RESOLUCIÓN 3265 1998 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

REEMPLAZA LOS TEXTOS DE LOS ART. 8° DE LA RES 2464-SHYF-98, 10 DE LA RES 2465-SHYF-98 Y 8° DE LA RES 2466-SHYF-98

Publicación:

27/08/1998

Sanción:

30/07/1998

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Decreto N° 1.708-97, como así las Resoluciones Nros. 2.464, 2.465 y 2.466-SHyF-98, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario y conveniente para administradores y administrados agilizar las tramitaciones inherentes a los planes de facilidades de pago, en concordancia con el espíritu que animara su implementación;

Por ello y en mérito a las facultades acordadas por el mencionado decreto,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:.

Artículo 1° - Reemplázanse los textos de los artículos 8° de la Resolución N° 2.464-SHyF-98, 10 de la Resolución N° 2.465-SHyF-98 y 8° de la Resolución N° 2.466-SHyF-98 respectivamente, por el siguiente:

"El incumplimiento de la condición del artículo 2° y/o la existencia de cualquiera de los impedimentos del artículo Y serán causales excluyentes de las solicitudes, las que en tales circunstancias y en todos los casos se reputarán denegadas de hecho"

Art. 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario. Cumplido, archívese.