RESOLUCIÓN 927 2018 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
DELEGACIÓN DE FACULTADES - SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y DE RECURSOS HUMANOS DE SEGURIDAD - APROBAR SUBSIDIOS - POLICÍA DE LA CIUDAD - PROGRAMA APROBADO POR RESOLUCIÓN 897-MJYSGC-18
Publicación:
20/09/2018
Sanción:
14/09/2018
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Estado:
No vigente
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 5460 y su
modificatoria, el Decreto N° 578/16, la Resolución N° 897-MJYSGC-2018 y el
Expediente 22384877/DGARHS/2018, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
establece que el Jefe de Gobierno tiene a su cargo la administración de la Ciudad, la
planificación general de la gestión, la aplicación de las normas y procura su mayor
eficacia;
Que, asimismo el artículo 104 de la Carta Magna establece que el Jefe de Gobierno
formula y dirige las políticas públicas;
Que, la Ley N° 5460, aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, dicha Ley establece que los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder
Ejecutivo colaboran con el Jefe de Gobierno en sus funciones;
Que, el artículo 8° de la Ley de Ministerios establece como funciones comunes a todos
los ministros, desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento del Plan
General de Acción de Gobierno, así como también, orientar en forma indicativa las
actividades del sector privado vinculadas con los objetivos de su área;
Que, a su vez, los ministros tienen a su cargo resolver todo asunto concerniente al
régimen administrativo de sus respectivos Ministerios, ateniéndose a los criterios de
gestión que se dictaren, y adoptar las medidas de coordinación, supervisión y contralor
necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia.;
Que, por su parte, el artículo 14 de la Ley N° 5460 establece que los Ministros podrán
delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de
sus respectivas áreas en los funcionarios que determinen conforme con su
organización;
Que, la creación de programas de gestión permite la articulación de acciones
tendientes a la satisfacción y ejecución de dichas políticas públicas;
Que, en ese sentido resulta conveniente que la creación de los programas de gestión
puedan ser aprobados por el Vicejefe de Gobierno, los Ministros, Secretarios y
Subsecretarios del Poder Ejecutivo o a quienes estos deleguen;
Que, el DECTO-2016-578-AJG establece en su artículo 1° que "El Vicejefe de
Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los
programas de gestión, en el marco de sus respectivas competencias";
Que, a su vez, el artículo 2° del Decreto mencionado dispone que "El Vicejefe de
Gobierno, los Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo podrán delegar en
funcionarios que se desempeñen hasta el nivel de Subsecretarios de sus respectivas
estructuras organizativas, la facultad establecida en el artículo 1° del presente";
Que, la RESOL-2018-897-MJYSGC en su artículo 1° aprueba "(...) el Programa de
Subsidios destinado a los integrantes de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires,
como así también según las circunstancias lo ameriten al personal del Ministerio de
Justicia y Seguridad, para solventar los gastos derivados de la locación de inmuebles
y/o constitución de garantías para alquiler mediante un seguro de caución y/o subsidio
económico asistencial en caso de siniestro, con los alcances y conforme el
procedimiento y requisitos establecidos en el Anexo IF-2018-23643280-DGALS (...)".
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1°.- Delégase en el Subsecretario de Gestión Administrativa y de Recursos
Humanos de Seguridad, la facultad de aprobar los subsidios establecidos en el marco
del Programa aprobado por la Resolución N° 897-MJYSGC-2018, con los alcances y
conforme el procedimiento y requisitos establecidos en el Anexo IF-2018-23643280-
DGALS que forma parte de la mencionada Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y
Seguridad. Cumplido, archívese. Ocampo
ANEXOS