RESOLUCIÓN 5419 2018 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

DELEGACIÓN - COMPETENCIAS - SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES Y NUEVAS AUDIENCIAS - MINISTERIO DE CULTURA - DESIGNACIÓN - CESE DE PERSONAL DOCENTE INTERINO O SUPLENTE - DGEART - RESOLUCIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS - ESTATUTO DEL DOCENTE - RESOLUCIÓN - SOLICITUDES - LICENCIAS 

Publicación:

10/09/2018

Sanción:

07/09/2018

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por la Ley N° 5.666) modificada por la Ley N°

5960, los Decretos Nros. 215/2018 y 1062/1991 y el Expediente Electrónico N° EX-

2018-23510361-MGEYA-DGTALMC, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria la

Ley N° 5960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio

de Cultura;

Que por Decreto N° 215/18 se aprueba la estructura organizativa del Ministerio de

Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las que se encuentra la

Dirección General de Enseñanza Artística del citado del Ministerio;

Que mediante Decreto N° 1062/1991 se facultó por su artículo 1° al entonces

Secretario de Educación y Cultura, disponer la designación y cese de personal

docente titular, interino o suplente de los Institutos dependientes del Teatro Colón y de

la Dirección General de Educación Artística y Especial, comprendidos en el Estatuto

del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica, aprobado por Ordenanza

N° 36.432 y modificatorias.

Que asimismo por el citado Decreto en su artículo 2° se autorizó a delegar a su vez en

el entonces Subsecretario de Cultura las facultades otorgadas en el artículo 1°, en lo

referente a interinos y suplentes.

Que el hecho de que la resolución de la mayor parte de los asuntos traídos a

consideración de este ministerio, se concentre en una instancia administrativa,

conspira contra una rápida y eficiente respuesta de la Administración, pudiendo

afectarse así, la garantía de una tutela administrativa efectiva que merecen todos los

ciudadanos;

Que a la hora de gestionar el interés público debe existir un espíritu de colaboración

entre los distintos estamentos de la Administración, a fin de reforzar el accionar

administrativo con los principios de eficiencia, celeridad y eficacia;

Que por las razones de hecho y de derecho antes mencionadas deviene necesario

delegar en el titular de la Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias

de este Ministerio de Cultura, o el organismo que en el futuro lo reemplace,

determinadas competencias para la tramitación y emisión de diversos actos

administrativos que la ley pone en cabeza de la autoridad máxima de esta jurisdicción;

Que para tales fines la Ley de Procedimiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

prevé en su artículo 2° "La competencia de los órganos administrativos será la que

resulte, según los casos, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aries #, de las

leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia. Su ejercicio constituye una

obligación de la autoridad o del órgano correspondiente y es improrrogable, a menos

que la delegación o sustitución estuvieran expresamente autorizadas; la avocación

será precedente a menos que una norma expresa disponga lo contrario o cuando el

órgano inferior se halle investido de una especial competencia técnica";

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado

debida intervención bajo Dictamen Jurídico IF-2018-24661661-DGEMPP;

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

debida intervención;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Delegar en la Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias

de este Ministerio de Cultura, o el organismo que en el futuro lo reemplace, las

competencias enumeradas en el anexo IF N° 24753964-MCGC2018, que forma parte

integrante de la presente resolución, conforme a la distribución y los alcances allí

establecidos.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y comuníquese a las subsecretarías y direcciones generales del

Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Avogadro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5453

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 5419-MCGC-18 delega competencias en la Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias del Ministerio de Cultura, atento lo dispuesto en el Art. 2 del Decreto 215-18.</p>