DISPOSICIÓN 15 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
CREACIÓN - COMITÉ DE REVISIÓN - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - DESIGNA INTEGRANTES - LUCÍA GRISELDA GABELLI - DIRECTORA GENERAL DE CONTADURÍA - KARINA MARIANA FARIÑA - SUBGERENTE OPERATIVA PLANEAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS - KARINA GEMMASE - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA
Publicación:
11/07/2018
Sanción:
05/07/2018
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VISTO:
El Decreto N° 352/14, y los Expedientes electrónicos N° 17773241-MGEYA-DGCG-
2018, N° 16322916-MGEYA-DGCG-2018, N° 10479866-MGEYA-DGCG-2018, N°
05308654-MGEYA-DGCG-2018, N° 09084137-MGEYA-DGCG-2018, N° 10477549-
MGEYA-DGCG-2018, N° 05311092-MGEYA-DGCG-2018, N° 08905806-MGEYA-
DGCG-2018, N° 09321375-MGEYA-DGCG-2018, N° 08837194-MGEYA-DGCG-2018,
N° 05313729-MGEYA-DGCG-2018, N° 11204715-MGEYA-DGCG-2018, N° 08227534-
MGEYA-DGCG-2018, N° 08227888-MGEYA-DGCG-2018, N° 06427639-MGEYA-
DGCG-2018, N° 05315011-MGEYA-DGCG-2018, N° 05318640-MGEYA-DGCG-2018,
N° 09072917-MGEYA-DGCG-2018, N° 05322228-MGEYA-DGCG-2018, N° 07402205-
MGEYA-DGCG-2018, N° 08857250-MGEYA-DGCG-2018, N° 05685174-MGEYA-
DGCG-2018, N° 09139364-MGEYA-DGCG-2018, N° 07811296-MGEYA-DGCG-2018,
N° 05334390-MGEYA-DGCG-2018, N° 07395892-MGEYA-DGCG-2018, N° 09007544-
MGEYA-DGCG-2018, N° 10637997-MGEYA-DGCG-2018, N° 08228333-MGEYA-
DGCG-2018, N° 08839032-MGEYA-DGCG-2018, N° 08859095-MGEYA-DGCG-2018,
N° 08229254-MGEYA-DGCG-2018, N° 09071601-MGEYA-DGCG-2018, N° 05348808-
MGEYA-DGCG-2018, N° 05683726-MGEYA-DGCG-2018, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 352/14 se aprobó el Régimen de Evaluación de Desempeño anual
aplicable al personal comprendido en el artículo 4° la Ley N° 471 y aquel aplicable al
Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que en dicha norma, en su Anexo I (IF-2014-11616471-DGPLC), se estableció que
para el personal comprendido en el artículo 4° de la Ley N° 471, ante un pedido de
revisión, se conformará un Comité de Revisión, el cual estará integrado por tres (3)
miembros, siendo éstos la Autoridad Superior del Área, con jerarquía no inferior a
Director General, en la cual fue evaluado el agente, o el superior inmediato de dicha
Autoridad; un representante de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos o
equivalente, con rango no inferior a Subgerente Operativo, según jurisdicción, y un
representante Gremial, con mandato suficiente y con representación en el área que
revista el evaluado;
Que en este sentido, en el caso de efectores de salud, los/as Directores/as de los
mismos o superiores integrarán el Comité de Revisión, como autoridad superior del
área y en el caso de los establecimientos escolares, lo hará el/la Supervisor/a Escolar
correspondiente;
Que en este contexto, el Comité de Revisión se designará por acto administrativo
emanado del Director General Técnico Administrativo Legal o equivalente según
jurisdicción y en el caso de los establecimientos escolares por la Dirección General
Personal Docente y No Docente dependiente de la Subsecretaría de Políticas
Educativas y Carrera Docente del Ministerio de Educación;
Que por lo expuesto, corresponde conformar el Comité de Revisión correspondiente, a
efectos de resolver los pedidos de revisión que surjan en el presente período de
evaluación de desempeño.
Por ello, en virtud del Decreto N° 352/14 y de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL TECNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
DISPONE:
Artículo 1°.- Créase el Comité de Revisión correspondiente a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 2°.- Desígnase como integrantes del Comité de Revisión a la Cdora. Lucía
Griselda Gabelli, CUIL 27-20069128-3, Directora General de Contaduría; a la Sra.
Karina Mariana Fariña CUIL N° 27-23866911- 7, Subgerente Operativa de
Planeamiento de Recursos Humanos; y a la Sra. Karina Gemmasse CUIL N° 27-
20862141-1, en representación del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la
Ciudad de Buenos Aires (Sutecba).
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General de
Contaduría dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Desarrollo del Servicio
Civil, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de
Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Delgado