DISPOSICIÓN 34 2018 DIRECCI? GENERAL DE PROMOCI? CULTURAL

Síntesis:

CONVOCATORIA - INSCRIPTOS - PROGRAMA BARRIOS CREATIVOS - PARTICIPANTES FOROS - ACTORES CULTURALES - MODALIDAD VENTANILLA ABIERTA - FORTALECIMIENTO DE EVENTOS Y ACTIVIDADES CULTURALES BARRIALES - APRUEBA BASES Y CONDICIONES - CONVOCATORIA - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - FORMULARIO DE PUNTUACIÓN - ANEXO IV FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN A FOROS SEMANALES - DESIGNACIÓN - COMITÉ EVALUADOR - DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA - PATRIMONIO MUSEOS Y CASCO HISTÓRICO - INSCRIPCIÓN - FECHA LÍMITE - 15 DE NOVIEMBRE 

Publicación:

17/07/2018

Sanción:

05/07/2018

Organismo:

DIRECCI? GENERAL DE PROMOCI? CULTURAL


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) modificada por Ley N° 5.960, el

Decreto N° 363/GCBA/15 y su modificatorio el Decreto 119-GCBA-2018, la Resolución

2067-MCGC-18 modificada por Resolución N° 2332-MCGC-18, el Expediente

Electrónico N° EE-2018-16479368-DGPCUL y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley 5.666), modificada por Ley N°

5.960 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplándose, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de

Cultura;

Que mediante el Decreto N° 363/GCBA/15 y modificatorio, Decreto 119-GCBA-18, se

aprobó la estructura orgánico funcional del mencionado Ministerio, contemplando a la

Subsecretaría de Gestión Cultural, y estableciendo bajo su órbita a la Dirección

General Promoción Cultural,

Que, entre las responsabilidades primarias de la Dirección General Promoción Cultural

se encuentra "Implementar las diferentes acciones tendientes a promover la

participación cultural";

Que por Resolución 2067-MCGC-2018 modificada por la Resolución N° 2332-MCGC-

18, se creó en el ámbito del Ministerio de Cultura el Programa "Barrios Creativos", con

el objeto de promover el fortalecimiento del sector cultural, la descentralización de

recursos y herramientas, y la consolidación y articulación entre los diferentes barrios

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en el artículo 5° de la mencionada Resolución se designó a esta Dirección

General Promoción Cultural como autoridad de aplicación del Programa, facultándola,

entre otras cosas, a adoptar decisiones reglamentarias y operativas necesarias para la

implementación del mismo,

Que con motivo de impulsar y promover eventos y actividades culturales en los

diferentes barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se propicia convocar a

aquellos actores socioculturales que se encuentren inscriptos y/o participando del

Programa BARRIOS CREATIVOS, a fin de que presenten propuestas culturales que

cumplan con el espíritu del Programa: trabajo colaborativo, red cultural, identidad

barrial entre otros;

Que de las propuestas recibidas se seleccionarán los eventos a fortalecer hasta llegar

al tope del presupuesto destinado a la presente convocatoria.

Que se ha imputado el gasto que resultará de la presente convocatoria, a la partida

presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete en virtud de la Ley 1218 (texto consolidado por Ley 5666);

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

LA DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL

DISPONE

Artículo 1°.- Convócase a personas humanas y jurídicas que se hayan inscripto en el

Programa "Barrios Creativos" y/o estén participando de los foros como actores

culturales, que tengan domicilio y/o realicen su actividades en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, a participar de la convocatoria de modalidad ventanilla abierta, para el

Fortalecimiento de eventos y actividades culturales barriales, conforme los requisitos

expuestos en las Bases y Condiciones Anexo I IF-18859635-DGPCUL-2018, que a

todos sus efectos forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones de la convocatoria para el

"Fortalecimiento de eventos culturales barriales" y demás anexos, los cuales se

identifican como Anexo I: "Bases y Condiciones" (IF-2018-18859635 -DGPCUL);

Anexo II: "Formulario de Inscripción" (IF-2018-18859827-DGPCUL); Anexo III:

"Formulario de Puntuación" (IF-2018-18860209-DGPCUL), "Anexo IV Formulario de

Inscripción a Foros Semanales" (IF-2018-18860288-DGPCUL), los que a todos sus

efectos forman parte integrante de la presente.

Artículo 3°. Desígnase a las personas que conformarán el Comité Evaluador de la

presente convocatoria:

1. Mora Scillamá DNI N° 30.036.861, en su carácter de Directora General de la

Dirección de Promoción Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

2. Juan Vacas DNI N° 26.873.064, en su carácter de Director General de Patrimonio,

Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

3. Cecilia Pochat DNI N° 25.021.308 en su carácter de referente del sector de la

cultura independiente.

Artículo 4°.- Establécese que las personas humanas o jurídicas interesados en

participar de la presente convocatoria deberán inscribirse, a partir de la fecha de

publicación de la presente norma en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

hasta el 15 de noviembre del corriente año, hasta 60 días corridos antes de la fecha

planificada para la realización del evento o actividad a fortalecer, en el horario de 11 a

las 15 horas en la Mesa de Entradas de la Dirección General Promoción Cultural, sita

en Avda de Mayo 757, 3° piso, oficina 306 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 5°.- Determínase que serán seleccionados un total de eventos a fortalecer

hasta consumir el presupuesto asignado al presente, los que accederán a un conjunto

de servicios agrupados en función de categorías, en adelante identificados como Pack

A, B y C. El Comité procederá a evaluar y calificar las postulaciones realizadas, de

conformidad con el procedimiento y criterios de evaluación que se establecen en el

punto 5.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Scillama


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5415

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 34-DGPCUL-18 realiza una convocatoria para el Fortalecimiento de eventos y actividades culturales barriales, dirigida quienes se hayan inscripto en el Programa Barrios Creativos, creado por la Resolución 2067-MCGC-2018.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 Disposición 59-DGPCUL-18 modifica conformación del Comité Evaluador establecida en art. 3 Disposición 34-DGPCUL-2018.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1º Disposición 37-DGPCUL - rectifica Anexo I Disposición 34-DGPCUL-18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2° de la Disposición 38-DGPCUL-18 rectifica el Anexo I de la Disposición 34-DGPCUL-18.</p>