DECRETO 1471 1998

Síntesis:

RECHÁZASE “IN LIMINE” EL RECURSO DE REVOCATORIA INTERPUESTO POR LA EMPRESA ANSELMI INDUSTRIA PUBLICITARIA S.A.C.I. CONTRA EL DECRETO N° 1.201-GCBA-97, POR RESULTAR EL MISMO EXTEMPORANEO

Publicación:

18/08/1998

Sanción:

31/07/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 46.637-97 y agregados, y

CONSIDERANDO:

Que por dicho actuado tramita el recurso de revocatoria interpuesto por la Empresa Anselmi Industria Publicitaria S.A.C.I. contra el Decreto N° 1.201-GCBA-97, por el cual se dispuso la ocupación temporánea anormal por un plazo de un (1) año de todos los pabellones, salas y construcciones ubicadas en el Centro Municipal de Exposiciones, propiedad de la misma;

Que el recurso de revocatoria de marras impugna el aludido acto administrativo, considerando que el mismo afecta su derecho de propiedad y padece de un vicio en su finalidad solicitando la aclaración de los interrogantes que puntualmente detalla en el mismo;

Que la ex Dirección de Concesiones y Privatizaciones actualmente Dirección de Concesiones, destaca que habida cuenta del tiempo transcurrido desde que se notificara en forma personal el acto administrativo en cuestión hasta que se interpusiera el recurso " ... ha precluído a su respecto dicha defensa...", Precisando las aclaraciones que solicita e presentante;

Que al respecto la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires manifiesta que el recurso de revocatoria en cuestión fue interpuesto de conformidad con las previsiones del Art. 47 de la Ordenanza N° 33.264 y que como tal procede su tratamiento;

Que fuego señala que teniendo en cuenta que el Art. 47 de la norma mencionada ﷓﷓que prevé el recurso de revocatoria establece que el mismo deberá ser incoado “...en el plazo de diez días de notificado el acto...”, corresponde tener por extemporáneo el recurso intentado y proceder a su rechazo in límine por cuanto el decreto impugnado fue notificado el 16 de septiembre de 1997 y el recurso presentado con fecha 12 de noviembre de 1997;

Por ello y teniendo en cuenta lo dispuesto por los Arts. 103 y 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Recházase "in límine" el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa Anselmi Industria Publicitaria S.A.C.I. contra el Decreto N° 1.201/GCBA/97, por resultar el mismo extemporáneo.

Art. 2° - El presente decreto será refrendada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 3° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en cumplimiento de lo establecido en el Art. 11 del Decreto N° 698/GCBA/96 y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección de Concesiones quien deberá practicar fehaciente notificación de los términos del presente decreto a la empresa Anselmi Industria Publicitaria S.A.C.I. en su domicilio constituido y tener en cuenta lo expuesto en el párrafo 2° del punto III del dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires de fecha 12-06-98.

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