RESOLUCIÓN 2067 2018 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

CREA - PROGRAMA BARRIOS CREATIVOS - MINISTERIO DE CULTURA - PRIMERA EDICIÓN - OBJETO - PROMOVER EL FORTALECIMIENTO DEL SECTOR CULTURAL - CONVOCATORIA - PERSONAS HUMANAS Y JURÍDICAS - CON DOMICILIO O REALICEN ACTIVIDADES EN LA CIUDAD - CUYA ACTIVIDAD SE ENCUENTRE ORIENTADA A LA CULTURA - APRUEBA BASES Y CONDICIONES DEL PROGRAMA - ANEXOS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL - MARCO GENERAL - DESTINATARIOS - FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN - EVALUACIÓN Y SELECCIÓN - ACTA ACUERDO - LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD - FORMULARIO DE POSTULACIÓN - DECLARACIÓN JURADA - MANIFESTACIÓN DE AUTORÍA

Publicación:

07/05/2018

Sanción:

03/05/2018

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), Decreto N° 363/15 y

modificatorios, el EX-2018-08125200- -MGEYA-DGTALMC y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley 5.666) se aprobó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose,

entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Cultura;

Que mediante el Decreto N° 363/15 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del mencionado Ministerio, contemplando a la Subsecretaría de Gestión

Cultural, y estableciendo entre sus responsabilidades primarias, la de diseñar y

conducir las políticas tendientes a promover la participación cultural a través de la

realización de actividades artísticas, programas socio culturales y científicos,

proyectos, eventos, seminarios, convenios y concursos;

Que en ese marco, y con el objetivo de amplificar y potenciar las experiencias de

encuentro y celebración en torno a hechos culturales que tiendan a la conformación de

una red cultural territorial, este Ministerio impulsa el programa BARRIOS CREATIVOS

destinado a seleccionar propuestas colaborativos, convocando a dicho fina todos los

actores socioculturales de cada uno de los barrios que integran la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, a participar.

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete en virtud de la Ley 1218 (texto consolidado por Ley 5666);

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias.

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase el Programa BARRIOS CREATIVOS, con el objeto de promover el

fortalecimiento del sector cultural, basado en la descentralización de los recursos y

herramientas, así como la consolidación y articulación entre los diferentes barrios de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Convócase a las personas humanas y jurídicas que tengan domicilio o

realicen actividades en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad se

encuentre orientada a la cultura, a participar de la 1° Edición del Programa "Barrios

Creativos".

Artículo 3°.- Apruébase las Bases y Condiciones del Programa Barrios Creativos y los

Anexos, los cuales se identifican como Anexo I: "Bases y Condiciones" (IF-2018-

12570739-MCGC); Anexo II: "Formulario de Postulación" (IF-2018-12570776--MCGC);

Anexo III Declaración Jurada (IF-2018-12570805-MCGC); Anexo IV: "Manifestación de

Autoría" (IF-2018-12570837-MCGC) y ANEXO V Acta Acuerdo (IF-2018-12570878- -

MCGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente.

Artículo 4°.Determínase que todos los interesados deberán realizar su postulación a

través del mentor que corresponda a su comuna, de acuerdo a lo estipulado en las

"Bases y Condiciones" Anexo I de la presente norma, desde el día de la publicación de

la presente norma hasta los 60 días corridos inclusive.

Artículo 5°.La DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL, será la

autoridad de aplicación del programa Barrios Creativos, y estando facultada a efectuar

la convocatoria y adoptar las decisiones reglamentarias y operativas necesarias para

su implementación, como así también la suscripción del Anexo V "ACTA ACUERDO",

con intervención, cuando corresponda, de las áreas técnicas dependientes de la

Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio de Cultura.

Artículo 6°.- Determínase que se seleccionará un (1) proyecto como ganador,

recibiendo un premio que consistirá en la suma de hasta PESOS CINCO MILLONES

QUINIENTOS MIL ( $ 5.500.000) y tres (3) menciones especiales que consistirán en la

suma de hasta PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000) cada una de

ellas, conforme lo expuesto en las Bases y Condiciones aprobadas en el artículo 3°.

Artículo 7°.- El gasto que demande la implementación del presente Programa será

imputado a la partida presupuestaria correspondiente al año 2018.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archívese. Avogadro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5367

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo N° 1 de la Resolución N° 5258-MCGC/21 aprueba el Programa “Barrios Creativos – “2da Edición modalidad Uso de Espacio Presencial” creado por Resolución N° 2067-MCGC/18.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 3021-MCGC/21 aprueba la Segunda Edición Modalidad Uso de Espacio y Técnica para Grabación, en el marco del Programa Barrios Creativos, el cual fuera creado mediante la Resolución N° 2067-MCGC/18.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 2344-MCGC/21 aprueba la Segunda Edición del Programa Barrios Creativos Modalidad Virtual, creado por Resolución 2067-MCGC/18 y sus modificatorias.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2332-MCGC-18 modifica el punto 4 EVALUACION Y SELECCIÓN, Apartado Premio y menciones del ANEXO I BASES Y CONDICIONES aprobado por Resolución 2067-MCGC-18.</p><p>Art. 2 modifica el punto 4 EVALUACION Y SELECCIÓN, Apartado Mentores del ANEXO I BASES Y CONDICIONES.</p><p>Art. 3 modifica el punto 6 LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD, Del Proyecto del ANEXO I BASES Y CONDICIONES.</p><p>Art. 4 modifica los puntos 10 y 13 del apartado Requisitos generales del ANEXO II FORMULARIO DE POSTULACIÓN.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 65-DGPCUL-18 autoriza la realización del evento Cierre del Programa Barrios Creativos, creado por Resolución 2067-MCGC-18.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 34-DGPCUL-18 realiza una convocatoria para el Fortalecimiento de eventos y actividades culturales barriales, dirigida quienes se hayan inscripto en el Programa Barrios Creativos, creado por la Resolución 2067-MCGC-2018.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 452-MCGC-19  sustituye Anexo V - ACTA ACUERDO, IF 2018-12570878-MCGC, aprobado por el Artículo 3° de la Resolución 2067-MCGC-2018, por el Anexo I - ACTA ACUERDO IF 2019-03875556-MCGC.</p>