DISPOSICIÓN 10 2018 UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE APRUEBAN CONDICIONES GENERALES - TRASLADO - SELECCIÓN DE DESTINO - PROCESOS - EJEMPLARES DE COLECCIÓN FAUNÍSTICA - ECOPARQUE
Publicación:
22/08/2018
Sanción:
17/08/2018
Organismo:
UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VISTO:
La Ley N° 5.752, los Decretos Nros. 439/16, 82/1792/18, 119/18 y 172/18, el EX-2018-
20746473-UGETUPEEI, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 439/16 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
"Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", como Organismo
Fuera de Nivel en el ámbito del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;
Que la Ley N° 5.752 dispuso la transformación progresiva del Jardín Zoológico de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg";
Que el Artículo 7 del Anexo II del Decreto mencionado estableció que, a fin de efectuar
la transferencia de ejemplares, se deberá realizar un procedimiento de selección
transparente y público de los destinatarios, cuando así correspondiera, en virtud del
informe emanado de la entonces Unidad de Biodiversidad, actual Unidad Gestión
Estratégica y Transformación del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el Titular de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación de conformidad con
el Decreto N° 119/18 tiene entre sus responsabilidades primarias la de formular y
gestionar el plan de derivación y liberación de los ejemplares que presenten las
características adecuadas, de conformidad a la Ley N° 5752;
Que en virtud del procedimiento público y transparente mencionado ut supra se han
elaborado las condiciones de traslado y variables para la selección de destino
generales que regirán los procesos de selección para la elección del lugar de destino,
derivación y su consiguiente transferencia de titularidad de los ejemplares, resultando
oportuno aprobar las mismas a fin de dar celeridad a los actuados;
Que dichas condiciones resultan ser generales a todo proceso de derivación que se
impulsare en virtud de la normativa referida, sin perjuicio, de las que fuera pertinente
contemplar según las particularidades de cada caso;
Que mediante el Decreto N° 119/18 se modificó a partir del 27 de abril de 2018 la
estructura organizativa funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires estableciendo que el Organismo Fuera de Nivel, Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
quedará bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que mediante el Decreto N° 172/18, se ratificó al suscripto a partir del 27 de Abril del
2018, como Titular de la Unidad Gestión Estratégica y Trasformación dependiente de
la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Ecoparque Interactivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires",designado oportunamente mediante Decreto N° 92/18;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Anexo del Decreto N° 119/18,
EL TITULAR
DE LA UNIDAD GESTIÓN ESTRATÉGICA Y TRANSFORMACIÓN
DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES ECOPARQUE INTERACTIVO
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DISPONE:
Artículo 1.- Apruébase las condiciones generales de traslado y variables para la
selección de destino que, con especial consideración de las particularidades de cada
caso y en el marco de lo establecido por la Ley N° 5.752 y su Decreto Reglamentario
N° 82/17, regirán los procesos de selección para la elección del lugar de destino,
derivación y su consiguiente transferencia de titularidad de los ejemplares
pertenecientes a la colección faunística del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires conforme el ANEXO (IF-2018-22722690-UGETUPEEI) que forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archívese. Pellandini