DECRETO 1484 1998

Síntesis:

SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE LA ACCION SOCIAL. ENTREGUESE SUMA CON EL OBJETO DE SOLVENTAR EL PAGO DE BECAS DESTINADAS A LOS INTEGRANTES DEL PROGRAMA DE "CAPACITACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES VARIAS"

Publicación:

18/08/1998

Sanción:

31/07/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 95.335-90, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la actuación citada, la Subsecretaría de Gestión de la Acción Social, dependiente de la Secretaría de Promoción Social, solicita una entrega de fondos, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, con el objeto de solventar el pago de Becas destinadas a los integrantes del Programa de "Capacitación de Personas con Discapacidades Varias", aprobada por Ordenanza N° 51.774;

Que el citado Programa tiene como objeto asistir al desarrollo de la capacidad laboral a las personas con algún tipo de discapacidad y que carezcan de recursos socioeconómicos, como así también la compra de material bibliográfico, útiles y pago de viáticos;

Que la mencionada Subsecretaría tiene como responsabilidad primaria, cumplimentar con las disposiciones establecidas por los artículos 7° y 8°, de la citada Ordenanza N° 51.774;

Por ello, teniendo en cuenta lo informado por la Dirección General de Contaduría, la conformidad prestada por la Secretaría de Promoción Social y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Entréguese a favor de la Subsecretaría de Gestión de la Acción Social, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, la suma de pesos doscientos treinta y un mil quinientos ($ 231.500.-), con el objeto de solventar el pago de Becas destinadas a los integrantes del Programa de “Capacitación de Personas con Discapacidades varias” aprobada por Ordenanza N° 51.774.

Art. 2° - Previo al pago la Subsecretaría de Gestión de la Acción Social constituirá el equipo técnico responsable del desarrollo del programa, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 7° de la referida Ordenanza, debiendo tener en cuenta asimismo los términos del Art. 8° en relación al informe anual del mencionado programa.

Art. 3° - Autorízase, en consecuencia a la Dirección General de Contaduría, a incluir la erogación de que se trata, en una Orden de Pago, la que deberá ser depositada en la Cuenta Corriente N° 25.658/8 Subsecretaría de Gestión de la Acción Social del Banco de la Ciudad de Buenos Aires (Casa Matriz).

Art. 4° - Déjase establecido que el Sr. Subsecretario de Gestión de la Acción Social, Dr. Daniel Figueroa, F.C. N° 292.483 y la Sra. Directora General de Asistencia Comunitaria, Lic. Sara Josefina González, F.C. N° 340.443, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos de que se trata.

Art. 5° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Promoción Social y de Hacienda y Finanzas.

Art. 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Promoción Social y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines consiguientes.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Ordenanza 51774 establece que se entregue suma de pesos a favor de la Subsecretaría de Gestión de la Acción Social, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, con el objeto de solventar el pago de Becas destinadas a los integrantes del Programa de Capacitación de Personas con Discapacidades varias aprobada por Ordenanza 51774.</p>