RESOLUCIÓN 2627 2018 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
SE PRORROGAN VENCIMIENTOS - OBLIGACIONES TRIBUTARIAS - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL TRIBUTARIA - GIT - AGOSTO 2018 - IMPUESTOS - TRIBUTOS
Publicación:
16/08/2018
Sanción:
14/08/2018
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
VISTO:
LA RESOLUCIÓN N° 3799/MHGC/2017 (BOCBA N° 5272), Y
CONSIDERANDO:
Que a través de la referida norma se establecieron las fechas de vencimiento de los
distintos tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
correspondientes al ejercicio fiscal 2018;
Que el Sistema de Gestión Integral Tributaria (GIT) y sus soportes tecnológicos serán
objeto de tareas de actualización y mantenimiento durante los días 17 al 21 de agosto,
ambos inclusive, del corriente año;
Que la mencionada modernización tecnológica tendrá por objeto la optimización de la
eficiencia de la base informática, facilitando el cumplimiento fiscal de las obligaciones
tributarias y las tareas de fiscalización y recaudación por parte de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que el normal desenvolvimiento del sistema informático de este Organismo podrá
verse afectado como consecuencia del desarrollo de las tareas señaladas, siendo
posible que se dificulte el cumplimiento de las obligaciones tributarias cuyos
vencimientos operen durante el período mencionado, por parte de los contribuyentes;
Que es propósito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mantener
una fluida relación con sus contribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y
forma con sus obligaciones.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 4 de la Resolución N°
3799/MHGC/2017,
Artículo 1.- Prorróganse hasta el día 22 de Agosto de 2018, los vencimientos de las
obligaciones tributarias cuyo plazo de vencimiento original para la presentación y/o
pago operan los días 17 y 21 de agosto de 2018, ambos inclusive.
Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección
General de Planificación y Control de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las Subdirecciones Generales y
demás áreas dependientes de esta Dirección General para su conocimiento y demás
efectos. Cumplido, archívese. Tujsnaider