RESOLUCIÓN 679 2018 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

Síntesis:

SE APRUEBA EL PROYECTO DE CONVENIO DE PERMISO PRECARIO DE USO DE ESPACIOS FERROVIARIOS PARA CRUCE DE VÍAS - ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO - TRENES ARGENTINOS - INFRAESTRUCTURA - ADIFSE - PLAN HIDRÁULICO - ARROYO VEGA - OBRAS HIDRÁULICAS - FERROCARRIL MITRE - CONDUCTOS

Publicación:

03/09/2018

Sanción:

30/08/2018

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE


VISTO:

Las Leyes Nros. 1218 (texto consolidado por la Ley 5666), 1660, 4352 y 5460 (texto

consolidado por Ley 5666), modificada por la Ley 5960, la Ley Nacional 26352, los

Decretos Nros. 65/GCBA/13, 363/GCBA/2015 y sus modificatorios y 112/GCBA/17, la

Resolución Conjunta N° 1/MDUYT-MH/2018, el Expediente EE-2018-11166444-

MGEYA-UPEPH, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las obras del Arroyo Vega que la Unidad de Proyectos Especiales

Plan Hidráulico (UPEPH) está realizando, se precisa de un permiso para realizar

tareas en tres cruces ferroviarios;

Que en ese sentido, es necesario realizar obras de tendido paralelo y cruces de vías,

de ductos subterráneos para el servicio de transporte de fluidos, líquidos o gases,

obras que consisten en: 1-Conducto del tipo "NATM", en la progresiva ferroviaria PK

8+887 del Ramal GM.1 (Retiro-Campana), Ferrocarril Mitre, de C.A.B.A. (Elcano y

Cramer - Estación Belgrano "R"); 2- Conducto del tipo "TBM" (-Tunnel Boring Machine-

Anillo de Dovelas), en la progresiva ferroviaria aproximadamente.: PK 9+170, del

ramal: GM.1 (Ramal Retiro-Campana), de C.A.B.A. (La Pampa y Zapiola - Estación

Belgrano "R"). TAPADA: 22,00 metros aproximadamente, y 3- Conducto del tipo

"TBM" (Anillo de Dovelas), en la progresiva ferroviaria aproximadamente: PK

7+646,30, del ramal: GM.3 (Ramal Retiro-Tigre) de C.A.B.A. (La Pampa y Montañeses

- Zona de vía Lisandro de la Torre y Belgrano "C") TAPADA: 20,00 metros

aproximadamente;

Que la Ley 26352 crea la Administracion de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del

Estado (ADIFSE), que tiene a su cargo la administración de la infraestructura

ferroviaria actual, la que se construya en el futuro, su mantenimiento y la gestión de los

sistemas de control de circulación de trenes;

Que la Ley N° 1660 autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires a suscribir un Convenio de Préstamo con el Banco Internacional de

Reconstrucción y Fomento (BIRF), para financiar el Programa Gestión de Riesgo

Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires (PGRH), autorizado por dicha ley, entre las

cuales se preveían desarrollar los proyectos correspondientes a todas las cuencas

hídricas que atraviesan la Ciudad de Buenos Aires;

Que las obras arriba mencionadas son realizadas en el marco del Plan Hidráulico de la

Ciudad de Buenos Aires, el cual por Ley 4352 fue declarado de interés público y

critico, siendo prioridad las obras correspondientes a la Cuenca del Arroyo Vega;

Que el Decreto N° 65/GCBA/2013 en su artículo 2° encomienda al Ministerio de

Desarrollo Urbano que arbitre las medidas necesarias para materializar la contratación

para la construcción de la Obra "Aliviador del Arroyo Vega", autorizándolo a dictar

todos los actos administrativos preparatorios que resulten necesarios a tales fines, así

como los correspondientes a la aprobación de todos los pliegos que regirán el

procedimiento de selección, y los actos necesarios hasta la finalización de las obras,

incluida la rescisión en caso de corresponder;

Que por solicitud de la Supervisión de la Obra y la UT Benito Roggio e Hijos S.A., Jose

Cartellone Construcciones Civiles S.A. y Supercemento S.A.I.C, adjudicataria de la

obra, se inició expediente para la firma de un Permiso Precario de Uso de Espacios

Ferroviarios para Cruce de Vías, siendo estos cruces: Elcano y Cramer - Estación

Belgrano "R", La Pampa y Zapiola - Estación Belgrano "R" y La Pampa y Montañeses -

Zona de vía Lisandro de la Torre y Belgrano "C";

Que la Ley 5460 (texto consolidado por Ley 5666), modificada parcialmente por la Ley

5960, de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determina

que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los ministros, de conformidad

con las facultades y responsabilidades que le fueran conferidas por la misma y el

Decreto 363/GCBA/2015 y sus modificatorios aprueban la estructura orgánico

funcional dependiente del poder ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

estableciendo a la Unidad de Proyectos Especiales Plan Hidráulico (UPEPH) dentro de

la Subsecretaria de Obras del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte (MDUyT);

Que por Resolución conjunta Nro. 2018-1-MDUYTGC se designó a la Unidad de

Proyectos Especiales Plan Hidráulico (UPEPH) como "Unidad de Coordinación del

Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de

Buenos Aires". Facultándola así a la ejecución de los componentes y subcomponentes

del Convenio de Préstamo BIRF 8628-AR;

Que la Unidad de Proyectos Especiales Plan Hidráulico del Ministerio de Desarrollo

Urbano y Transporte dio su conformidad con el convenio en informe legal, IF-2018-

11167347-UPEPH, e informe del director de la Unidad, IF-2018-11264030-UPEPH, y

elevo elevó el mismo para la consideración y análisis de la Subsecretaria de Obras;

Que la Subsecretaria de Obras en IF-2018-12607178-SSOBRAS tomo conocimiento

de las actuaciones, prestó conformidad y elevó el expediente a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal para continuidad del trámite;

Que en cumplimiento de la Ley 1218 (T.C. por Ley 5666) se dio intervención a la

Procuración General de la Ciudad que en su dictamen jurídico, IF-2018-17682743-

PGAAFRE, entiende que ambas partes involucradas en el convenio se encuentran

autorizadas y resultan competentes para suscribirlo;

Que el Decreto 112/GCBA/17 establece que los ministros del Poder Ejecutivo

suscriben los convenios de colaboración técnica, científica o académica con entes

públicos nacionales, provinciales, municipales e internacionales cuyo objeto tenga por

fin el cumplimiento de cometidos estatales específicos en el ámbito de sus respectivas

competencias.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 5460 (Texto Consolidado

por la Ley 5666) y su modificatoria 5960, los Decretos Nros. 65/GCBA/2013,

359/GCBA/2015, 363/GCBA/2015 y sus modificatorios y 112/GCBA/2017,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

RESUELVE

Articulo 1°: Apruébase el proyecto de Convenio de "Permiso Precario de Uso de

Espacios Ferroviarios para Cruce de Vías", a firmarse entre la Administración de

Infraestructura Ferroviaria Sociedad del Estado (Trenes Argentinos - Infraestructura

Ferroviaria) y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por

este Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.

Artículo 2°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

(www.buenosaires.gov.ar), Notifiquese a la Administración de Infraestructura

Ferroviaria Sociedad del Estado y Gírese para su conocimiento a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, a la Subsecretaria de Obras y a la Unidad de

Proyectos Especiales Plan Hidráulico del Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte. Moccia

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 679-MDUYTG-18 aprueba el proyecto de Convenio de Permiso Precario de Uso de<br />Espacios Ferroviarios para Cruce de Vías, a firmarse entre la AIFSE y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por este Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, en el marco del Plan Hidráulico cuyas obras declaró de interés público la Ley 4352.</p>