RESOLUCIÓN 578 2024 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
DELEGA FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL - DISPONER DESIGNACIÓN Y CESE DE PERSONAL DOCENTE - RESOLVER COMISIONES DE SERVICIOS - RESOLVER LAS SOLICITUDES DE LAS LICENCIAS - DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 5419-MCGC-18 - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
16/05/2024
Sanción:
29/02/2024
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 6.684, los Decretos Nros. 387/2023 - modificado por Decreto N°
470/23 - y 1062/1991, la Resolución N° 5419-MCGC/18 y el Expediente Electrónico N°
EX-2024-08494210-GCABA-DGTALMC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose, entre los Ministerios del Poder
Ejecutivo, al Ministerio de Cultura.
Que por Decreto N° 387/23 - modificado por Decreto Nro. 470/23 -, se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, contemplando la Dirección General de Enseñanza Artística bajo la
órbita de la Subsecretaría de Gestión Cultural, dependiente del citado Ministerio.
Que mediante Decreto N° 1062/1991 se facultó por su artículo 1° al entonces
Secretario de Educación y Cultura, disponer la designación y cese de personal
docente titular, interino o suplente de los Institutos dependientes del Teatro Colón y de
la Dirección General de Educación Artística y Especial, comprendidos en el Estatuto
del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica, aprobado por Ordenanza
N° 36.432 y modificatorias.
Que asimismo por el citado Decreto en su artículo 2° se autorizó a delegar a su vez en
el entonces Subsecretario de Cultura las facultades otorgadas en el artículo 1°, en lo
referente a interinos y suplentes.
Que oportunamente, por Resolución N° 5419-MCGC/18, se delegó en la entonces
Subsecretaria de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias, las competencias
enumeradas en el anexo IF N° 24753964-MCGC-2018, con fundamento en el hecho
de que la resolución de la mayor parte de los asuntos traídos a consideración de este
ministerio, se concentre en una instancia administrativa, conspira contra una rápida y
eficiente respuesta de la Administración, pudiendo afectarse así, la garantía de una
tutela administrativa efectiva que merecen todos los ciudadanos.
Que a la hora de gestionar el interés público debe existir un espíritu de colaboración
entre los distintos estamentos de la Administración, a fin de reforzar el accionar
administrativo con los principios de eficiencia, celeridad y eficacia.
Que por los fundamentos de hecho y de derecho antes mencionadas deviene
necesario delegar en la titular de la Subsecretaría de Gestión Cultural de este
Ministerio de Cultura, o el organismo que en el futuro lo reemplace, las competencias
establecidas en el Anexo IF-2024- 09151261-GCABA-DGTALM, a fin de tramitar y
emitir diversos actos administrativos que la ley pone en cabeza de la autoridad
máxima de esta jurisdicción.
Que a tales fines, la Ley de Procedimiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
prevé en su artículo 2° "La competencia de los órganos administrativos será la que
resulte, según los casos, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aries, de las leyes
y de los reglamentos dictados en su consecuencia. Su ejercicio constituye una
obligación de la autoridad o del órgano correspondiente y es improrrogable, a menos
que la delegación o sustitución estuvieran expresamente autorizadas; la avocación
será precedente a menos que una norma expresa disponga lo contrario o cuando el
órgano inferior se halle investido de una especial competencia técnica".
Que oportunamente la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado
la intervención de su competencia en virtud de lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto
consolidado por Ley N° 6.588).
Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado
debida intervención.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Delegar en la Subsecretaría de Gestión Cultural de este Ministerio de
Cultura, o el organismo que en el futuro lo reemplace, las competencias enumeradas
en el Anexo (IF-2024- 09151261-GCABA-DGTALMC), que forma parte integrante de la
presente resolución, conforme la distribución y los alcances allí establecidos.
Artículo 2°.- Dejase sin efecto la Resolución N° 5419-MCGC/18.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
para su conocimiento y demas efectos comuníquese a las subsecretarías y
direcciones generales del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Ricardes