DECRETO SINTETIZADO 1091 1997
Síntesis:
EL ADICIONAL SELECTIVO Y TRANSITORIO CREADO POR EL ART. 4° DEL DTO. 480/GCBA/96 SE INCLUIRÁ EN EL PRESUPUESTO DE DISTINTAS DIRECCIONES GENERALES DE ACUERDO A LOS PORCENTAJES DETERMINADOS EN EL ANEXO QUE ACOMPAÑA A LA PRESENTE. ASIGNA AL CARGO Y FUNCIÓN DIRECTOR GRAL. EN DISTINTAS DIRECCIONES GENERALES EL DERECHO A LA PERCEPCIÓN DEL ADICIONAL SELECTIVO Y TRANSITORIO CREADO POR EL ART.4° DEL DECRETO 480/GCBA/96
Publicación:
30/05/2001
Sanción:
20/08/1997
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
El Adicional Selectivo y Transitorio creado por el art. 4° del Dto. 480-GCBA-96 se incluirá en el presupuesto de distintas Direcciones Generales de acuerdo a los porcentajes determinados en el Anexo que acompaña a la presente. Asígnanse al cargo y función Director Gral. en distintas Direcciones Generales el derecho a la percepción del Adicional Selectivo y Transitorio creado por el art.4° del Decreto 480-GCBA-96.