DISPOSICIÓN 41 2018 DIRECCI? GENERAL DE PROMOCI? CULTURAL
Síntesis:
APRUEBA BASES Y CONDICIONES - CONVOCATORIA ESPECIAL DE SALAS INDEPENDIENTES - PROGRAMA PASE CULTURAL - FORMULARIO - ACTA COMPROMISO PARA LA ADHESIÓN A RED DE SALAS TEATRALES Y CENTROS CULTURALES - DESIGNA COMITÉ EVALUADOR - DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL
Publicación:
03/08/2018
Sanción:
31/07/2018
Organismo:
DIRECCI? GENERAL DE PROMOCI? CULTURAL
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), modificada por Ley N° 5.960, el
Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios, la Resolución 3755-MCGC-18, el
Expediente Electrónico N° EE-2018-10579039-DGTALMC y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley 5.666), modificada por Ley N°
5.960 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplándose, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de
Cultura;
Que mediante el Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional del mencionado Ministerio, contemplando a la
Subsecretaría de Gestión Cultural, y estableciendo bajo su órbita a la Dirección
General Promoción Cultural,
Que, entre las responsabilidades primarias de la Dirección General Promoción Cultural
se encuentra "Implementar las diferentes acciones tendientes a promover la
participación cultural";
Que por Resolución 3755-MCGC-2018 se creó en el ámbito del Ministerio de Cultura
el Programa "Pase Cultural", con el objeto igualar el acceso a la cultura, promover los
hábitos de consumo en estudiantes de 4°, 5° y 6° año de escuelas secundarias
públicas y privadas de cuota cero y docentes y de aumentar la demanda a la oferta
cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que en el artículo 3° de la mencionada Resolución se designó a esta Dirección
General Promoción Cultural como autoridad de aplicación del Programa, facultándola,
entre otras cosas, a adoptar decisiones reglamentarias y operativas necesarias para la
implementación del mismo,
Que a fin de acompañar, difundir e impulsar la rica y diversa oferta cultural
independiente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se propone llevar a cabo
acciones concretas a tales fines;
Que el objetivo de la convocatoria es promover y poner en valor la tarea de las Salas
teatrales y los Centros Culturales independientes difundiendo su programación y
premiando sus propuestas, en función de su relevancia e interés para los beneficiarios
del programa Pase Cultural"
Que se ha imputado el gasto que resultará de la presente convocatoria, a la partida
presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete en virtud de la Ley 1218 (texto consolidado por Ley 5666);
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
Artículo 1°.- Convócase a Salas Teatrales y Centros Culturales a participar con su
programación, en el Programa Pase Cultural, para recibir un premio de $ 80.000 (pesos
ochenta mil).
Artículo 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones de la convocatoria especial de Salas
Independientes" y demás anexos, los cuales se identifican como Anexo I: "Bases y
Condiciones" (IF-2018-20844872-DGPCUL); Anexo II: "Formulario de datos del
solicitante" (IF-2018-20845138-DGPCUL); Anexo III: "Acta compromiso para la
adhesión a red de Salas Teatrales y Centros Culturales independientes del Programa
Pase Cultural" (IF-2018-20845584-DGPCUL) y Anexo IV: "Formulario de puntuación"
(IF-2018-20846109-DGPCUL), los que a todos sus efectos forman parte integrante de
la presente.
Artículo 3°. Desígnase a las personas que conformarán el Comité Evaluador de la
presente convocatoria:
1. Laura Taube DNI N° 28.937.031
2. Mora Scillamá, DNI N° 30.036.861
3. Martín Irazábal DNI N° 23.818.518
4. Alejandro Tantanian DNI N° 17.788.654
Artículo 4°.- Establécese que los interesados en participar de la presente convocatoria
deberán inscribirse, a partir de la fecha de publicación de la presente norma en el
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires hasta el 31 de Agosto del corriente año,
en el horario de 11:30 a las 16:30 horas en la Mesa de Entradas de la Dirección
General Promoción Cultural, sita en Avda de Mayo 575, 3° piso, oficina 306 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5°.- Determínase que serán seleccionados hasta un total de 12 salas de teatro
independiente y hasta 12 centros culturales, que serán premiados. El Comité
procederá a evaluar y calificar las postulaciones realizadas, de conformidad con el
procedimiento y criterios de evaluación que se establecen las Bases y Condiciones
aprobadas en el Anexo I.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Scillama