RESOLUCIÓN 4685 1997 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO CON LA EMPRESA NIRO CONSTRUCCIONES S.A. - COMISIÓN DE VERIFICACIÓN DE CRÉDITOS DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

22/05/1998

Sanción:

23/05/1997

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 137-CVDExMCBA-96 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la empresa Niro Construcciones S.A. hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera, del Gobierno de la Ciudad, con fecha 13 de febrero de 1997 la empresa en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada al 09/05/96 asciende a la suma de pesos ciento setenta y ocho mil quinientos noventa y cinco con ochenta y cuatro ctvs. ($ 178.595,84);

Que con fecha 28 de febrero de 1997 la empresa Niro Construcciones S.A. acepta la opción consistente el pago sin quita de la deuda verificada en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96 en consecuencia se le reconoce en dicho término, la suma de pesos ciento setenta y ocho mil quinientos noventa y cinco con ochenta y cuatro ctvs. ($ 178.595,84) la cual será abonada en veinticuatro (24) cuotas mensuales consecutivas a partir del 01/01/98 incluyéndose los intereses sobre saldos a una tasa del doce por ciento (12%) efectivo anual, desde el vencimiento incluido en cada una de ellas y hasta el 01/12/97, conforme al sistema francés de amortización, descontando de la primera de ellas la retención de Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder;

Que a los 16 días del mes de mayo de 1997 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a labrar el acta correspondiente.

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el Art. 8° de la citada norma;

Por lo expuesto y en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96, en su Art. 9°;

EL SECRETARIO
DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 16 de mayo de 1997, por la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa Niro Construcciones S.A., que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente

Art. 2° - Notifíquese a la Dirección General de Contaduría General a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto N° 225 GCBA-96.

Art. 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestaria, Contaduría General, Tesorería General, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.


ANEXOS

Anexo I
ACTA ACUERDO

Entre: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por funcionarios de la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (Dto. N° 225-GCBA-96), designados por Resolución N° 7 S.H.yF. del 07/10/96, con domicilio en Avda. de Mayo 525, Capital Federal, por una parte y la firma Niro Construcciones S.A., en adelante "El Acreedor", titular de los contratos de "remodelación el 1° y 6° piso del Edificio Del Plata / remodelación del edificio Hostal del Ciervo (nueva sede del Museo Sívori)", que suscribiera con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en Av. Córdoba 807, Piso 4° y 8°, Capital Federal, representada en este acto por el señor Lucio Niro, por la otra.

ANTECEDENTES: “El Acreedor” solicitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N° 225-GCBA-96.

Cumplidas las intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7° de aquella norma, la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:

Artículo 1°: En el Anexo I, que suscripto, por separado forma parte integrante de la presente, se detalla la suma verificada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente Acuerdo, la cual asciende a pesos ciento setenta y ocho mil quinientos noventa y cinco con 84 ctvs. ($ 178.595,84).

Artículo 2°: “El Acreedor" ha aceptado entre las opciones oportunamente propuestas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la de abonar la suma indicada en el Art. 1° de la presente, en veinticuatro (24) cuotas, según se detalla en el artículo siguiente.

Artículo 3°: El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a “El Acreedor” en los términos del inciso a) Art. 14 del Decreto N° 225-GCBA-96 el importe determinado en el Art. 1° de la presente Acta Acuerdo. La parte convienen que el monto de cada orden de pago devengará un interés a la tasa fija del doce por ciento (12%) efectivo anual desde el vencimiento incluido en cada una de ellas y hasta el 01/12/97. La sumatoria de los importes así calculados será abonado en veinticuatro (24) cuotas mensuales iguales y consecutivas a partir del 01/01/98 y tendrá incorporado los intereses sobre saldos conforme al sistema francés de amortización a la tasa determinada en el párrafo precedente. Cada cuota se instrumentará con pagarés con cláusula "sin protesto" emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En la primera de ellas se descontará la retención de Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudiera corresponder.

Artículo 4°: Una vez aprobada la presente Acta Acuerdo mediante Resolución por parte del Secretario de Hacienda y Finanzas, se procederá a abonar el 100% de la prestación.

Desde la fecha de la liquidación glosada como Anexo I, el que forma parte integrante del presente Convenio, y hasta la fecha en que quede debidamente aprobada el Acta Acuerdo mediante Resolución del Secretario de Hacienda y Finanzas, se seguirán efectuando pagos a cuenta conforme al Decreto N° 225-GCBA-96.

Los saldos pendientes de cancelación que se devenguen durante dicho período, se cancelarán íntegramente dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, computados a partir de esta última fecha.

Artículo 5°: “El Acreedor” expresamente consiente la liquidación formulada y la forma de pago acordada en la presente, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con presuntas o reales acreencias de las que se considere titular frente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, originadas en períodos anteriores a la fecha de la firma de la presente Acta, renunciando además expresamente a las acciones y derechos respectivos.

Artículo 6°: Las partes constituyen los domicilios que se indican en el presente acuerdo y declaran que cualquier cuestión derivada de la interpretación o ejecución del mismo será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, o los que los sustituyan en el futuro, renunciando las partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

Artículo 7°: Conforme lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, esta Acta Acuerdo se suscribe "Ad referéndum" del señor Secretario de Hacienda y Finanzas, en la Ciudad de Buenos Aires a los 16 días del mes de mayo de 1997.

En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados.

Se informa a los interesados que podrán consultar sobre la documentación publicada en el Departamento de Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, sito en avenida de Mayo 525 4° piso.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA