° 17797309-MGEYA-
DGCPOR-2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1878 (texto consolidado Ley N° 5666) creó el Programa "Ciudadanía
Porteña. Con todo Derecho" con el objeto de efectuar una transferencia de ingresos a
integrantes de hogares beneficiarios, dirigida a sostener el acceso a la alimentación,
educación y protección de la salud de niños, niñas y adolescentes y su grupo familiar,
la búsqueda de empleo y la reinserción en el mercado laboral de los adultos;
Que el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Dirección General Ciudadanía Porteña, en la órbita de la
Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario del Ministerio de Hábitat y
Desarrollo Humano;
Que en la actualidad, el Programa "Ciudadanía Porteña. Con todo Derecho" funciona
en el ámbito de la mentada Dirección General Ciudadanía Porteña;
Que el artículo 8° de la Ley N° 1878 (texto consolidado Ley N° 5666), establece la
modalidad y monto del beneficio que se otorga en el marco del referido Programa y
determina que la actualización de la prestación monetaria se realiza semestralmente
en función de la variación de la canasta básica alimentaria según el Instituto Nacional
de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC);
Que la última actualización de la prestación se materializó en el pago correspondiente
al mes de Diciembre de 2017, por lo que resulta oportuno y necesario, a fin de dar
cumplimiento con los términos de norma precitada, aprobar un nuevo incremento del
monto del beneficio en cuestión.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE CIUDADANÍA PORTEÑA
DISPONE:
Artículo 1°.- Actualízase el monto del beneficio a otorgar en el marco del Programa
"Ciudadanía Porteña. Con todo Derecho" contemplado en el artículo 8° de la Ley N°
1878 (texto consolidado Ley N° 5666), a partir del pago correspondiente al mes de
Junio de 2018, conforme la variación de la canasta básica alimentaria según el
Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC).
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a la Subsecretaría de
Fortalecimiento Familiar y Comunitaria y a la Dirección General Técnica Administrativa
y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese.
Rodríguez Centenaro