DECRETO 1529 1998

Síntesis:

TRANSFIERE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON COLECTIVIDADES Y CULTOS DE LA VICEJEFATURA DEL G.C.B.A. CON TODO SU PERSONAL, PRESUPUESTO Y PATRIMONIO, LA QUE PASA A DEPENDER DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO

Publicación:

02/09/1998

Sanción:

13/08/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 530-GCBA-96; y

CONSIDERANDO:

Que por dicha norma se crea la Dirección General Relaciones con Colectividades y Cultos dependiente de la Vicejefatura M Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y aprueba su Responsabilidad Primaria;

Que por Nota N° 1.358-SG-98, se solicita la transferencia del precitado organismo al área de la Secretaría de Gobierno;

Que es relevante para la Ciudad de Buenos Aires el fortalecimiento de las relaciones de cooperación en el campo institucional, social, cultural, religioso y tecnológico, tanto a nivel nacional como internacional;

Que en ese contexto, la Secretaría de Gobierno mantiene una significativa participación que permite al organismo en cuestión ampliar su marco de información y comunicación;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Art, 104, inc. 9° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°- Transfiérese la Dirección General de Relaciones con Colectividades y Cultos de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con todo su personal, presupuesto y patrimonio, la que pasa a depender directamente de la Secretaría de Gobierno.

Art. 2°- Modifícase el Decreto N° 530-GCBA-96 (B.O. N° 85), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1 o de la presente norma.

Art. 3°- La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de Planificación Presupuestaria, arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente ordenamiento.

Art. 4°- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Hacienda y Finanzas.

Art. 5°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Relaciones con Colectividades y Cultos, de Evaluación y Organización Institucional, de Planificación Presupuestaria y de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.

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