RESOLUCIÓN 1097 2026 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 578-MCGC/24 - DELEGA COMPETENCIAS - TITULAR - SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO Y DESARROLLO CULTURAL - DESIGNACIÓN Y CESE DE PERSONAL DOCENTE INTERINO O SUPLENTE - COMISIONES DE SERVICIOS - AGENTES ALCANZADOS POR EL ESTATUTO DEL DOCENTE - SOLICITUDES DE LAS LICENCIAS

Publicación:

17/03/2026

Sanción:

28/02/2026

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Ley 6.684, los Decretos 1062/1991 y 387/2023, modificado por el Decreto

39/26, la Resolución 578-MCGC/24, el Expediente EX-2026-10485993-GCABA-

DGTALMC y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose, entre los Ministerios del Poder

Ejecutivo, al Ministerio de Cultura;

Que por Decreto 387/23, modificado por el Decreto 39/26, se aprobó la estructura

orgánico-funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplando a la Dirección General de Enseñanza Artística bajo la órbita de la

Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo Cultural, dependiente del citado Ministerio;

Que mediante Decreto 1062/1991 se facultó, en su artículo 1° al entonces Secretario

de Educación y Cultura, a disponer la designación y cese de personal docente titular,

interino o suplente de los Institutos dependientes del Teatro Colón y de la Dirección

General de Educación Artística y Especial, comprendidos en el Estatuto del Docente

Municipal para Áreas de Enseñanza Específica, aprobado por Ordenanza 36.432 y

modificatorias;

Que asimismo, por el citado Decreto en su artículo 2° se autorizó a delegar a su vez

en el entonces Subsecretario de Cultura las facultades otorgadas en el artículo 1°, en

lo referente a interinos y suplentes;

Que oportunamente, por Resolución 578-MCGC/24, se delegó en la Subsecretaría de

Gestión Cultural las competencias enumeradas en el Anexo IF-2024-09151261-

GCABA-DGTALMC, con fundamento en el hecho de que la resolución de la mayor

parte de los asuntos traídos a consideración de este ministerio, se concentre en una

instancia administrativa, conspira contra una rápida y eficiente respuesta de la

Administración, pudiendo afectarse así, la garantía de una tutela administrativa

efectiva que merecen todos los ciudadanos;

Que a la hora de gestionar el interés público debe existir un espíritu de colaboración

entre los distintos estamentos de la Administración, a fin de reforzar el accionar

administrativo con los principios de eficiencia, celeridad y eficacia;

Que por los fundamentos de hecho y de derecho antes mencionados deviene

necesario delegar en el titular de la Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo Cultural

de este Ministerio de Cultura, o el organismo que en el futuro lo reemplace, las

competencias establecidas en el Anexo IF-2026-10507650-GCABA-DGTALMC, a fin

de tramitar y emitir diversos actos administrativos que la ley pone en cabeza de la

autoridad máxima de esta jurisdicción;

Que, a tales fines, la Ley de Procedimiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

prevé en su artículo 2° que "La competencia de los órganos administrativos será la

que resulte, según los casos, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, de las

leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia. Su ejercicio constituye una

obligación de la autoridad o del órgano correspondiente y es improrrogable, a menos

que la delegación o sustitución estuvieran expresamente autorizadas; la avocación

será procedente a menos que una norma expresa disponga lo contrario o cuando el

órgano inferior se halle investido de una especial competencia técnica";

Que oportunamente la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado

la intervención de su competencia en virtud de lo establecido en la Ley 1.218;

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

debida intervención. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en el titular de la Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo

Cultural de este Ministerio de Cultura, o el organismo que en el futuro lo reemplace, las

competencias enumeradas en el Anexo (IF-2026-10507650-GCABA-DGTALMC), que

forma parte integrante de la presente resolución, conforme la distribución y los

alcances allí establecidos.

Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución 578-MCGC/24.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

para su conocimiento y demás efectos comunicar a las Subsecretarías y Direcciones

Generales del Ministerio de Cultura. Cumplido, archivar. Ricardes


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7326

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 1097/MCGC/26 delega competencias en el titular de la Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo Cultural de este Ministerio de Cultura, o el organismo que en el futuro lo reemplace, complementando el Decreto 387/23.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución N° 1097/MCGC/26 deja sin efecto la Resolución 578-MCGC/24.</p>