DISPOSICIÓN 40 2018 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

CREA - UNIDAD GESTIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS LEGALES - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PROGRAMA DE REGISTRO Y MONITOREO DE FLORA Y SU FAUNA ASOCIADA - JARDÍN ZOOLÓGICO - EDUARDO LADISLAO HOLMBERG

Publicación:

10/09/2018

Sanción:

30/08/2018

Organismo:

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO


VISTO:

La Ley N° 5.752, los Decretos N° 82/17, 439/16, 119/18, 217/18, 296/17 y 172/18, el

EX-2018- 21558678- -MGEYA-UGGOAALUPEEI, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.752 dispuso la transformación progresiva del Jardín Zoológico de la

Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg";

Que la mencionada norma estableció en su Artículo 3° que la gestión y transformación

del predio se efectuará de conformidad con una serie de objetivos entre los cuales se

contempla la "(...) generación de contenido educativo a través de experiencias

interactivas, lúdicas y recreativas, con eje en la conservación, la innovación y el

desarrollo sustentable, que generen conciencia sobre la importancia de la

preservación del medioambiente; difusión sobre temas ambientales, en particular de

protección de flora y fauna autóctonas; posicionamiento del predio como paseo familiar

y recreativo de referencia, en el que se priorice la concientización para la conservación

de la fauna y flora nativa silvestre de la Argentina, la promoción de proyectos de

rehabilitación de fauna y de investigación científica (...)"; entre otros;

Que asimismo, estipuló en su Artículo 5° "(...) la elaboración y actualización de un

registro tendiente a consignar la información del patrimonio florístico y faunístico

existente en el predio";

Que el Decreto N° 82/17 reglamentó la Ley N° 5.752 de transformación del Jardín

Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg";

Que por Decreto N° 439/16 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

"Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", como Organismo

Fuera de Nivel en el ámbito del entonces Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología;

Que mediante el Decreto N° 119/18 se modificó a partir del 27 de abril de 2018 la

estructura organizativa funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires estableciendo que el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) "Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires",

quedará bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que de conformidad con el Anexo II del Decreto N° 217/18 la Gerencia Operativa

Administración y Operaciones de la Unidad Gestión General de Operaciones,

Administración y Asuntos Legales del Ecoparque Interactivo tiene dentro sus

responsabilidades primarias, objetivos y acciones, elaborar y mantener actualizado el

Registro de Especies de Flora al que refiere el Artículo 5° de la Ley N° 5.752, o la que

en su futuro lo modifique o reemplace, en coordinación con las áreas competentes;

Que de conformidad a ello, el área Gestión de Parque de la Gerencia Operativa

Administración y Operaciones de la Unidad Gestión General de Operaciones,

Administración y Asuntos Legales, elaboró el "Programa de Registro y Monitoreo de

Flora y su Fauna asociada", teniendo en cuenta para ello "tanto el bienestar animal,

como la restauración del predio, el cuidado del patrimonio, la conservación de

especies amenazadas, el control de especies peligrosas, la planificación con fines

educativos y recreativos, la disminución de costos, así como la compilación y

ordenamiento de información institucional";

Que mediante el Decreto N° 172/18 se ratificó al suscripto, a partir del 27 de abril de

2018, como Titular de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y

Asuntos Legales dependiente de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

"Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" designado

oportunamente mediante Decreto N° 296/17;

Que resulta oportuno dictar el acto administrativo correspondiente con el fin de crear el

"Programa de Registro y Monitoreo de Flora y su Fauna asociada", en cumplimiento

con la normativa referida;

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL TITULAR DE LA UNIDAD GESTIÓN GENERAL DE OPERACIONES,

ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS LEGALES

DISPONE:

Artículo 1.- Créase en el ámbito de la Unidad Gestión General de Operaciones,

Administración y Asuntos Legales de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

"Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", el "Programa de

Registro y Monitoreo de Flora y su Fauna asociada" con el alcance y los objetivos

establecidos en el Anexo I (IF-2018-23876842- UGGOAALUPEEI), que forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese. Cumplido, archívese. Panera


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5453

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p> Articulo 1° de la Disposición N° 4-UPEEI/22 modifica en el ámbito de la Unidad de Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, el alcance y los objetivos del “Programa de Registro y Monitoreo de Flora y su Fauna asociada, aprobado por Disposición N° 40-MAYEPGC/18 y modificado por Disposición N° 9-UPEEI/21.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 9-UPEEI-21 modifica en el ámbito de la Unidad de Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el alcance y los objetivos del Programa de Registro y Monitoreo de Flora y su Fauna asociada, aprobados por la Disposición 40-MAYEPGC-18.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 40-MAYEPGC-2018 crea en el ámbito de la UPE Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Programa de Registro y Monitoreo de Flora y su Fauna asociada, en el marco del Art. 5 de la Ley 5752.</p>