RESOLUCIÓN 897 2018 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE APRUEBA PROGRAMA DE SUBSIDIOS - POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - LOCACIÓN DE INMUEBLES - CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS - SEGURO DE CAUCIÓN - ALQUILER DE VIVIENDA

Publicación:

11/09/2018

Sanción:

06/09/2018

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

Las Leyes Nros. 5.688 y 1.218 (texto consolidado según Ley N° 5.666), el Decreto N°

578/16, la

Resolución N° 490/MJYSGC/2018 el Expediente N°

22384877/DGARHS/2018 y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 20 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

garantiza el derecho a la salud integral, que está directamente vinculada con la

satisfacción de las necesidades de vivienda; y el artículo 31 de la misma establece el

derecho a una vivienda digna;

Que, en el marco del artículo 6 de la Ley N° 25.488 (y su modificatoria Ley N° 26.288),

con fecha 5 de enero de 2016 se celebró entre el Estado Nacional y el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires el "Convenio de Transferencia Progresiva a la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Facultades y Funciones de Seguridad en Todas

las Materias no Federales Ejercidas en la CABA, el cual fuera aprobado con fecha 18

de enero de 2016 por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires mediante

Resolución N° 298/LCBA/16;

Que, tal definición dio el marco para consolidar la fusión de un modelo policial que

garantizara los derechos y garantías de los ciudadanos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, cuyo eje central finca en la inmediación de las fuerzas de seguridad con

la población, la presencia continua de seguridad en las calles, la prevención del delito,

el empleo de estadísticas computarizadas, mapas electrónicos y juntas administrativas

interdisciplinarias para conducir y guiar las estrategias de la policía local, entre muchos

otros;

Que, a partir de dicho hito, con fecha 17 de noviembre de 2016, se sancionó la Ley N°

5.688, por la cual se instauraron las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en lo atinente al presente acto, cabe destacar las previsiones contenidas en el

Libro II, Título I, Capítulo II de la Ley N° 5.688, donde dentro de los principios rectores

del referido Sistema Integral de Seguridad Pública, se estableció que la gestión de la

Policía de la Ciudad deberá promover el bienestar moral y material y el desarrollo del

personal policial mediante los beneficios, la asistencia, cobertura social y de salud que

establecen las normas vigentes para los integrantes de dicha fuerza de seguridad

porteña, sus familiares y derechohabientes en caso de fallecimiento;

Que, en consonancia con estos pilares fundamentales del Sistema Integral de

Seguridad Pública, el artículo 242 de la Ley N° 5.688 definió la obligación de

establecer políticas que permitan facilitar al personal policial el acceso a la vivienda

única familiar;

Que, en cumplimiento con tales preceptos, mediante Resolución N°

490/MJYSGC/2018 se aprobó el programa de subsidios destinados al personal de la

Policía de la Ciudad, estableciendo las pautas necesarias para facilitar el acceso a

alquileres y otorgar ciertos beneficios para el personal de la Policía de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que, en esa línea, y tomando en consideración los cambios socioculturales y

económicos, como consecuencia de una sociedad fluctuante y de los cambios propios

acecidos dentro del ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en

pos de la búsqueda constante de herramientas de facilitación al acceso a la vivienda

particular, resulta oportuno a esta instancia, readecuar el compromiso a subsidiar al

personal, que se encuadre dentro de los casos enumerados en el presente;

Que, el artículo 3 de Decreto N° 578/16 habilitó a los Ministros y otros funcionarios a

prever la entrega de subsidios, becas y premios en el marco de los programas de

gestión que se implementen dentro de los organismos a su cargo y dentro de las

previsiones presupuestarias para el ejercicio de su implementación;

Que, por lo tanto, resulta conducente y oportuno aprobar el nuevo Programa de

Subsidios a los integrantes de la Policía de la Ciudad, como así también según las

circunstancias lo ameriten al personal del Ministerio de Justicia y Seguridad, para la

implementación del "Plan de Arraigo y otros Beneficios del Personal de la Policía a la

Ciudad de Buenos Aires".

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINSTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Programa de Subsidios destinado a los integrantes de la

Policía de la Ciudad de Buenos Aires, como así también según las circunstancias lo

ameriten al personal del Ministerio de Justicia y Seguridad, para solventar los gastos

derivados de la locación de inmuebles y/o constitución de garantías para alquiler

mediante un seguro de caución y/o subsidio económico asistencial en caso de

siniestro, con los alcances y conforme el procedimiento y requisitos establecidos en el

Anexo IF-2018-23643280-DGALS, que forma parte integrante de la presente,

dejándose sin efecto el Programa aprobado por la Resolución N° 490/MJYSGC/2018.

Artículo 2°.- Déjase establecido que la cantidad de subsidios otorgados estará sujeta a

la disponibilidad presupuestaria para afrontar las correspondientes erogaciones.

Artículo 3°.- El gasto que demande la implementación del programa aprobado en el

artículo 1° de la presente será imputado en la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y

Seguridad, a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de

Seguridad y al Banco Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ocampo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5454

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 185-MJYSGC-20, delega en la Subsecretaría de Capital Humano la facultad de aprobar los subsidios establecidos en el marco del Programa aprobado por la Resolución  897-MJYSGC-2018.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 Resolución 927- MJYSGC-18 delega en el Subsecretario de Gestión Administrativa y de Recursos<br />Humanos de Seguridad, la facultad de aprobar subsidios establecidos en el marco del Programa aprobado por  Resolución 897-MJYSGC-2018.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 897-MJYSGC-18 deja sin efecto el Programa de Subsidios aprobado por la Resolución 490-MJYSGC-18.</p>