DECRETO 1699 1998
Síntesis:
MODIFICA PARCIALMENTE TÉRMINOS DEL DECRETO N° 12/96
Publicación:
17/09/1998
Sanción:
04/09/1998
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Visto el Decreto N° 12-GCBA-96 (B.O. N° 1), mediante el cual se aprueba el organigrama de primeros niveles que conforman el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y lo propuesto por los señores Secretarios de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas, y
CONSIDERANDO:
Que, en función a las políticas fijadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en búsqueda de medidas que coadyuven a optimizar el rendimiento de los recursos económicos y humanos con que cuenta, resulta necesario modificar el sistema de competencias inicialmente establecido;
Que el Fuera de Nivel Cinturón Ecológico Area Metropolitana Sociedad del Estado (C.E.A.M.S.E.), si bien se encuentra relacionado con la materia tratada por la Secretaría de Producción y Servicios, es un ente interjuridiccional cuya naturaleza es esencialmente económica;
Que, en ese orden de ideas, resulta pertinente modificar e Decreto N° 12-GCBA-96, en el sentido de que el Fuera de Nivel C.E.A.M.S.E., con todo su personal, patrimonio y funciones, dependiente de la Secretaría de Producción y Servicios, pase a depender de la Secretaría de Hacienda y Finanzas;
Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires es accionista propietario del cincuenta por ciento (50 %) del paquete accionarlo del Cinturón Ecológico Area Metropolitana Sociedad del Estado;
Que procede delegar, en el señor Secretario de Hacienda y Finanzas, la designación de los representantes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de concurrir a las respectivas Asambleas;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias Art. 104 inc. 9) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°- Modifícanse parcialmente los términos del Decreto N° 12-GCBA-96, dejándose constancia que el Fuera de Nivel C.E.A.M.S.E., con todo su personal, patrimonio y funciones, pasará a depender de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
Art. 2° - Delégase en el señor Secretario de Hacienda y Finanzas la designación de representantes del paquete accionario del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ante las respectivas asambleas del Cinturón Ecológico Area Metropolitana Sociedad del Estado.
Art. 3° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas.
Art. 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos y a las Secretarías de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas.