RESOLUCIÓN 411 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE FIJA VALOR DEL MÓDULO - TUTORÍAS ACADÉMICAS Y DE ORIENTACIÓN Y SEGUIMIENTO Y DEL SUPLEMENTO  - PLAN FINES - FIJA  VALOR DE LA COMPENSACIÓN DE CARÁCTER NO REMUNERATIVA Y NO BONIFICABLE - AÑO 2018 -  MÓDULO - HORA CÁTEDRA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Publicación:

23/07/2018

Sanción:

11/07/2018

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

La Resolución del CFE N° 66/08, la Resolución N° 178/16 del Ministerio de Educación

de la Nación, el Convenio N° 942/08, la Ley N° 5460 (Texto consolidado Ley N° 5666)

y modificatoria Ley 5960, los Decretos Nros. 363/15 y modificatorios y 613/16, las

Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 4/MMGC/13 y 1873/MHGC/17, las

Resoluciones Nros. 8644/MEGC/08, 3789/MEGC/09 y 5858/MEGC/11, el Expediente

Electrónico N° 17111568/MGEYA-DGEGE/18, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 66/CFE/08 se aprobó el Plan de Finalización de Estudios

Primarios y Secundarios "FinEs";

Que mediante el Convenio N° 942/08, el Ministro de Educación de la Nación y el

Ministerio de Educación e Innovación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

asumieron el compromiso de aunar esfuerzos para el desarrollo del citado Plan en

esta jurisdicción;

Que por la Resolución N° 8644/MEGC/08 se resolvió implementar dicho Plan en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Resolución N° 3789/MEGC/09 se dispuso la implementación del

mentado Plan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose

como primera etapa el ciclo lectivo 2008/09, destinada a completar la educación

secundaria de los jóvenes y adultos mayores de 18 años que hayan concluido en

forma regular el último año de la educación secundaria y adeuden materias;

Que a través de la Resolución N° 5858/MEGC/11 se ratificó la implementación del

Plan, extendiéndose tanto a los jóvenes y adultos mayores de 18 años como a los

empleados que cumplan funciones en cualquier repartición u organismo dependiente

de Gobierno de la Ciudad, que no hayan iniciado o terminado la primaria o la

secundaria conforme lo prevé la ejecución de la segunda etapa de dicho Plan;

Que por la Resolución N° 178/16, el Ministerio de Educación de la Nación, resuelve

dar continuidad al mencionado Plan para el período 2016-2019, con los lineamientos

allí establecidos;

Que entre los compromisos asumidos por el Ministerio de Educación de la Nación, se

encuentra brindar el apoyo financiero para las acciones enmarcadas en el Programa

citado;

Que por la citada Resolución, el Ministerio de Educación de la Nación, establece entre

sus responsabilidades, financiar a los docentes, tutores, coordinadores y secretarios o

responsables administrativos que demande la implementación del Plan FinEs,

determinando que el valor de la hora cátedra no podrá ser menor al valor de la hora

cátedra de los niveles primario y secundario establecidos en la paritaria provincial;

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 4-MMGC/13, se creó el

"Suplemento Plan FinEs", a los efectos de retribuir los servicios de tutoría de los

docentes que se desempeñan en el referido Plan, pertenecientes al sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que posteriormente, por la Resolución de Firma Conjunta N° 1873/MHGC/2017, se

aprobó el nuevo valor para cada módulo de los tutores académicos y de orientación y

seguimiento del Plan FinEs, a la vez que se establece una compensación no

remunerativa y no bonificable en el marco del mencionado Plan, la cual será

proporcional a los módulos trabajados;

Que conforme lo expuesto, deviene necesario y oportuno, establecer un nuevo valor

para cada módulo (1 hora cátedra) y para la compensación que perciben los tutores

académicos y de orientación y seguimiento del Plan FinEs;

Que de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 613/16 se encomendó a los

titulares de los entonces Ministerios de Educación y de Hacienda para que en forma

conjunta aprueben, modifiquen y convaliden las Plantas Transitorias de personal para

atender a las acciones, proyectos, planes y programas, cuyas líneas de acción se

encuentren autorizadas y financiadas por el Ministerio de Educación de la Nación, con

cargo a los fondos transferidos por dicho Ministerio al entonces Ministerio de

Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación e Innovación, y la Dirección General Planificación y Control Operativo

dependiente de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Economía y Finanzas han tomado debida intervención en el ámbito de su

competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 613/16, y la Ley N°

5460 (texto consolidado por Ley 5.666) y su modificatoria Ley N° 5960,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1.- Fíjese a partir del año 2018 el valor de cada módulo (1 hora cátedra) de las

Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs, en

el marco del Plan FinEs, según lo indicado en el Anexo I (IF-2018-17119901-DGEGE),

el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, y

establézcase que dichos módulos tendrán carácter remunerativo y no bonificable y

será proporcional a los módulos y períodos trabajados.

Artículo 2.- Fíjese a partir del año 2018 el valor de la compensación de carácter no

remunerativa y no bonificable según lo indicado en el Anexo I (IF-2018-17119901-

DGEGE) para cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y de

Orientación y Seguimiento y Suplemento Plan FinEs, la que será proporcional a los

módulos y períodos trabajados.

Artículo 3.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la a la Jurisdicción 55 - UE 586 - Programa 2 - Actividad

13.000 - Inciso 1 - Partida Principal 2 - Fuente 14, sujeto a la transferencia del fondo

correspondiente por parte de la Nación.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales de

Educación de Gestión Estatal y de Personal Docente y No Docente, del Ministerio de

Educación e Innovación, y a la Dirección General de Administración y Liquidación de

Haberes y a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Economía y

Finanzas. Cumplido, archívese. Acuña - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5419

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 411 - MEF-MEI-18 , fija a partir del año 2018 el valor de cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs, creado por Resolución 4-MH-ME-13.</p><p>Art. 2 fija, a partir del año 2018, el valor de la compensación de carácter no remunerativa y no bonificable.</p>